Trafico contenido Flashcards
TITULOS
ARTICULOS
DISPOSICIONES
ANEXOS
PUBLICACION
ENTRADA VIGOR
(RGV)
4
52 (51)
3,6,3,6
18
26/01/1999
26/07/1999
La ¿–? llevará un Registro de todos los vehículos matriculados, que adoptará para su funcionamiento medios informáticos
Jefatura Central de Tráfico
Reformas de importancia en el vehiculo el titular debera regularizarla ante
Organo de la Admin. competente
Todo vehiculo matriculado debe llevar ademas de placas e inscripciones reglamentarias
- Nº identificacion
- Placa del fabricante
- En vehiculos a motor: marcas o siglas que identifiquen al motor
Art. ITV (rgv)
10
Luces obligatorias coche
- Posicion (delantera y trasera), cruce y carretera
- Parte posterior: Placa matricula, frenado, antiniebla y marcha atras
- Luces indicadoras de direccion
- Galibo (+2.10 anchura), posicion lateral (+6 longitud)
- Catadioptricos: trasero no triangular y lateral no triangular (+6 longitud)
Luces obligatorias Motocicleta y motocicleta con sidecar
- Posicion (delantera y trasera), cruce y carretera
- Parte posterior: Frenado y matricula
- Catadioptricos: Trasero no triangular
Luces obligatorias cuadriciclo no ligero
- Igual que motocicleta + Indicadores de direccion
- Catadioptricos: hasta anchura 1.000mm,
1 Trasero no triangular. Superior a es anchura, 2
Luces obligatorias en remolque o semirremolque (excepcion agricolas)
- Parte posterior: Matricula, posicion, antiniebla, frenado
- Indicadoras de direccion
- Posicion: Lateral (+6m longitud), Delantera (+1.60 ancho)
- Catadioptricos: Trasero triangular, delatenro no triangular, lateral no triangular
Luces obligatorias en ciclomotores
- Cruce, posicion trasera y frenado
- Catadioptricos: trasero no triangular, en pedales no retractiles y laterales no triangulares
Obligatorio para poder circular con ciclos
Sistema de frenado y timbre
Obligatorio para ciclos de noche…
- Luz posicion delantera y trasera
- Catadioptricos: Trasero y lateral no triangular y en los pedales
Obligatorio para bicis de noche…
Podran disponer
- Luz posicion delantera y trasera
- Catadioptrico trasero
- Podran catadioptrico en pedales y radios
Art VMP (rgv)
22 bis
Variacion de datos del titular de un vehiculo plazo para comunicarlo
15 dias
Colores matriculas diplomaticas
O.I. Azul y blanco
O.C. Verde y blanco
M.D. Rojo y blanco
Personal. Amarillo y negro
Los permisos de circulación para matriculas diplomaticas se expedirán por la ¿–?, a instancia del ¿–?, que cursará la petición a través de la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes y los mismos se ajustarán en cuanto a su contenido a lo que se indica en el anexo XVI. Dichos permisos, al igual que las matrículas, serán objeto de una revisión ¿–?que será efectuada por el ¿–?
Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid
Ministerio de Asuntos Exteriores
anual
Ministerio de Asuntos Exteriores
Tiempo de validez de la matriculo diplomatica
El que determine el organo competente de la Admin. Tributaria
Ley de requisitos de comercializacion y puesta en servicio de placas de matricula
R.D. 885/2020 de 6 octubre
Aparato apto para circular por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2 de La Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Vehiculo
Vehículo de dos ruedas por lo menos, accionado por el esfuerzo muscular de las personas que lo ocupan, en particular mediante pedales o manivelas.
Ciclo
Bicicletas equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear.
Bicicleta de pedales con pedaleo asistido
Vehículo de dos ruedas, provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h
Ciclomotor de dos ruedas
Vehículo cuya tara no sea superior a 350 kg, y que, por construcción, no puede alcanzar en llano una velocidad superior a 45 km/h, proyectado y construido especialmente (y no meramente adaptado) para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física. En cuanto al resto de sus características técnicas se les equiparará a los ciclomotores de tres ruedas.
Vehiculos para personas de movilidad reducida
Vehículos de dos ruedas sin sidecar, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h.
Motocicleta de dos ruedas
Vehículo de motor que sirve, normalmente, para el transporte de personas o cosas, o de ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin. Se excluyen de esta definición los vehículos especiales.
Automovil
Automóvil destinado al transporte de personas que tenga, por lo menos, cuatro ruedas y que tenga, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.
Turismo
Automóvil que tenga más de 9 plazas incluida la del conductor, destinado, por su construcción y acondicionamiento, al transporte de personas y sus equipajes. Se incluye en este término el trolebús, es decir, el vehículo conectado a una línea eléctrica y que no circula por raíles.
