RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL Flashcards
Define responsabilidad civil extracontractual
Cuando hay un sujeto A que ha causado un daño a otro sujeto, B, A tiene la obligación de indemnizar a dicho sujeto por la acción cometida, si incurren causas de dolo o culpa.
Requisitos para que exista responsabilidad civil por parte de A, cuando A ha causado algún perjuicio a B
1) Debe existir omisión o acción por parte de A
2) B tiene que haber sido perjudicado
3) debe haber una causalidad directa entre los sucesos 1 y 2
4) Debe haber una valoración jurídica para garantizar que el suceso 1 ocurrió por culpa o dolo de A.
Prescripción de la acción/para responsabilidad civil( contractual y no contractual)
RC extracontractual: 1 año después de que la víctima tenga uso de razon y esté capacitada para presentar una demanda. “dies a quo”
RC contractual: 15 años en caso de incumplimiento del contrato.
Indica los tipos de RC que existen según la persona
RC hecho ajeno: cuando una persona es responsable de los actos de otra. Culpa in educando, culpa in vigilando
RC hecho propio: cuando la persona es responsable de sí misma.
Tipos de RC propia(personal)
RC objetiva: Cuando los daños causados delatan por sí mismos la culpabilidad del respnsable y no hace falta hacer valoración jurídica.
RC subjetiva: Cuando hay que ver si existe dolo o culpa para responsabilizar al posible culpoable
Ejemplos de RC objetiva
Responsabilidad por daños causados por animales: 1905 y 1906 CC
Responsabilidad del cabeza de familia: 1910 CC
Responsabilidad en navegación aérea
Responsabilidad en energía nuclear
Responsabilidad en circulación de vehículos a motor
Responsabilidad de las Administraciones Públicas
Responsabilidad por viajeros
4 tipos de responsabilidades por hecho ajeno
1) Padres e hijos, padres que tienen la custodia de sus hijos. Culpa in vigilando, culpa in educando
2) Tutor legal persona que no tiene capacidad jurídica
3) Empresario responsable de las acciones de sus empleados. Culpa eligiendo culpa in vigilando
4) Centro educativo durante el horario escolar
Responsabilidad del empresario
El empresario responde a los actos de sus empleados ya que puede tener culpa in vigilando o culpa in eligiendo.
El empresario puede argumentar que actuó con diligencia aunque el tribunal supremo no lo suele pasar ya que se considera al empresario como que asume el riesgo de la actividad economica con todas sus ventajas e inconvenientes. El
código civil permite al empresario demandar al trabajador para que le abone la cantidad que él mismo ha indemnizado a la víctima previamente.
Seguro de RC
Los sujetos que realizan actividades con predisposición a causar daños objetivos deben obligatoriamente llevar seguro de RC.
El seguro de RC sirve para proteger a la víctima de indemnización en caso de insolvencia del causante.
El seguro de RC puede atribuir toda la culpa al propio causante para evitar abonar la indemnización.