TEMA 17. LAS OBLIGACIONES MERCANTILES Flashcards
¿Cuándo se inicia y qué efectos tiene la morosidad en los contratos mercantiles? (Gestión Hacienda acceso libre 1999)
El Código de Comercio contiene algunas normas especiales respecto a las obligaciones mercantiles:
El artículo 63 del Código de Comercio establece que los efectos de la morosidad comenzarán:
1) “En los contratos que tuvieran día señalado para su cumplimiento, por voluntad de las partes o por la Ley, al día siguiente de su vencimiento
2) En los que no lo tengan, desde el día en que el acreedor interpelare judicialmente al deudor, o le intimare la protesta de daños y perjuicios hecha contra él ante un Juez, Notario u otro oficial púbico autorizado para admitirla.”
Los efectos de la morosidad son la indemnización de daños y perjuicios siguiendo las normas del Código de Comercio.
- Régimen especial de las obligaciones mercantiles contractuales. (TAC 2008, 2011)
El Código de Comercio contiene algunas normas especiales respecto a las obligaciones mercantiles:
1) Según el artículo 61, “No se reconocerán términos de gracia, cortesía u otros, que bajo cualquier denominación difieran el cumplimiento de las obligaciones mercantiles, sino los que las partes hubieran prefijado en el contrato o se apoyaren en una disposición terminante del Derecho”.
2) Según el artículo 62, “Las obligaciones que no tuvieran término prefijado por las partes o por las disposiciones de este Código, serán exigibles a los diez días después de contraídas, si sólo produjeren acción ordinaria, y al día inmediato si llevaren aparejada ejecución.
Los contratos de adhesión en el derecho mercantil. (TAC acceso libre 2015)
Contratos de adhesión: aquellos en que una de las partes impone unilateralmente a la otra parte las condiciones y el contenido mismo del contrato, de modo que esta no puede discutir las diferentes cláusulas que se le proponen, sino que ha de optar, o por aceptarlas en bloque o por no contratar.
Concepto y requisitos esenciales de los contratos mercantiles. (TAC acceso libre 2017)
Conforme al artículo 50 CCo, los contratos mercantiles, en todo lo relativo a sus requisitos, modificaciones, excepciones, interpretación y extinción y a la capacidad de los contratantes, se regirán en todo lo que no se halle expresamente establecido en este Código o en Leyes especiales por las reglas generales del Derecho común.
Se aplicarán a los contratos mercantiles las normas civiles sobre los contratos y los requisitos son:
- Consentimiento de las partes contratantes.
- Objeto cierto que sea materia del contrato.
- Causa de la obligación que se establezca.
Clases de contratos mercantiles
- Las mismas que en el derecho civil (unilaterales y bilaterales, consensuales y reales, formales y no formales, etc.)
- Contratos mercantiles fundamentales o de cambio (aquellos que tienden directamente a realizar el fin del comercio, consistente en acercar los productos al consumidor)
- Contratos mercantiles auxiliares o para el cambio (aquellos que simplemente cooperan a la realización del fin de aquel).
- Contratos de adhesión: aquellos en que una de las partes impone unilateralmente a la otra parte las condiciones y el contenido mismo del contrato, de modo que esta no puede discutir las diferentes cláusulas que se le proponen, sino que ha de optar, o por aceptarlas en bloque o por no contratar.
- Por su función o finalidad económica:
- Contratos de colaboración asociativa (contrato de sociedad) o de colaboración simple (comisión, de agencia, de asistencia técnica).
- Contratos de cambio (realizan la transmisión de bienes) o contratos de servicios (transportes, seguros).
- Contratos mixtos y atípicos: aquellos contratos que aparecen en la compleja vida mercantil moderna como conglomerados, no designados legalmente con ningún nombre, de diversos contratos reconocidos en la ley.
Explique brevemente las tres fases en la formación de un contrato mercantil: oferta, aceptación y perfección del contrato. (TAC 2007)
La oferta es la declaración de voluntad encaminad a la perfección de un contrato y que contiene los elementos esenciales del mismo. Sus requisitos son:
- Ha de ser completa
- El proponente ha de tener intención de concluir el contrato
- La propuesta ha de ser mantenida viva durante algún tiempo
La aceptación es la declaración de voluntad, dirigida al oferente, de concluir el contrato como ha sido propuesto. No puede perfeccionarse el contrato si la aceptación contiene ampliaciones, limitaciones o modificaciones de la propuesta.
