PROC. CIVIL Flashcards

1
Q

Termino para solicitar traslado de pleitos en materia civil

A

30-Dias
-Para q. el Ddo impugne la competencia de la sala y sea trasladado.

10-Dias
-Para q. Dte se oponga a la solicitud de traslado.

IMP= desde notificada dicha mocion, ausencia de contestacion, se entiende consentido al traslado.

IMP= Tambien es desde, notificacion de demanda y el emplazamiento o demandado se someta a la jurisdiccion.

IMP= Presentacion de “Mociones” o “Alegaciones Responsivas” dentro de los “30-Dias”, No se consideran como una renuncia al Do. a solicitar traslado; Tampoco como un sometimiento voluntario a la jurisdiccion.

IMP= El trib. podra ordenar el traslado de un pleito de la sala en q. se esta ventilando a otra sala.

IMP= Primer dia no se cuenta.

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2
Q

Termino para diligenciar el emplazamiento

A

120-Dias.
(4 meses aprx.)
-Desde= Radicacion de la demanda o fecha de expedicion de emplazamiento por edicto.

             -Termino= Estricto cumplimiento 

IMP= La expedicion se refiere a el juez emitir la orden de expedicion de edicto.

IMP= Prorrogable con justa causa, pero se tiene q. solitictar dentro de dicho termino de los 120 Dias.

IMP= El secretario debera expedir los emplzamientos el mismo dia en q. se presente demanda.

OJO= Si no los expiden el mismo dia el tiempo q. se demore sera el mismo tiempo adicional q. el triibunal otorgara para diligenciar los emplazamientos una vez Demandante haya presentado oportunamente solicitud de prorroga.

IMP= EFECTO= De transcurrir el termino sin el diligenciamiento se dictara sentencia decretando desistimineto y archivo sin perjuicio.

PROPOSITO= Desalentar la inaccion de los litigantes al diligenciar los emplazamientos

IMP= Ausencia de tardanza x el secretario, de debera denengar la mocion de prorroga.

IMP= Cuando nos referimos a la expedicion del emplazamiento x edicto; se refiere al juez, emitir orden de expedicion x edicto, no obstante, demandante tiene “120-Dias” para diligenciar en el periodico y probarle al trib. mediante declaracion jurada del “Administrador o Agente autorizado del periodico acompañado de un ejemplar del edicto publicado y de q. un escrito del abogado q. certifique haber depositado copia del emplazamiento y demanda por correo.

IMP= Requisitos son de “Estricto Cumplimiento”.

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3
Q

Termino para renunciar al emplazamiento personal

A

20-Dias
-Para devolver solicitud firmada de renuncia de emplzamiento personal. (DESDE= Enviada la solicitud)

30-Dias
-Si quien firma la solicitud esta fuera de PR.

30-Dias
-Despues de entregar la solicitud firmada para contestar la demanda. (DESDE= devuelta la solicitud de renuncia).

IMP= Tal solicitud de renuncia al emplazamiento, no procede para con el ELA. Claro q. demandante en la solicitud de tiene q. cumplir con los requisitos.

IMP= Si demandado no cumple en termino; tendra q. pagar; Gastos- q. se han incurrido en el diligenciamiento del emplazamiento; Gastos- y Honorario de la parte demandante.

IMP= En caso de aceptar; La accion procedera como si el emplazamiento y la demanda se hubiera diligenciado al momento de la aceptacion de la renuncia.

IMP= No podra requeriri prueba alguna del diligencimiento del emplazamiento. 
EXCEPCIONES = Justa Causa.
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4
Q

Termino para Emplazar por Edicto. (O sea, termino para el tramite posterior y requisito despues del emplamzamiento).

A

10-Dias
-Luego de la publicacion del edicto, para notificar al demandado mediante correo certificado con copia del emplazamiento y demanda.

IMP= Esto es un requisito indispensable, “10-Dias” posteriores a la publilccacion del edicto.

IMP= Enviarle al Demandado x

             1) - Correo Certificado 
             2) - Con acuse de recibo
             3) - a la ultima direccion conocida
             4) - Copia de la Demanda y el emplazamiento. 

EXCEPCION= De este ultimo requisito.
-Cuando se justifique mediante declaracion jurada q. tras realizar todos los esfuerzos posibles; NO se pudo localizar direccion alguna.

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5
Q

Termino para presentar oposicion a cualquier Mocion q. no tenga termino una regla especifica, ni un termino especifico en proc. civil.

A

20-Dias.

-Desde= Radicada.

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6
Q

Termino para Presentar Defensas y Objeciones en civil

A

30-Dias
-Para Contestar una demanda a partir de la entrega del emplazamiento o de la publicacion del edicto. (En o Fuera del PR)

10-Dias
-Para notificar copia de contestacion a demanda a coparte.

10-Dias
-Para presentar replica o reconvencion, luego de notificada la contestacion de la demanda.

60-Dias
-Para el ELA, contestar (Improrrogable)

IMP= No aplica a Corporaciones publicas.

IMP= Terminos bajo la R-36 altera estos terminos.

IMP= Edicto= Desde= su Publicacion.
(Mociones de Sentencia Sumaria o Desestimiento, paralizan los terminos de contestacion a demanda u otros totalmente.

