1.2. Conceptos Generales Flashcards
Señala dos definiciones de comercio
a) Económica: La transmisión de un bien a cambio de un pago
b) Jurídica: Es un concepto más amplio, pues involucra tanto a la operación, como a lo que la engloba
¿Cómo definen al derecho mercantil la doctrina francesa, Barrera Graf y Soyla H. León?
FRANCESES: Conjunto de principios que rigen las diversas operaciones que la ley considera como mercantiles (actos de comercio) y las personas que tienen la costumbre de entregarse a ellas.
BARRERA-GRAF: Es el derecho que regula el comercio.
SOYLA: Conjunto de normas que regulan las actividades empresariales, a los sujetos que la realizan (empresarios), a las empresas y a todos los negocios, actos y hechos, de, para, con, desde, hasta, etc. sobre las empresas.
¿En qué nos basamos para decir que el derecho mercantil tiene carácter federal? (fundamentos)
En tres artículos Constitucionales:
- 40: Somos una república FEDERAL
- 124: Lo que NO SEA COMPETENCIA de la Federación, es de los Estados
- 73, X: El Congress de la Unión esta facultado para legislar en materia de COMERCIO
¿Qué son las leyes generales?
Las que regulan algún artículo de la CPEUM.
Explica la jerarquía del derecho federal y el local. Explica la facultad concurrente*****
Según el artículo 133, las leyes federales y las estatales están en el mimo nivel jerárquico, lo que pasa es que son distintas competencias. Las leyes GENERALES prevalecen sobre las federales.
La facultad concurrente se da cuando pueden conocer de un asunto (en materia civil o mercantil), tanto los tribunales federales como los locales de cada entidad. Será competente el de la elección del actor al presentar su demanda.
La facultad concurrente se da solo en. materia procesal y, además debe cumplir con un requisito: No se deben afectar derechos de terceros (si se afectan, el litigio será federal).**
¿Cuáles son los tres tipos de fuentes del derecho? Explica cada una de ellas**
REALES: Son los modos en los que nace el Derecho, procesos de manifestación de las normas jurídicas, u órganos de expresión del Derecho
HISTÓRICAS: Son los documentos, consistentes en libros, escritos, tratados, leyes antiguas, periódicos, etc.
FORMALES: Son las formas obligadas y predeterminadas que ineludiblemente deben revestir los preceptos de conducta exterior, para imponerse socialmente, en virtud de la potencia coercitiva del Derecho (MVT). Sus especies son:
- Ley
- Tratados Internacionales (Creación y Competencia)**
- Jurisprudencia (por contradicción, por reiteración, por sustitución)
- Costumbre
- Inveterata consuetudo: Conducta reiterada a través del tiempo, elemento objetivo
- Opinio Iuris Seu Necessitatis: Sentido o pertenencia de obligatoriedad de dicha conducta, elemento subjetivo
¿Cuáles son los fundamentos constitucionales del derecho mercantil?
a) ART. 5 (Libertad de Comercio): Siempre que sea una actividad lícita
b) ART. 9 (Libre asociación):
c) ART. 25 (Actividades Estratégicas):
d) ART. 27 (capacidad de sociedades mercantiles): Puede adquirir propiedades en zona restringida, siempre y cuando no sean con fines residenciales
e) ART. 28 (libre competencia): Se prohiben los monopolios
f) ART. 73, IX (Libertad de comercio entre Estados):
g) ART. 131 (Comercio Exterior):