Tema 17. Legítima defensa y estado de necesidad Flashcards

1
Q

Legítima defensa

A

“Están exentos de responsabilidad criminal: (…) 4) El que obra en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran en unos requisitos”

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2
Q

Requisitos de la legítima defensa

A
  1. Agresión ilegítima: ataque a unos bienes y puesta en grave peligro de deterioro o pérdida inminente (en caso del allanamiento de morada la agresión ilegítima es la entrada indebida).
  2. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
  3. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
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3
Q

2 aspectos fundamentales de la legítima defensa

A

Principio individual: sólo se permite la defensa de bienes individuales, no la de bienes colectivos (como la seguridad interior del Estado o la Administración de Justicia)

Aspecto colectivo: es legítima la defensa necesaria para impedir una agresión contraria al Derecho, aunque el bien lesionado del agresor sea mayor que el del defendido (ya que agresor y defensor no se hallan en una posición igual de válida ante el orden jurídico; el agresor niega el derecho, el defensor lo afirma)

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4
Q

Evolución doctrinal actual de la legítima defensa

A

Hay una cierta restricción. La restringe en los casos en que los bienes lesionados del agresor son mucho mayores que los del defensor (extrema desproporción), y cuando el ataque procede de un sujeto a quién no se le puede imputar personalmente el hecho (ej: niños). En estos casos se pide que el defensor esquive la agresión.

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5
Q

Agresión

A

A parte de la violencia física, la jurisprudencia tiende a admitir también ataques a bienes inmateriales, ya que si no supondría la imposibilidad de defender sólo los derechos.

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6
Q

Agresión ilegítima

A

= Agresión antijurídica.

No es preciso que sea personalmente imputable a su autor.

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7
Q

¿Para la doctrina española, la agresión previa a la legítima defensa debe ser de carácter penal?

A

SÍ.

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8
Q

Actualidad de la agresión

A

Del segundo elemento fundamental de la legítima defensa se deriva la necesidad de que la agresión sea ACTUAL.

Ejemplos:
Disparar al agresor cuando el acto de agresión ha sido consumado -> NO ES DEFENSA LEGÍTIMA
Disparar al ladrón que está huyendo con un botín -> DEFENSA LEGÍTIMA (aún puedes defender los bienes arrebatados)

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9
Q

La riña

A

La riña mutuamente aceptada no da lugar a legítima defensa, ya que hay una inexistencia de agresión ilegítima y una falta de voluntad defensiva de los participantes.

Eso imposibilita la apreciación de la eximente, ya sea completa e incompleta.

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10
Q

Bienes defendibles

A

Se limita a la persona o los derechos de alguien.

No cabe la defensa de bienes suprapersonales como el orden público, ni la defensa del Estado o de sus derechos.

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11
Q

Necesidad de la defensa

A

El CP exige que exista “necesidad racional del medio empleado para impedir/repeler la agresión”.

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12
Q

Necesidad abstracta de la defensa

A

Necesidad de defenderse de alguna forma.

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13
Q

Necesidad de la concreta defensa

A

Necesidad del medio defensivo concretamente empleado.

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14
Q

Exceso extensivo y exceso intensivo

A

Exceso extensivo: Se da cuando la defensa dura más tiempo del que dura la agresión.

Exceso intensivo: La agresión es actual pero la defensa podría y debería adoptar una intensidad lesiva menor.

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15
Q

La falta de provocación suficiente

A

Es requisito de la defensa legítima, pero no es fundamental, por lo que si sólo falta este cabe la atenuación propia de la eximente incompleta.

La provocación es suficiente cuando hace desaparecer la necesidad de defensa del derecho.

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16
Q

Legítima defensa putativa

A

Cuando el sujeto cree ERRÓNEAMENTE que concurren los presupuestos objetivos de la legítima defensa.

Ejemplo: después de una discusión en un bar, A cree que B está corriendo hacia él para agredirle en una calle oscura, por lo que A dispara contra el sujeto, que resulta ser alguien que ni era B ni quería agredir a nadie.

Se trata como todo error en los presupuestos típicos de una causa de justificación: error de tipo negativo, que si es vencible es imprudencia y si es invencible determinará impunidad.