IMP= Si juez deniega o pospone su resolucion hasta el juicio Demandado tiene “10-Dias” para contestar demanda.

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7
Q

Termino para contestar una Mocion solicitando una exposicion mas definida.

A

10-Dias
-Desde= presentada la mocion solicitando exposcion mas definida para q. la parte corrija la alegacion.

DESDE= Trib. la declara ha lugar para q. la otra parte la arregle.

IMP= Efecto de no arreglarla, el trib. podra eliminarla.

IMP= Va dirigida a la parte a corregir.

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8
Q

Termino para presentar demanda contra Coparte

A

30-Dias
-Para presentarla SIN permiso del trib. contados DESDE fecha de la presentacion de contestacion de TODAS las partes demandadas.

(o sea, desde q. contestan todas las partes a la demanda)

IMP= Despues del termino sera CON, permiso del trib. y con “Justa Causa”.

IMP= Este termino prescriptivo, si se le vencio al Demandante el termino para traer, a q. le responda directamente al Demandante (lo anterior es la regla general. )

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9
Q

Cuando podra una parte demandada hacer parte a un tercero.

A

30-Dias
-para presentar demanda contra tercero, SIN permiso del trib., contados a partir de la fecha de presentacion de contestacion de la demanda o la replica a una reconvencion.

IMP= Transcurrido el termino sera CON permiso del tribunal y con “Justa Causa”.

BN-IMP= Tiene q. traerse dentro del termino prescriptivo (Ello cuando se interese q. Tercero responda directamente a Demandante).

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10
Q

Termino para Enmendar alegaciones.

A

20-Dias
-a partir de la fecha de notificacion, para enmendar una alegacion hecha, siempre y cuando la misma NO haya sido contestada aun, No admita alegacion responsiva (Ej. Mocion de Desestimacion) o NO se haya señalado juicio.

IMP= Sin permiso del Trib.

20-Dias
-Para contestar una demanda enmendada a partir de la fecha de notificacion de la misma (o) el tiempo q. reste de la alegacion original. (o sea, el termino mas largo)

IMP= Tambien se permite con consentimiento escrito de la otra parte.

IMP= Las enmiendas x estipulacion de las partes = No necesitan permiso (exppresas o implicitas; Ej. “La Prueba Enmienda las Alegaciones”).

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11
Q

Termino para sustituir a alguna de las partes, ya sea por q. ha muerto.

A

30-Dias
-Para informar al tribunal y a las partes el fallecimiento de una de las partes a partir de la fecha en q. se conozca el hecho.

90-Dias.
-A partir de la notificacion al trib. del fallecido, para solicitar al Tribunal q. ordene la susticion de la parte fallecida por las partes apropiadas.

EFECTO= Se desestima sin perjuicio (o sea si transcurriera el termino sin hacer la sustitucion)

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12
Q

Termino por el q. se puede prorrogar los terminos de una mocion.

A

Si el trib. la concede; comienza a correr al dia siguiente del vencimiento del plazo cuya prorrogase solicita.

IMP= Se necesita Justa Causa y Fundamento.

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13
Q

Termino para radicar una Mocion Eliminatoria

A

10-Dias.

-Desde= Sometida alegacion q. el juez considere; “Redundante, Inmaterial, Impertinente, Difamatoria”.

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14
Q

Dime los diferentes metodos de descubrimiento de prueba en proc. civil.

A

1) - Deposiciones
2) - Interrogatorios
3) - Inspeccion de Objetos y Doc.
4) - Examen Fisico o Mental.
5) - Requerimiento de Admision.

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15
Q

Cual es el termino q. tiene una parte para oponerse a

una Deposicion antes de iniciarse el pleito o Durante la apelacion.

A

15-Dias
-Para comparecer a oponerse a solicitud de deposicion para “Perpetuar su Testimonio”

IMP= Tienes “15-Dias” para “Diligenciar” notificacion, conforme a las reglas de Emplazamiento.

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16
Q

Deposiciones mediante examen oral. Cuando podran tomarse.

A

30-Dias
-Dentro de; Luego de emplazarse la persona demandada si la notificacion expresa, q. el deponente se propone salir de P.R. y NO estara disponible luego para examinar oralemente.

(O sea, dentro de dicho termino NO necesita Aut. Judicial).

EXCEPTO= Deponente se va a ir de PR= Demandante puede tomarla una vez pasado dicho termino= Sin aut. judicial.

IMP= RG= Es q. se tiene q. tomar posterior a estos “30-Dias”. (O sea, “30-Dias”- despues necesita autorizacion judicial)..

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17
Q

Deposiciones mediante examen oral; Termino de notificacion de tal deposicion ?

A

20-Dias
-No menos, para notificar por escrito a las partes q. desea tomar deposicion de alguna parte.

(O sea, no menos de “20-Dias” se le debe notificar a la persona con anticipacion a la deposicion).

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18
Q

Deposiciones mediante examen oral; Cuando se intente tomar la deposicion a Distancia. (Entiendase x Telefono; Videoconferencia; Otro Metodo electronico).

Cual es el Termino de notificacion ?

A

20-Dias

-No menos, para notificar por EScrito al deponente y a las otras partes q. desean tomar deposicion.