Autobus o autocar
Autobús o autocar compuesto por dos partes rígidas unidas entre sí por una sección articulada. En este tipo de vehículos, los compartimentos para viajeros de cada una de ambas partes rígidas se comunican entre sí. La sección articulada permite la libre circulación de los viajeros entre las partes rígidas. La conexión y disyunción entre las dos partes únicamente podrá realizarse en el taller.
Autobus o autocar articulado
Autobús o autocar en el que los espacios destinados a los pasajeros están dispuestos, al menos parcialmente, en dos niveles superpuestos, de los cuales el superior no dispone de plazas sin asiento.
Autobus o autocar de 2 pisos
Automóvil con cuatro ruedas o más, concebido y construido para el transporte de mercancías, cuya cabina no está integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de 9 plazas, incluido el conductor.
Automóvil con cuatro ruedas o más, concebido y construido para el transporte de mercancías, cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de 9 plazas, incluido el conductor.
Camion
Furgon/furgoneta
Automávil concebido y construido para realizar, principalmente, el arrastre de un semirremolque.
Tractocamion
Vehículo no autopropulsado diseñado y concebido para ser remolcado por un vehículo de motor.
Remolque
Vehículo no autopropulsado diseñado y concebido para ser acoplado a un automóvil, sobre el que reposará parte del mismo, transfiriéndole una parte sustancial de su masa.
Semiremolque
Remolque o semirremolque concebido y acondicionado para ser utilizado como vivienda móvil, permitiéndose el uso de su habitáculo cuando el vehiculo se encuentra estacionado.
Caravana
Automóvil constituido por un vehículo de motor acoplado a un semirremolque.
Automóvil constituido por un vehículo de motor enganchado a un remolque.
Vehiculo articulado
Tren de carretera
Cualquier vehículo cuyas superestructuras fijas o móviles estén especialmente equipadas para el transporte de mercancías a temperaturas dirigidas y en el que el espesor de cada pared lateral, incluido el aislamiento, sea de 45 mm., como mínimo.
Vehiculo acondicionado
Automóvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos.
Derivado de turismo
Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9, incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.
Vehiculo mixto adaptable
Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.
Autocaravana
Vehículo especial constituido por un vehículo tractor y uno o varios remolques, concebido y construido para el transporte de personas con fines turísticos, con velocidad máxima limitada y sujeto a las limitaciones de circulación que imponga la autoridad competente en materia de tráfico.
Tren turistico
Vehículo cuya masa máxima no es superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único.
Pick-up
Retrovisores:
Clase I, II, III, IV, V, L
I: Interiores
II y III: Exteriores. II (M2, M3, N2, N3) y III (M1 y N1)
IV: Exteriores de gran angular
V: Exteriores de proximidad
L: Exteriores para motos, ciclos…
Masa del vehículo, con su equipo fijo autorizado, sin personal de Servicio, pasajeros ni carga, y con su dotación completa de agua, combustible, lubricante, repuestos, herramientas y accesorios necesarios
Tara
Se considera como masa en orden de marcha el resultado de sumar a la tara la masa estándar del conductor de 75 kg y para los autobuses y autocares, la masa del acompañante de 75 kg si lo lleva
Masa en orden de marcha
La masa efectiva del vehículo y de su carga, incluida la masa del personal de servicio y de los pasajeros
Masa en carga
La que gravita sobre el suelo, transmitida por la totalidad de las ruedas acopladas a ese eje.
Masa por eje
La masa máxima para la utilización de un vehículo con carga en circulación por las vías públicas
Masa máxima autorizada (MMA)
Suma de las masas del vehículo de motor cargado y del remolque arrastrado cargado para su utilización por las vías públicas
Masa máxima autorizada del conjunto
Suspensión neumática: una suspensión se considera neumática si al menos el ¿–?% del efecto elástico se debe a un dispositivo neumático
75
Configuración euro-modular: Conjunto de vehículos con más de ¿–? líneas de ejes, cuyos módulos separadamente no superan los límites máximos de masas y dimensiones establecidos en este anexo para el tipo de vehículo que corresponda
6
El permiso y la licencia(con)
Art?
Art. 1
Competencias para expedir permisos (con)
Art?
Art. 2
Deberes de los titulares de licencias (con)
Art?
Art. 3
En el supuesto de que alguna persona esté en posesión de más de un permiso de conducción, le será retirado ¿–? en función de las circunstancias concurrentes, para su ¿–?, si está expedido en España, o para su ¿–? a las autoridades del Estado que lo hubiera expedido.
el que proceda
anulación
remisión
Clases de permisos y edad requerida (con) Art?
Art. 4
Titular permiso D1 con CAP, expedicion
18 años
Hasta los 21 solo puede conducir por territorio nacional
Titular permiso D con CAP, expedicion
Titular CAP ordinario
- 18 años pero vacio o con pasajeros pero máx 50km y dentro del territorio nacional
- 20 años pero solo dentro del territorio nacional
- 21 años completo
Titular del CAP acelerado
- 21 años pero trayecto maximo 50km
- 23 años completo
Condiciones de expedición de los permisos de conducción. (con)
Art?