17
Q

El agredido cree que tiene derecho a proseguir la “defensa” una vez el agresor está desarmado e indefenso

A

Error de prohibición (NO ERROR DE TIPO)

18
Q

Estado de necesidad

A

Estado de peligro actual para legítimos intereses que únicamente puede conjurarse mediante la lesión de intereses legítimos ajenos y que no da lugar a legítima defensa ni al ejercicio de un deber.

Entran en conflicto sujetos que se hallan en la misma posición frente al derecho, no hay un injusto agresor.

Ejemplo: cuando una tempestad amenaza con hundir un barco si el capitán no echa al mar una parte de la carga (nótese el conflicto de intereses entre partes).

19
Q

¿Cuando está justificado el estado de necesidad?

A

Cuando el mal causado no es mayor que el que se trata de evitar.

20
Q

Defensa que recae sobre un tercero

A

Frente al tercero no hay defensa alguna.

21
Q

Ejercicio de un deber (20.7 CP)

A

También exime de responsabilidad criminal a «el que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo».

El agresor debe ser autoridad o funcionario autorizado, y puede lesionar intereses más importantes de los que se defienden si es necesario (principio de necesidad), pero con proporcionalidad respecto la gravedad de la infracción (principio de proporcionalidad).

22
Q

Colisión de deberes (tipo de estado de necesidad)

A

Cuando para cumplir un deber es preciso infringir otro.

La particularidad de la colisión de deberes es que el sujeto DEBE actuar u omitir, mientras que en el estado de necesidad en general se FACULTA (NO OBLIGA) a efectuar la lesión de un bien jurídico.

Ejemplo: Un médico dispone de un pulmón artificial, pero lo necesitan 2 enfermos a quien tiene el DEBER de auxiliar. En cambio, un sujeto que allana una morada para salvar su vida actúa en un estado de necesidad que le PERMITE hacerlo, no le obliga.

23
Q

Tipos de colisión de deberes

A

Concurrencia de dos casos de actuar (2 enfermos 1 pulmón)

Concurrencia de un deber de actuar y uno de omitir. Ej: salvar a accidentado (actuar) conduciendo un vehículo ajeno (omitir).

24
Q

Teorías frente al estado de necesidad

A

Teoría de la adecuidad (Kant): parte de la actuación no es jurídicamente correcta, pero no se puede castigar por razones de equidad, ya que el sujeto se encuentra bajo presión.

Teoría de la colisión (Hegel): el estado de necesidad se fundamenta en el mayor valor objetivo para el Derecho de los intereses salvados frente a los sacrificados. Por eso debe considerada correcta y justificada la acción que salva el interés más importante, independientemente de que el sujeto haya actuado o no bajo coacción psicológica.

Teoría de la diferenciación: dominante en la actualidad. Tiene en cuenta el factor psicológico de la teoría de la adecuidad y el principio del interés predominante para explicar 2 tipos de casos de estados de necesidad.

25
Q

Tipos de casos del estado de necesidad según la teoría de la diferenciación

A

Estado de necesidad justificante: se lesiona un interés esencialmente inferior al que se salva.

Estado de necesidad exculpante: cuando el interés lesionado es igual o mayor al que se salva. La actuación puede resultar disculpada al sujeto si actúa bajo una situación de conflicto en la cual no le es exigible que deje sacrificar el interés amenazado. Sucede cuando se halla en juego la vida o la integridad física aunque se salve a costa de bienes iguales o superiores. Cabe la exclusión de la culpabilidad (imputación personal).

26
Q

Si no hay un peligro de mal propio o ajeno…

A

no cabe hablar de estado de necesidad, ya que es la base.

27
Q

Auxilio necesario

A

Cuando alguien resuelve una situación de necesidad de otra persona lesionando un bien jurídico ajeno (en lugar de actuar el necesitado).

28
Q

Colisión de deberes

A

Cuando existe deber de evitar un mal, y para ello solo cabe infringir otro deber.

Ejemplo: asistir a un accidentado (deber de socorro) infringiendo un deber de obediencia a un superior jerárquico (410 CP).

29
Q

Si hay un modo menos lesivo de evitar el mal…

A

no concurre el estado de necesidad.