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19
Q

Deposiciones mediante examen oral; Cuales son los terminos para el “Examen, Lectura, Enmienda y Firma” de la deposicion. ?

A

45-Dias
-Para el taquigrafo entregue la transcripcion de la deposicion, a partir de la fecha de la deposicion. (O sea, aqui le tiene q. hacer entrega el taquigrafo a la parte q. la tomo).

IMP= Aplica tmbn a las cintas y/o Videos.

10-Dias
-Luego de recibida la transcripcion, para hacer llegar la misma al deponente para q. la lea y examine. (Podra renunciar, pero se hara constar en el acta).

30-Dias
-Para q. el Deponente indique enmiendas q. deban hacerse a la transcripcion, luego de habersele notificado la misma (o examinarlo).

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20
Q

Dame las 4 fases de las deposiciones mediante examen oral.

A

1) - Desde Cuando podran tomarse
2) - El proceso de Notificacion
3) - Cuando se toman deposiciones a distancia
4) - El acto de Examen, Lectura, Enmienda y Firma de la Deposicion.
5) - Notificacion y Entrega de preguntas para Deposiciones Escritas.
6) - Efecto de errores e Irregularidades en las Deposiciones.

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21
Q

Deposiciones mediante preguntas escritas; Termino para Notificar y Entregar las preguntas para esa deposicion escrita.

A

10-Dias
-Para q. las partes enteguen repreguntas (Son preguntas de Contrainterrogatorio) a la parte interesada en tomar deposicion A PARTIR de la fecha en q. se les notifique el deseo de toma de deposicion de alguna persona.

5-Dias
-A partir de la entrega de las Repreguntas, para entregar preguntas adicionales (Re-Directo)

3-Dias
-Luego de haber recibido las preguntas adicionales, una parte podra entregar repreguntas adicionales a la parte q. propuso la toma de deposicion. (Re-Contrainterrogatorio)

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22
Q

Uso de las Deposiciones a los procesos antes del tribunal; Termino para presentar objeciones por Errores e Irregularidades en las deposiciones ?

A

5-Dias
-A partir de la ultima entrega de preguntas escritas permitidas, para presentar objeciones a las forma en q. estan redactadas las preguntas. (O sea, son objeciones a la forma de las preguntas escritas).

IMP= EFECTO= Se entenderan renunciado.

30-Dias
-Para suprimir la deposicion o alguna parte de ella por errores e irregularidades cometidos en la transcripcion o reproduccion del testimonio o en la forma en q. la deposicion fue preparada, firmada certificada, sellada, endosada, transmitida o presentada.

IMP= DESDE= Defecto fuera, o desde q. pudo haber sido descubierto mediante “Debida Diligencia”.

IMP= EFECTO= Se entederan renunciado.

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23
Q

Interrogatorio; Procedimiento y Terminos para uso de interrogatorios. ?

A

30-Dias
-A partir de la notificacion de interrogatorio, para contestar, firmar, juramentar y entregar copia de las contestaciones y/o objeciones a la parte q. formulo dicho interrogatorio.

IMP= Trib. puede ampliarlo o acortarlo.

IMP= Las objeciones solo interrumpen termino, para esa parte objetada, NO las demas.

IMP= Demandado, puede someterle interrogatorio a Demandante en cualquier momento DESPUES de emplazado, NO ello al reves. Pues Demandante tiene q. esperar “30-DIAS” despues de emplazamiento para poder someterlo.

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24
Q

Inspeccion de Documentos y Objetos; Procedimiento y Terminos (Descubrimiento de documentos y objetos para inspeccionados, copiados o fotografiados.

A

15-Dias.
-Para responder a una solicitud de inspeccion de documentos y/o objetos.

IMP= Termino para inspeccionar; SIN permiso DESDE transcurrido los 30-Dias del emplazamiento.

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25
Q

Examen fisico o Mental; Termino para entregar el informe del examinador o examinadora (informe fisico y mental de una persona)

A

45- Dias
-A partir de la fecha del examen, para entregar a las “Partes Examinadas” un informe del examinador por “Escrito y Detallado” haciendo constar sus determinaciones.

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26
Q

Requerimiento de Admisiones; Termino para notificarlo. ?

A

30-Dias
-Requerimiento podra notificarse a demandante SIN permiso del trib. en cualquier momento despues de radicada la demanda.

Si es otra parte seran los “30-Dias”. siguientes al emplazamiento.

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27
Q

Requerimiento de admision; Termino para Contestar y Objetar. ?

A

20-Dias.
_Desde= Notificacion

     -Efecto= Quedaran establecidas, si no se contestan.
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28
Q

Termino para la parte Demandada solicitar una “Oferta de Sentencia” a la parte Demandante.

A

20-Dias
-Dentro de, y ANTES DEL comienzo del juicio, la parte demandada podra solicitar a la parte demandante una “Oferta” para consentir se dicte sentencia en su contra por la cantidad, propiedad o en el sentido especificado en su oferta, con las costas devengadas hasta ese momento.