El perfeccionamiento de un contrato es el momento en que éste inicia su existencia, validez y vigencia. El artículo 1.258 del Código Civil establece que los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento.
Señale los supuestos en los que el Código de Comercio presume que un contrato es fraudulento. (THAC acceso libre 2008)
Al derogarse el artículo 882 del Código de Comercio, dicho texto no establece los supuestos en los que se presume un contrato como fraudulento. Por ello, habremos de remitirnos al Código Civil.
Su artículo 6.4 establece que: “Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir.”
Por su parte, el artículo 1.297 determina que:
“Se presumen celebrados en fraude de acreedores todos aquellos contratos por virtud de los cuales el deudor enajenare bienes a título gratuito.
También se presumen fraudulentas las enajenaciones a título oneroso hechas por aquellas personas contra las cuales se hubiere pronunciado antes sentencia condenatoria en cualquier instancia o expedido mandamiento de embargo de bienes.”
Disposiciones generales que establece el Código de Comercio en relación con la ejecución e interpretación de los contratos mercantiles. (THAC promo interna 2013)
La norma fundamental del Código de Comercio es la que ordena que los contratos han de interpretarse de buena fe. Su artículo 57 precisa que los contratos de comercio han de cumplirse “de buena fe, según los términos en que fuesen hechos y redactados, sin tergiversar con interpretaciones arbitrarias el sentido recto, propio y usual de las palabras dichas o escritas, ni restringir los efectos que naturalmente se deriven del modo con que los contratantes hubieren explicado su voluntad y contraído sus obligaciones.”
El contrato ha de ser interpretado teniendo en cuenta la finalidad económica que las partes han querido alcanzar y lo que es usual en el ambiente o medio comercial en que se desenvuelven las mismas.
Según el artículo 59 del Código de Comercio, si se originasen dudas que no se puedan resolver, se decidirá la cuestión a favor del deudor.
Momento y lugar de la perfección del contrato mercantil entre ausentes. (TAC 2009)
El artículo 54 del Código de Comercio prevé que:
“Hallándose en lugares distintos el que hizo la oferta y el que la aceptó, hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela remitido el aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe.
El contrato, en tal caso, se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta.
En los contratos celebrados mediante dispositivos automáticos hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación.”
La perfección del contrato se produce en el momento del consentimiento dado que el art. 1.258 del Código Civil establece que “Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento (…)”
La interrupción de la prescripción en el Derecho Mercantil (TAC 2018)
Conforme al artículo 944 CCo, la prescripción se interrumpirá por
• la demanda u
• otro cualquier género de interpelación jurídica hecha al deudor;
• por el reconocimiento de las obligaciones, o
• por la renovación del documento en que se funde el derecho del acreedor. (No hay
referencia a reclamación extrajudicial como en el C.Civil).
Se considerará la prescripción como no interrumpida por la interpelación judicial, si el actor desistiese de ella, o caducara la instancia, o fuese desestimada su demanda.
Empezará a contarse nuevamente el término de la prescripción:
• en caso de reconocimiento de las obligaciones, desde el día en que se haga;
• en el de su renovación, desde la fecha del nuevo título;
• si en él se hubiere prorrogado el plazo del cumplimiento de la obligación, desde que
éste hubiere vencido.
Plazos de prescripción en el Derecho Mercantil. (Gestión Hacienda 1993)
El artículo 943 del Código de Comercio establece que: “Las acciones que en virtud de este Código no tengan un plazo determinado para deducirse en juicio se regirán por las disposiciones del Derecho común”.
En el Código de Comercio se establecen los siguientes plazos:
• 5 años: derecho del socio a percibir los dividendos o pagos por razón del capital
• 4 años: acción contra los socios y contra los administradores de la sociedad, a contar
desde el día de su cese.
• 3años
a) la responsabilidad en que hubieran incurrido los Agentes mediadores del
comercio
b) las acciones del socio contra la sociedad y viceversa
c) las acciones nacidas de los contratos mercantiles de préstamo a la gruesa y de
seguro marítimo
d) la acción del tenedor de la letra de cambio contra el aceptante o avalista
• 2 años: acción para reclamar indemnización por abordaje a contar desde el siniestro
• 1 año: conjunto muy diverso de acciones de Derecho marítimo
• 6 meses
a) acción real contra la fianza de los Agentes mediadores de comercio b) acciones relativas al cobro de:
1. portes, fletes y gastos a ellos inherentes, y de la contribución de averías comunes
2. pasaje, a contar desde el día en que el viajero llegó a su destino, o desde el que aquel debía pagarlo.