Tema 28. La Función de la Aduana en el Tráfico Internacional Flashcards
La Función de la Aduana en el Tráfico Internacional
La aduana es una oficina en la que pueden realizarse total o parcialmente las formalidades establecidas en la normativa aduanera (CAU).
a) La aduana de entrada es la oficina en la que se presenta la Declaración Sumaria de Depósito y las Mercancías, en cambio, la aduana de importación es aquella donde se realiza la Declaración de Importación para asignarle un destino aduanero a las mercancías.
b) En España existen 3 tipos de territorios:
Unión Europea: Territorio
Político: Península, Baleares, Canarias y Ceuta y Melilla.
Unión Aduanera: Península, Baleares y Canarias.
Territorios IVA: Península y Baleares.
Principales funciones de una aduana en el tráfico internacional
Fiscal: Se Cobran Derechos Aduaneros (Aranceles) a la entrada o salida de mercancía
Seguridad: Se Lucha contra el Fraude y el Contrabando
Salud Pública: Se Controla la entrada de animales, alimentos y sustancias contaminantes que puedan ser un riesgo contra la salud pública
Estadística: Recopilar Estadísticas de Comercio Exterior
Objetivos de la aduana
Cabe recalcar que en Europa, el Código Aduanero de la Unión (CAU) regula la entrada de mercancías del Territorio Aduanero de la Unión (TAU) que obliga a la persona o empresa que las introduce a formalizar su tramitación ante las Autoridades Aduaneras.
Los principales objetivos del CAU son (M. Escudero (2018):
Facilitar el Comercio Internacional
Salvaguardar los intereses económicos y financieros de los países de la UE.
Asegurar las mercancías que circulen desde o hacia la UE.
Recintos Aduaneros (Terminales de Mercancías):
Los recintos aduaneros o terminales de mercancías son espacios físicos perfectamente delimitados y controlados por las autoridades aduaneras. Se destinan principalmente para el depósito de mercancías que se embarcan o desembarcan en los diferentes medios de Tte. y cuyo destino final es un país que no pertenece a la UE.
Se ubican generalmente, en puertos marítimos, aeropuertos, terminales de transporte por carretera o ferrocarril, zonas francas, depósitos aduanero y almacenes de depósito temporal (ADT).
Las mercancías incluidas en estos recintos aduaneros permanecerán bajo vigilancia aduanera y depósito temporal hasta que se les conceda un régimen aduanero. Para ello, se tiene un plazo de 90 días. Si no se cumple este plazo, la aduana puede subastar la mercancía, eliminarla o trasladarla a otro almacén con cargo al dueño de la mercancía.
Toda mercancía que se vaya a incluir en un régimen aduanero deberá presentar una declaración aduanera.
Análisis de la normativa vigente
Normativa:
En este punto hablaré sobre la normativa principal aplicable a las importaciones y exportaciones que se generan en el TAU, el CAU. Este incluye un conjunto de disposiciones que regulan una serie de figuras y procedimientos que deben cumplir las empresas que realizan las citadas operaciones de Comercio Internacional. Dichas disposiciones son:
Reglamento (UE) 952/2013 de 9 de octubre, del Parlamento y Consejo Europeo que establece el CAU.
Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión Europea.
Reglamento Delegado (UE) 2015/2447 de la Comisión Europea.
Sucesivas modificaciones y actualizaciones.
El TARIC es el código de arancel Integrado de la UE, es un arancel común (TAU), se utiliza para clasificar la mercancía con una nomenclatura arancelaria de cada producto. Existe una base de datos en la web de la UE en la que se pueden consultar las nomenclaturas arancelarias de cada producto para saber qué arancel se le debe aplicar, en general, a las importaciones.
Regímenes de (Aduaneros)
Los regímenes aduaneros son un conjunto de normas que deben cumplir las mercancías de importación y exportación para que puedan transitar legalmente por el TAU.
Dentro del CAU, se pueden encontrar los siguientes regímenes:
Regímenes Generales:
Despacho a Libre Práctica
Exportación
Regímenes Especiales:
Tránsito: Externo e Interno
Almacenamiento: Zona Franca y Depósito Aduanero
Destinos Especiales: Importación Temporal y Destino Final
Perfeccionamiento: Activo y Pasivo
Cumplimentación y Tramitación de la Documentación:
Tramitación:
Me gustaría remarcar que para realizar una Declaración de Despacho en la oficina de la Aduana, se entregará el documento único administrativo (DUA), junto la documentación necesaria (F. Peirats y P Ninot (2019)): Fra. Cial, Packing List, DV1, certificado origen, documento de transporte, certificados de distintos organismos y la póliza de seguro.
La Aduana firmará y fechará la admisión de las mercancías y examinará la documentación y las mercancías si así lo considera. También, determinará si está sujeta a pago de Aranceles, IVA e IIEE.
Cualquier persona física o jurídica o agente de aduana puede realizar la declaración de la mercancía en la Aduana.
Declaración de Importación
Los pasos a seguir para tramitar la declaración de importación son:
Declaración Sumaria de Entrada
Aviso de Llegada
Declaración Sumaria de Depósito Temporal
Mercancías en Depósito Temporal
Obligación conceder Destino Aduanero
Presentación de la Declaración Aduanera (DUA): +DV1 (>20.OOO€)+C.O.(Form A, Eur-1, Eur-Med, ATR) + Docs Ciales (Fra. Proforma, Fra. Cial, packing list) + Docs Tte. (BL,CMR, CIM, AWB, FBL, TIR) + Certificados (Soivre, Cites, Fitosanitario, Halal, Koser) + Póliza de Seguro + Documento C-10 (B.I. IVA)
Despacho Aduanero Circuitos: Verde=Levante, Naranja=Inspección documental, Amarillo: al DUA le falta docs servicios aduaneros para el levante y Rojo: Inspección docs y física de la mercancía.
Levante de la Mercancía: la aduana autoriza al importador o su representante a disponer de las mercancías despachadas. Se pagan derechos de importación antes de 10 días desde que se contraen estos derechos. Se puede prorrogar 30 días mediante garantía en efectivo o fianza.
Declaración de Exportación
Esta declaración permite destinar productos a mercados internacionales por lo que se debe realizar los trámites aduaneros de exportación. Obtener el nº EORI (Registro Exportadores UE)
En las operaciones de exportación en el TAU predomina el principio de Libertad Comercial Absoluta por lo que como regla general no se deben abonar derechos aduaneros (Aranceles) por la salida de la mercancía.
Los pasos del procedimiento de exportación son:
Presentación Declaración Aduanera: con DUA+C.O. (Eur1, Eur-Med y ATR)+C.Tipo Mercancía (Cites, Soivre, fitosanitario)+docs ciales (fra cial+packing list)+Docs Tte. (CMR,TIR, ADR, ATP, CIM, BL, FBL, AWB)
Despacho Aduanero: Circuitos Verde=Levante, Naranja=Inspección Docs y Rojo: Inspección Docs y Física
Levante de la Mercancía: la aduana autoriza al importador (comprador) o su representante a disponer de las mercancías despachadas. El Exportador no paga derechos de exportación en a UE.