10-Dias
-A partir de la notificacion de la oferta, para enviar notificacion de aceptacion de la oferta y cualquiera de las partes podran presentarla al Tribunal para q. la secretaria del trib. dicte sentencia. (Reclamante para; -Aceptar o Rechazar)

20-Dias
-Dentro de, y ANTES del comienzo de la “Vista”, para notificar una oferta de sentencia en caso de q. aun quede por resolverse en procedimientos ulteriores la cuantia de los daños o la extension de la responsabilidad. (O sea, esta es otra oferta) (Ella se puede hacer para Adjudicar Daños).

IMP= Luego del Trib. Adjudicar controversia sobre responsabilidad, pero ANTES de valorada la cuantia, en el termino de “20-Dias” se puede hacer esta otra “Oferta de Sentencia”

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29
Q

Requisitos de la Oferta de Sentencia

A

1)- Por Escrito y Notificacion x correo
2)- Especificar
A)- Quien hace la oferta
B)- A qn va dirigida
3)-Cantidad ofrecida, si alguna x daños.
4)-Especifique
A)-Total
B)- Propiedad o Cond. ofrecidas.
5)- Costas devengadas hasta el momento.

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30
Q

Sentencia Sumaria; A favor de la parte reclamante. O sea Termino q. tiene “Demandante” para radicarla.

A

20-Dias
-Transcurridos a partir de la fecha de emplazamiento, para presentar mocion solicitando al trib. q. dicte sentencia sumaria a su favor sobre la totalidad o cualquier parte de la reclamacion solicitada.

IMP= No confundir los terminos de Demandante v. Demandado q. son diferentes.

Demandado tiene “30-Dias”

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31
Q

Sentencia Sumaria; Termino de “Demandado” para radicarla, solicitandole al Trib. q. dicte sentencia a favor de la parte contra quien se reclama.

A

30-Dias
No mas de, SIGUIENTES a la fecha limite del descubrimiento de prueba, para presentar mocion solicitando al Trib. dicte sentencia sumaria a su favor sobre la totalidad o cualquier parte de la reclamacion solicitada.

IMP= Puede radicarla DESDE q. fue emplazado.

(o sea, “30-Dias” siguientes a la fecha limite para concluir el Descrubrimiento de Prueba.)

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32
Q

Sentencia Sumaria; Mocion y Procedimiento; Termino para oponerse.

A

20-Dias
-Para contestar una Mocion de Sentencia Sumaria.

IMP= Ver R-70; Termino para el Trib. resolver desde sometida.
“90-DIAS”.

33
Q

Cuando se pide la “Sentencia Sumaria” ?

A

Cuando NO-hay controversias de Hechos, sino de Derechos.

y se puede incluir anejos y documentos. No como la Mocion de Desestimacion q. no se pueden incluir tales doc.

34
Q

Cuando se debe celebrar la “Reunion para el Manejo de Caso”. ?

y Cuando se debe Presentar al Trib. el “Informe para el Manejo del Caso”

A

40-Dias
-A partir de la “Ultima Contestacion de las Partes” o “Vencido el Termino para Contestar” (Ello para celebrar una reunion entre los abogados de las partes.)

10-Dias
-Luego de celebrada la reunion entre abogados, para presentar al Tribunal “Informe para el Manejo del Caso”.

IMP= Se puede celebrar en cualquier tipo de caso; EXCEPTO= Rebeldia y/o Reclamaciones de Menos de $15,000.

35
Q

Manejo del Caso; Termino en q. debera celebrarse la “Conferencia Inicial” (Ello, una vez fue presentado el “Informe para el manejo del Caso”)

A

60-Dias
-Dentro de, y a partir de la fecha en q. fue presentado el “Informe para el Manejo del Caso”, el Trib. señalara una “Conferencia Inicial”.

36
Q

Manejo del Caso; Cuando se deberan reunir las partes para una “Reunion en preparacion para la Conferencia con Antelacion al Juicio” ?

A

15-Dias
-Antes de la “Conferencia con Antelacion al Juicio”, los abogados se reuniran para preparar “Informe Preliminar Entre Abogados”.

10-Dias
-Antes de la fecha señalada para la conferencia con antelacion al juicio, las partes someteran al Trib. “Informe Preliminar Entre Abogados”.

37
Q

Manejo del Caso; Conferencia con Antelacion al Juicio. Cuando se celebrara ?

A

30-Dias
-No menos de, antes del Juicio en su fondo, se celebrara, la conferencia con antelacion al juicio.

IMP= Aqui se discuten los “Asunts” especificados en el “Informe Preliminar”

Ver Regla-37.5

38
Q

Cual es el Termino q. le concede el Trib. a la parte demandante para Corregir la Situacion q. Conlleve la Desestimacion de la Demanda. ?

A

30-Dias
-Es el Termino de la parte para Corregir la situacion.
(Ello cuando se es x un “Primer Incumplimiento”, luego de trib. apercibido a las partes y concede oportunidad para responder.

10-Dias
-Luego de la notificacion por parte de Secretaria, para exponer por escrito las razones de pq NO se debe desestimar el caso, cuando no se haya efectuado accion alguna en los ultimos seis “6-Meses”.

