Simulación Flashcards
1.- Qué es la simulación?
Declaración de un contenido de voluntad no real, emitida conscientemente y de acuerdo entre las partes, para producir con fines de engaño la apariencia de un negocio jurídico que no existe o es distinto de aquel que realmente se ha llevado a cabo.
Qué es un negocio simulado?
Es aquel que tiene apariencia contraria a la realidad, o porque no existe en lo absoluto o porque es distinto de como aparece.
Qué requisitos tiene la simulación?
- declaración que deliberadamente no se ajusta a la realidad.
- de común acuerdo.
- cuyo propósito es engañar
Cómo se clasifica la simulación?
i) Lícita (no se persigue perjuicio a tercero) e Ilícita (busca perjuicio o violar ley).
ii) Absoluta (acto no tiene nada de real) y Relativa (se ha realizado otro acto que se cubre).
Qué formas de simulación hay?
- referida a la existencia del AJ.
- referida a la naturaleza del AJ.
- referida a las personas que intervienen.
Desde qué momento existe la simulación?
Dos opciones:
- desde que se pretende hacer oponible a terceros, o
- desde que se celebra el contrato simulado.
Qué formas de simulación hay?
- referida a la existencia del AJ.
- referida a la naturaleza del AJ.
- referida a las personas que intervienen.
Desde qué momento existe la simulación?
Dos opciones:
- desde que se pretende hacer oponible a terceros, o
- desde que se celebra el contrato simulado.
Qué es la reserva mental?
Es no aceptar en el fuero interno lo que se manifiesta como voluntad real.
Qué diferencias hay entre la reserva mental y la simulación?
- RM hay sólo una parte.
- RM busca engañar a la contraparte.
- RM no atenta contra la validez del AJ.
Es reprobable la simulación relativa?
Sí, pero sólo cuando es ilícita. No se sanciona la simulación, sino el acto disimulado (encubierto).
Cuáles son las consecuencias de la simulación?
- Absoluta: inexistencia.
- Relativa: inexistencia, + posibilidad de vicios en el acto disimulado.
Efectos de la simulación
i) Entre las partes: acto simulado no existe, impera la voluntad real. Contraescritura es válida conforme el art. 1707 CC.
ii) Respecto terceros: acto simulado sí existe. Voluntad real no les afecta a priori, pero pueden los terceros tener interés en que sí (o que no). Ante esto, la RG es que las consecuencias de la simulación demandada por terceros no afecten a otros terceros que están de buena fe (inoponibilidad).
Qué es la acción de simulación?
Aquella que es ejercida por los terceros a quienes la simulación perjudica, con el objeto de que el juez declare cuál ha sido la voluntad de las partes.
Requisitos para ejercer la acción?
- ser titular de un derecho amenazado o posición perjudicada.
- probar el daño.