1.4. Proceso y Procedimiento Flashcards
Señala la diferencia entre PROCESO y PROCEDIMIENTO, tanto en lo general, como en el ámbito administrativo
EN GENERAL
a) Proceso: Conjunto de actos, acontecimientos, realizaciones del ser, que se suceden a través del tiempo y que mantienen entre sí determinadas relaciones que les dan unidad. (Avanzar hacia un fin determinado a través de sucesivos momentos)
b) Procedimiento: Conjunto de formalidades o trámites a que está sujeta la realización de los actos jurídicos (constituye una garantía a la buena administración de la justicia)
- El procedimiento es la forma de realizar los momentos del proceso.
EN MATERIA ADMINISTRATIVA.
a) Proceso: Conjunto de actos realizados conforme a determinadas normas, que tienen unidad entre sí y buscan una finalidad, que es la resolución del conflicto, la restauración de un derecho o resolver una controversia mediante sentencia
b) Procedimiento: Es todo el conjunto de actos señalados en la ley, para la producción del acto administrativo (procedimiento previo), así como la ejecución voluntaria y la ejecución forzosa, ya sean internas o externas
-El procedimiento es el conducto por el que transita la actuación administrativa.
Señala los principios sustanciales del procedimiento
- LEGALIDAD: Las autoridades solo pueden realizar aquello para lo que están expresamente autorizadas por las leyes, por virtud del cual, toda decisión de carácter particular, debe estar basada en una disposición general y dictada anteriormente. Se forma por varios “subprincipios”:
a) Normatividad Jurídica: Toda actividad de la administración debe sustentarse en normas jurídicas.
b) Jerarquía normativa: Las normas u ordenes del superior no pueden ser modificados por el inferior.
c) Igualdad jurídica: La admin no puede otorgar privilegios a unos y negarle derechos a otros.
d) Racionalidad: La administración debe verificar los hechos y analizarlos objetivamente. - DEFENSA O DEBIDO PROCESO: Se integra al derecho de audiencia, comprende los derechos de:
- Ser oido.
- Ofrecer y desahoga pruebas.
- Obtener una resolución fundada.
- Impugnar la resolución. - PRINCIPIO GRATUIDAD: Tiene calidad de gratuita la substanciación del procedimiento administrativo (Art. 17 CPEUM)
Señala los principios formales del procedimiento
- OFICIALIDAD: La administración debe dirigir e impulsar el procedimiento y ordenar la práctica de las actuaciones necesarias para el esclarecimiento y resolución de los asuntos.
- INFORMALIDAD: Ausencia de formalismos que compliquen o retrasen el procedimiento.
- EFICACIA: Obtención de los mejores efectos de la actuación administrativa en razón de la economía procesal, simplicidad, técnica y rapidez en la actuación.
¿Cómo se clasifica el procedimiento administrativo?
- INTERNO: Se da en todo el conjunto de actos que realiza la administración, en su ámbito meramente de gestión administrativa entre sus órganos, sin intervenir en la esfera de los particulares.
- EXTERNO: Será aquel que interfiera en la esfera jurídica de los particulares en mayor o menor grado.
- OFICIO: El que lleven a cabo las autoridades en cumplimiento de sus obligaciones.
- PETICIÓN DE PARTE: Requiere el impulso del particular para la expedición de un acto administrativo o la ejecución de ese acto.