IMP= Partes tienen q. justificar inactividad. 
EXCEPTO= Hayan estado realizando acciones y gestiones Extrajudiciales del mismo pleito.
39
Q

Cual es el termino q. tiene una persona notificada para citacion, oponerse a la inspeccion o fotocopia de todo o parte de la informacion requerida. (Proteccion de las Personas sujetas a citacion)

A

15-Dias
-A partir de la fecha en q. le fue notificada la citacion. (Esta puede oponerse a la inspeccion o fotocopia de todo o parte de la informacion, o del lugar donde esta localizada, o a la produccion de informacion alalamcenada electronicamente en la forma o formas requeridas, o a la inspeccion de un predio o propiedad.

15-Dias.
-A partir, de la fecha en q. fue citada para deponer, para oponerse a esta. A menos q. la citacion sea para vista o juicio, puede oponerse en cualquier momento.

(R-40.4)

40
Q

Comisionados Especiales; Terminos y Procedimientos ?

A

20-Dias
-A partir de la orden del Trib, para celebrar la primera reunion con comisionado. Le corresponde al Comisionado notificar fecha y lugar de la reunion a las partes o sus abogados.

41
Q

Comisionados Especiales; Termino de Informes ?

A

20-Dias
-A partir de la fecha de notificado el “Informe del Comisionado”, las partes podran presentar sus objeciones al mismo.

42
Q

Sentencias y Resoluciones; Mociones; Enmiendas o Determinaciones iniciales o adicionales. De hecho o de Derecho. Cual es el Termino para radicarla ?

A

15-Dias
-Dentro de, y a partir de la fecha en la cual fue archivada en autos, copia de notificacion de la sentencia, una parte mediante mocion podra solicitar enmendar o que se consignen determinaciones iniciales o adicionales, Reconsideracion o Nuevo Juicio.

(o sea, determinaciones de hechos o derecho, cuando el Trib. no lo haya hecho.

15-Dias
-Para notificar a las demas partes en el pleito la mocion de enmiendas o determinaciones iniciales o adiconales. (o sea, dentro de los “15-Dias” para la solicitud inicial).

Terminos= ESTRICTO CUMPLIEMIENTO

BN-IMP= Terminos se “INTERRUMPEN” con la radicacion.

OJO= Verificar enmiendas. Pq no c, si la misma interrumpe. pero si se la deniegan de facto, no interrumpe. (Verificar bien el efecto)

(Regla-44.1)

43
Q

Sentencias y Resoluciones; Mociones; Las costas y Honorarios de Abogados.
Terminos para la parte prevaleciente en el pleitosolicitarlas. ?

Termino para la parte perdidosa, impuganrlas ?

A

10-Dias
-Dentro de, y a partir de la fecha en q. fuera archivada en autos la sentencia, la parte q. reclame debera presentar a la parte contraria un memorando de todas las partidas de gastos y desesmbolsos necesarios incurridos durante la tramitacion del pleito o procedimiento.
(O sea este termino va dirigido a la parte q. prevalece en el pleito).

10-Dias
-A partir de la Notificacion del memorando de costas, para impugnar todas o parte de las cantidades reclamadas.

10-Dias
-A partir de la devolucion del mandato, para presentar memorando de las partidas de gastos y desesmbolsos necesarios incurridos en la tramitacion del recurso en el Trib. de Apelaciones y/o en el TSPR. Este memorando de costas debe presentarse en el TPI donde se vio el caso inicialmente.

IMP= Las costas son obligatorias.

IMP= Los honorarios son Discrecionales por Temeridad.

R-44.1

44
Q

Proc. Poesteriores a la sentencia; Termino para presentar “Mocion de Reconsideracion” ?

A

15-Dias
-A partir de la fecha de la notificacion de la orden o resolucion del TPI o TA (dependiendo en la etapa o dnd se este viendo el caso) presentar una “Mocion de Reconsideracion” al Trib. y las demas partes de manera simultanea.

IMP= DESDE= Registrado y Archivado en Autos, Copia de la Notificacion de la Sentencia.

Termino= JURISDICCIONAL.

IMP= Sino cumple con las especificaciones, de la regla y se declara sin lugar= NO habra interrumpido el termino.

IMP= Si no se notifica a las partes se declara NO-HA-Lugar.

IMP= Si se presenta, como RG interrumpe los terminos para apelacion. Consiguientemente comenzaran nuevamente DESDE archivo en autos y copia de la notificacion de la resolucion.

IMP= DESDE= Registrado y Archivado en autos copia de la notificacion, el Trib. puede motu proprio o a solicitud de parte. “Reconsiderar”.

IMP= En la reconsideracion se pueden exponer fund. no expuestos antes, siempre q. no necesiten prueba no presentada en el juicio.

IMP= Cuando sea Final una “Mocion de Reconsideracion” tiene q. notificar su “Do. de Apelar” sino no renueva el termino a contar nuevamente el termino para apelar.

IMP= Esta mocion, fuera del termino puede ser considerada como “Mocion de Relevo” si cumple con los requisitos y se radica en este termino.

(R-47)

45
Q

Proc. posterio a la sentencia; Termino para presentar mocion de nuevo juicio.

A

15-Dias
-A partir de la fecha en q. fuera archivada en autos la sentencia.

30-Dias
-A partir de la fecha en q. fuera archivada en autos la sentencia, en caso q. no sea posible “Preparar una Exposicion en Forma mas narrativa” de la evidenncia u obtener una transcripcion de los proc.