Artículo 5
El titular de un permiso o licencia de conducción al que se le hubiera expedido duplicado por sustracción o extravío deberá devolver ¿–? de éste, cuando lo encuentre, a la Jefatura Provincial de Tráfico que ¿–?
el original
lo hubiere expedido
La posesión del permiso o licencia original y de un duplicado de éstos dará lugar a la recogida ¿–? para su remisión a la Jefatura Provincial de Tráfico que, de resultar falsa la causa alegada para obtener el duplicado, dará cuenta del hecho a la ¿–?por si pudiera ser determinante de responsabilidad penal.
inmediata del original
autoridad judicial
El titular de un permiso de conducción al que se le hubiera expedido duplicado por sustracción o extravío deberá devolver el original de éste, cuando lo encuentre, a la Jefatura Provincial de Tráfico que hubiere ¿–?, la cual procederá a devolverlo a las autoridades competentes del Estado que lo haya ¿–?, a través de la oficina diplomática o consular, indicando los motivos por los que se ha sustituido.
expedido el duplicado
expedido
Efectuado el canje del permiso de conducción por otro español equivalente, ya sea de oficio o a solicitud de su titular, se remitirá el permiso canjeado por la Jefatura Provincial de Tráfico a las ¿–?, a través de la oficina diplomática o consular, indicando los motivos del canje efectuado.
autoridades competentes del Estado que lo haya expedido
Declaración de pérdida de vigencia. (con)
Artículo 35
Procedimiento para la declaración de pérdida de vigencia por la desaparición de alguno de los requisitos exigidos para su otorgamiento. (con)
Artículo 36
Procedimiento para la declaración de pérdida de vigencia por la pérdida total de los puntos asignados. (con)
Artículo 37.
Requisitos para recuperar el permiso o la licencia de conducción. (con)
Artículo 38.
Suspensión cautelar de la vigencia del permiso o de la licencia de conducción. (con)
Artículo 39.
En procedimientos para la perdida de la vigencia por perdida total de puntos plazo para formular alegaciones y plazo para notificar
Máximo 10 dias
15 dias
Registro de Infractores y conductores gestionado por
DGT
Dias residencia normal
185 dias por cada año natural (D.A.2)
Plazo de 2 años para (con)
- Para acreditar la existencia de requisitos legales, tras perdida de vigencia por perdida de requisitos, si no se acuerda la suspension cautelar y la intervencion
- La declaración de aptitud en una prueba tendrá un período de vigencia de dos años contado desde el día siguiente a aquél en que el aspirante fue declarado apto en la prueba
Plazo de 3 meses (con)
- Solicitar la prorroga de vigencia de un permiso antes de la caducidad
- Antelacion para sacarte la prueba de conocimientos antes de cumplir los 18
Plazo de 2 meses (con)
- Para acreditar la existencia de requisitos legales, tras perdida de vigencia por perdida de requisitos, si no se acuerda la suspension cautelar y la intervencion
Plazo de 15 dias (con)
- Variacion de datos de un permiso
- el Jefe Provincial de Tráfico dictará resolución declarando la pérdida de vigencia del permiso o de la licencia de conducción, por perdida de puntos, que se notificará al interesado
Plazo de 10 dias (con)
- Alegaciones del interesado cuando se pierda la vigencia por perdida de puntos
TITULOS
ARTICULOS
DISPOSICIONES
ANEXOS
(CONDUCTORES)
5
79
11,12, 1, 6
9
Zona de la carretera dedicada al uso de vehículos, formada por la calzada y los arcenes
Plataforma
Parte de la carretera dedicada a la circulación de vehículos. Se compone de un cierto número de carriles
Calzada
Banda longitudinal en que puede estar subdividida la calzada, delimitada o no por marcas viales longitudinales, siempre que tenga una anchura suficiente para permitir la circulación de una fila de automóviles que no sean motocicletas
Carril.
Carretera especialmente proyectada, construida y señalizada como tal para la exclusiva circulación de automóviles y que tiene las siguientes características:
a) No tener acceso a la misma las propiedades colindantes.
b) No cruzar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de ferrocarril o tranvía, ni ser cruzada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumbre de paso alguna.
c) Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja de terreno no destinada a la circulación o, en casos excepcionales, por otros medios.
Autopista.
Carretera especialmente proyectada, construida y señalizada como tal que tiene las siguientes características:
a) Tener acceso limitado a ella las propiedades colindantes.
b) No cruzar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de ferrocarril o tranvía, ni ser cruzada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumbre de paso alguna.
c) Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja de terreno no destinada a la circulación, o por otros medios.
Autovía.
Tramo de carretera que discurre por poblado. No tendrán la consideración de ¿–? aquellos tramos que dispongan de una alternativa viaria o variante a la cual tiene acceso
Travesía.
Travesía.