Pregunta 5- efectos apelacion Flashcards
Efectos de la apelación
La suerte que corre la resolución en cuanto a su ejecución o cumplimiento pendiente al fallo del recurso
EFECTO DEVOLUTIVO
Concepto: Consiste en otorgar competencia a un tribunal superior para que conozca del recurso.
RG en la apelación: es de su esencia, pq le permite al tribunal superior entrar al conocimiento del objeto recurrido.
No puede faltar, no puede concederse sin este efecto (si puede carecer de efecto suspensivo).
Efecto en el tribunal inferior
Art. 192: Permite seguir conociendo de la causa e incluso dictar sentencia y resolver sobre su cumplimiento.
Permite que se dicte un fallo que causa ejecutoria (incluso habiendo recursos pendientes)
Características efecto devolutivo
Es facultativo: queda entregado a la voluntad de las partes instar o no por la prosecución del juicio (RG: tribunales actúan a petición de parte). Es improcedente el abandono del procedimiento.
Es condicional: lo obrado ante el T. inferior, con posterioridad a la concesión del recurso, se halla subordinado a lo que se resuelva respecto este.
- Si se confirma la resolución apelada: lo actuado con posterioridad queda firme o ejecutoriado.
- Si se revoca o modifica la resolución: lo obrado con posterioridad deberá retrotraerse total o parcialmente al estado que se tenía antes de la dictación de la resolución apelada.
Extensión del efecto devolutivo
Se otorga al tribunal superior la plenitud de la jurisdicción.
Instancia que coloca al T. en las mismas condiciones para pronunciarse sobre las cuestiones de hecho y de derecho comprendidas en el recurso.
Limitaciones
- Tribunal debes estarse a la “res iudicata”, no puede fallar mas cuestiones que las ventiladas en la causa.
- Tantum apellatum quantuum devolutum: Queda restringido a las materias objeto del recurso, comprendido en las peticiones concretas (se excluyen los extremos consentidos de la sentencia).
- Ppo. personalidad del recurso: interpuesto por una de las partes no puede aprovechar a la que no ha recurrido.
-Excepcion: cuando la materia objeto del recurso es indivisible (no pueda tener alcances distintos para las partes) - Prohibición de la reformatio in peius: no puede modificar la resolución en términos mas gravosos que los establecidos en el fallo de 1era instancia (podría rechazarla)
- La forma para que esto pase: la otra parte tmb recurra de apelación o se adhiera a la apelación en la parte que estima gravosa para sus intereses.
EFECTO SUSPENSIVO
Concepto: aquel que detiene la competencia del tribunal inferior para seguir conociendo y para proceder a la ejecución de la sentencia o el cumplimiento del fallo, una vez interpuesto el recurso (191).
Excepcional en la apelación (la mayoría de las resoluciones susceptibles a este recurso causan ejecutoria, art. 194)
Efecto en el tribunal inferior
Si se concede una apelación en este efecto y el T. de primera instancia sigue actuando dentro el procedimiento, TODO lo obrado dsp adolecerá de NULIDAD, por falta de competencia, al encontrarse suspendida.
Cómo se concede
Se concede junto al devolutivo (ambos efectos)