(R-48)

46
Q

Fundamentos para pedir “Nuevo Juicio” en Materia civil ?

A

1) - Descubrimiento de evidencia esencial
2) - Cuando no sea posiblel preparar una exposicion narrativa de la evidencia y obtener transcripcion de los proc.
3) - Cuando la justicia lo requiera.

OJO= Si la evidencia se descubre, despues de transcurrido el termino se solicita como “Mocion de Relevo”

(R-48)

47
Q

Proc. Posteriores a la Sentencia; Termino para notificar las Declaraciones juradas. En materia civil ?

A

15-Dias.
-A partir de la notificacion de “Mocion de nuevo Juicio”, para notificar declaraciones juradas en oposicion.

Termino= PRORROGABLE= Que no excedera de “15-Dias”

IMP= Hay q. notificarlos cuando “Mocion de Nuevo Juicio” se base en ellos.

(R-48.3)

48
Q

Proc. Posteriores a la Sentencia; Termino q. tiene el Trib. para reconsiderar motu proprio, “Nuevo juicio”. (O sea a iniciativa del Tribunal). En materia civil.

A

15-Dias.
-A partir de la fecha en q. fuera “Archivada en Autos la Sentencia”, el Trib, a iniciativa propia, podra ordenar una nuevo juicio.

R-48.4

49
Q

Remedios contra la Sentencia u Ordenes ?

A

Mocion de Relevo de Sentencia. Sera un termino razonable q. nunca excedera de
“6-Meses”
Desde= Registrada la sentencia, orden o resolucion.

IMP= Los Meses se contaran a raiz de
“30-Dias”, por lo q. si pasan

“180-Dias”, al termino es Fatal.

IMP= Siempre se comienza a contar al dia siguiente. Pero ojo en criminal es distinto.

50
Q

Ejecucion de Sentencia; Cuando procede ?

A

5-Años
-Desde= Fecha en q. la sentencia se hizo firme, para ejecutarla. (Sin permiso del Trib.) (Sin Notificacion a las partes).

R-51

51
Q

Ejecucion de Sentencia; Procedimiento en casos de “Sentencia en cobro de Dinero”.

A

15-Dias
-A partir, de la fecha en q. el alguacil realiza la “Ejecucion”, este debera entregar a Secretaria el Mandamiento de ejecucion diligenciado. (O sea, va dirigido al alguacil).

52
Q

Ejecucion de Sentencia; Procedimiento en casos de sentencias para realizar actos especificos; ejecucion de hipoteca y otros gravamenes.

A

20-Dias.
-Desde la venta o subasta de bienes muebles o inmuebles, para q. el alguacil proceda a poner al comprador en posesion de los mismo.

R-51.3

53
Q

Ejecucion de Sentencia; Ventas Judiciales.

A

Es aquella q. hace el Algucial en cumpliemiento de la sentencia.

2-Semanas
-Tiempo de publicidad q. debe darse a los bienes objeto de la ejecucion, mediante aviso escrito en tres sitios publicos en q. ha de celebrarse la venta.

2-Semanas
-Tiempo de publicidad q. debe darse a los bienes objeto de la ejecucion, mediante edictos dos (2) veces en un diario de circulacion del ELA con intervalo de “NO Menos de siete (7) DIAS” entre ambas publicaciones.

14-Dias
-Despues de la primera publicacion del edicto, pra celebrar la venta judicial.

IMP= Son requisitos del DPL y se tienen q. notificar.

R-51.7

54
Q

Ejecucion de Sentencia; Procedimiento para exigir reintegro de los demas deudores en la sentencia:

A

30-Dias
-A partir de la fecha en q. haya realizado el pago, para presentar solicitud de reintegro o reembolso de la cantidad q. haya satisfecho en exceso.

55
Q

Ejecucion de Sentencia; Gastos de Ejecucion

A

10-Dias
-A partir de la fecha en q. se hizo efectiva la totalidad de la sentencia, para solicitar reembolso de todos los gastos incurridos para hacer efectiva una sentencia.

10-Dias
-A partir, de la fecha en q. se notifique la solicitud de gastos de ejecucion, para impugnar todo o parte de los gastos reclamados.

56
Q

Apelacion, Certiorari; Certificacion. Terminos y Efectos de la presentacion de una apelacion, un recurso de certiorari y un recurso de certificacion.

A

30-Dias
-A partir de la fecha en q. fuera archivada en autos la sentencia, para presentar los recursos de apelacion del TA o TSPR.

30-Dias
-A partir de la fecha en q. fuera archivada en autos la sentencia, para presentar los recursos de Certiorari al TA o TSPR.

IMP= Terminos= JURISDICCIONALES

60-Dias
-A partir de la fecha en q. las partes se hayan expresado, y q. dicha accion, mediante certiorari, haya paralizado los proc. en los Trib. de primera instancia, el TRib. del Apelaciones debera resolvelr la controversia presentada ante si.

60-Dias.
-A partir de la fecha en q. fuera archivada en autos la sentencia, para presentar los recursos de Certiorari al TRib. de Apelaciones o Tribunal Supremeo; Cuando el ELA es parte e el Pleito. (Excluye las Corp. Publicas. )

IMP= Desde registrado y archivado en autos copia de la notificacion de la sentencia o resolucion.

OJO= Cuando la notificacion es enmendada x el trib. comenzara desde la notificacion de la enmienda.

57
Q

Remedios Provisionales; Orden para hacer o desistir

A

5-Dias
-No mas tarde de, pra celebrar vista (señalada por el trib) en respuesta a mocion para q. se “Modifique o Anule Orden” para hacer o desistir de hacer.

IMP= Desde= Haberse presentado mocion.

IMP= Se tiene q. notificar a la parte adversa. EXCEPTO= Daño Irreparable.

IMP= Este termino es para el afectado

Proposito= Asegurar la efectividad de la sentencia obtenida o q. pudiera obtenerse en su dia.

R-56.5

58
Q

Injunction; Orden de entredicho provisional; notificacion; audiencia; duracion.

A

10-Dias
-No mas de, fecha en q. expirara un orden de entredicho provisional. (Ello, cuando se expida sin notificacion, a la otra parte, no durara un termino mayor de este. EXCEPCION= La otra parte consiente a la prorroga.).

R-57.1

59
Q

Cuando se puede dictar el Injunction SIN notificacion a la otra parte. ?

A

1) - Hay declaracion o demanda jurada q. causara “Perdida, Perjuicio o Daños Irreparables”- Antes de q. se pueda oir a la parte adversa.
2) - Solicitante “Certifica” al Trib. las diligencias hechas para la notificacion.

R-57.1

60
Q

Injunction; Pendiente la apelacion o Certiorari

A

10-Dias
-No mas de, termino para odern provisional “ex parte” en caso q. una parte recurra de una orden o deniegue un entredicho provisional. (Este termino es mientras el TA o TSPR dilucide el recurso interpuesto, de una orden exparte. )

IMP= Orde= Podra trib. prorrogar expresamnete.

61
Q

Definicion y Proposito del, Injunction Preliminar ?

A

Es un “Remedio Provisional” q. se emite en cualquier momento de un pleito “DESPUES” DE celebrada una vista.

Proposito= Mantener el “Status Quo” hasta la celebracion del juicio y evitar q. se convierta en academica la sentencia.

62
Q

Ejecucion de Sentencia, Termino ?

A

Se tiene “15-Años” x se una oblig. personal.

Despues de dictada; Transcurrido “5-Años” se requiere

                               - Permiso del Trib. 
                               - Notificacion a la otra parte. 

R-51

63
Q

Cuando se interrumpe el termino para Apelar ?

A

Cuando se radiquen “Mociones Oportunamente” como

   1) - Determinaciones Iniciales o Adicionales
   2) - M. de Reconsideracion
   3) - M. de Nuevo Juicio 

IMP= La interrupcion benefica a todas las partes.

IMP= Una vez interrumpido, comenzara nuevamente desde, el nuevo archivo en autos, copia de la notificacion.

R-52.2

64
Q

Excepciones en las q. Presentar el recurso de apelacion, No suspendera los proc. en el trib. inferior. ?

A

1) - Ordenes expedidas a iniciativa del TA
2) - Podra proseguir el pleito en cuanto a otras cuestiones q. no estan en controversia de la apelacion.
3) - Se trata de q. la sentencia disponga la venta de bienes susceptibles de perdida o deterioro.

R-52.2

65
Q

Excepcion de cuando el Certiorari- No suspendera proc. ante trib. inferior. ?

A

Orden en contrario

R-52.2

66
Q

Excepcion en cuando la presentacion de apelacion en casos de Injunction, Alimentos o Custodia, No suspenderan los proc. ?

A

En ordenes en contrario. que incluye
1- Injunction de Mandamus
2)- Pago de Alimentos.

67
Q

A manera excepcional, el Injunction suspendera si cumple con los siguientes requisitos ?

A

1) - Probabilidad de prevalecer
2) - Daño Irreparable
3) - Paralizacion No causara Daño sustancial
4) - No se perjudica el interes publico.

68
Q

Que tipo de Termino es el Certiorari en materia civil ?

A

Termino= JURISDICCIONAL

IMP= Para revisar resoluciones finales en proc. de jurisdiccoin voluntaria o Discrecionales (Las Sentencias).

Termino= ESTRICTO CUMPLIMIENTO

IMP= Para revisar resoluciones u ordenes del TPI
-Prorrogable= Circunstancias extraordinarias justificadas.

IMP= Cuando se interrumpe termino ante el TA, mismas instancias anteriores.

(OJO= R-52.2= Leerla y Verla cuidadosamente)

69
Q

La Certificacion interrrumpe o no interrumpe los proc. ante el TA o TPI. ?-?

A

R.G. = No

EXCEPCION= Cuando se trate de las mismas instancias del Injunction.

1) - Probabilidad de prevalecer
2) - Daño Irreparable
3) - Paralizacion No causara Daño sustancial
4) - No se perjudica el interes publico.

70
Q

Expropiacion forzosa; Legajo de expropiacion; demanda; Termino fehaciente de una certificacion del registro de la prop. para identificar de manera concreta e individualizada los muebles e inmuebles objeto de expropiacion ?

A

3-Meses
-Termino fehaciente de una certificacion del registro de la prop, anteriores a la fecha en q. se presento la demanda, para identificar de manera concreta e individualizada los muebles e inmuebles objetos de expropiacion.

R-58.3

71
Q

Expropiacion Forzosa de Proppiedad; Termino y Proceso para emplazar. ?

A

20-Dias
-A partir de, su diligenciamiento; para q. el demandado conteste la demand; legajo de expropiacion.

30-Dias
-A partir de su Diligenciamiento; para q. el demandado conteste la demanda; legajo de expropiacion; (En casos que el emplazamiento haya sido por edicto).

3-Semanas
-No menos de, para publicar emplazamiento por edicto. (Una vez, x no menos de 3-semanas sucesivas)

10-Dias
-A partir de la ultima publicacion, para notificar mediante correo certificado y acuse de recibo la publicacion del edicto a la parte demandada.

90-Dias
-(3 Meses aprox)- A partir de, la fecha en q. se expidio el emplazamiento, para diligenciar el mismo. (Desde, Presentacion de la Demanda o expedicion del edicto).

R-58.4

72
Q

Expropiacion forzosa; Terminos para la Comparecencia o Contestacion del Demandado. ?

A

20-Dias
-A partir de, la fecha en q. haya sido notificada de la expropiacion, para presentar alguna defensa u objecion a la adquisicion de la propiedad.

30-Dias
-A partir de, la fecha en q. haya sido notificada mediante emplazamiento por edicto de la expropiacion, para presentar alguna defensa u objecion a la adquisicion de la propiedad.

R-58.5

73
Q

Termino para reclamaciones de $15,000 o menos; en cobro de dinero, cuando demandado no solicito tramitar el caso bajo proc. ordinario. Cual es el termino para diligenciar la notificacio-citacion?

Cuando se celebrara la vista ?

A

10-Dias
-A partir de, la presentacion de la demanda, para diligenciar la notificacion-citacion (que sera expedida de inmediato por secretaria) mediante emplazamiento o correo certificado con acuse de recibo.

3-Meses
-No mas de “3-Meses” desde presentada la demanda, pero nunca antes de los “15-DIAS” desde notificacion al demandado.

74
Q

Inhibicion o recusacion de un juez; Proc. y Termino de recusacion ?

A

20-Dias
- A partir de, la fecha en q. el solicitante conosca la causa, de la recusacion, para presentar solicitud de recusacion ante el juez recusado.

30-Dias
-Termino en q. debera ser resuelta la solicitud de recusacion.

R-63.2

75
Q

Como se computan los terminos en materia civil ?

Cual es el plazo adicional cuando se notifica por correo ?

A

7-Dias
-Cuando el plazo concedido sea menos de, se excluiran del computo los sabado, domingos o dias de fiesta.

IMP= Comienzan a contar al dia proximo

IMP= El cc. es Do. supletorio en Terminos.

IMP= No se contara el dia en q. se realiza acto, evento o incumpliemiento.

R-68.1
………………………………………………….

3-Dias
-Es el plazo adicional cuando se notifica por correo; SALVO= los terminos q. sea contados a partir del archivo en autos de copia de notificacion de la sentencia.

R-68.3

76
Q

Fianzas; De no residentes. Termino q. tendran para presentacion de la fianza o la fianza adicional. ?

Efecto?

(Lo anterior en materia civil )

A

60-Dias
-Transcurridos desde; la notificacion de la orden del tribunal para la presentacion de la fianza o de la fianza adiciona, SIN q. esta haya sido presentada, el trib. ordenara la desestimacion del pleito.

IMP= Nunca sera menor de $1,000.

Proposito= Garantizar pago de costas y honorarios.

R-69.5

77
Q

Resoluciones y Sentencias; Termino q. tendra el Trib. para resolver una sentencia sumaria ?

Terminos en q. el Trib. resolvera mociones, casos en rebeldia, y otros asuntos judiciales. (Ej. Mocion de desestimacion) ?

A

90-Dias
-Dentro de, y a partir de la fecha en q. quedan sometidas a su adjudicacion, el trib resolvera las mociones de sentencia sumaria.

30-Dias
-Dentro de, y a partir de la fecha en q. quedan sometidas al TRibunal, este resolvera, “Mociones, Casos en Rebeldia y Otros asuntos judiciales”

IMP= Ello en casos Contenciosos y Mociones de S. Sumaria).

IMP= NO- son de Estricto Cumplimiento, sino q. son prorrogables.

EXCEPCIONES= Para resolver antes de tal termino “Causa Extraordinarias” lo hagan necesario.

Tambien; podra extender x los mismo fundamentos. (Ello la regla permite resolver posterior a dicho termino cuando la naturaleza del asunto lo haga necesario)

78
Q

Procedimiento para la adopcion de reglas x el TS.

A

60-Dias

-Regiran automaticamente termiada la sesion. (Si la legislatura no las desaprueba.).

79
Q

Terminos para el Proc. Sumario para reclamaciones laborales. ?

A

10-Dias
-Para Secretaria del TRib. notificar al con copia al querellado de si esta se hiciere en el distrito.

15-Dias

Prorroga

_Ley #2