Personas Flashcards
Sujetos de Derecho
Todos los seres, que conforme al ordenamiento legal, poseen capacidad de goce.
Persona Natural
art. 55 todos los individuos de la especie humana, cualquiera sea su Edad, sexo, estirpe o condición.
Principio de existencia legal
artículo 74 “La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre. La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás”.
Condiciones para que el nacimiento constituya principio de existencia
- La separación del niño respecto de su madre
- La separación debe ser completa.
- La criatura debe sobrevivir a la separación un momento siquiera.
Nasciturus
“el que va a nacer” Término jurídico que se refiere a un ser humano desde el momento de la concepción hasta su nacimiento
Presunción concepción
art 76 Se presume de derecho (admite prueba en contrario) que la concepción ha precedido al nacimiento no menos que 180 días cabales, y no más que 300, contados hacia atrás, desde la medianoche en que principie el día del nacimiento.
Fin de la existencia natural
artículo 78
“La persona termina en la muerte natural”.
Efectos de la muerte
- Pone fin a la personalidad del individuo, a su existencia legal.
- Da origen a la sucesión por causa de muerte. concediendo las asignaciones hereditarias o testamentarias, salvo que fueran condicionales.
- Disuelve el matrimonio o contrato de acuerdo de unión civil.
- Pone fin a la patria potestad salvo que corresponda al otro padre.
- Extinción de los derechos intransmisibles, como el de pedir alimentos, los derechos de usufructo, uso o habitación
- Término de ciertos contratos por la muerte de uno de los contratantes, como por ejemplo, sociedad, mandato, comodato;
- caduca la oferta por la muerte del oferente;
- término de algunos cargos por la muerte del que los desempeña, como por ejemplo, guardadores, albaceas.
- extinción de algunas acciones civiles, como la de nulidad de matrimonio, acción de divorcio; etc.
Comurientes
Art. 79 se procederá en todo caso como si dichas personas hubiesen perecido en un mismo momento…
Persona Jurídica CC
art. 545 “Se llama persona jurídica una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente. Las personas jurídicas son de dos especies: corporaciones y fundaciones de beneficencia pública. Las corporaciones de derecho privado se llaman también asociaciones. Hay personas jurídicas que participan de uno y otro carácter”
Elementos de las personas jurídicas
- Elemento material, esto es, un conjunto de personas o bienes con una finalidad común.
- Elemento ideal, reconocimiento explícito por parte de la autoridad de su individualidad, de su capacidad de actuar en el mundo jurídico.
Definición doctrinaria persona jurídica
Las personas jurídicas son definidas como entes colectivos integrados por personas y bienes con una finalidad común, a los que se les reconoce una personalidad jurídica distinta de las personas naturales que las integran.
Orrego
Doctrinas acerca de las personas jurídicas
Realidad: realista, orgánica.
Instrumento técnico: Ficción
Niega la personalidad jurídica: Teoría de los patrimonios de afectación.
Teoría de la ficción de la persona jurídica
La postura de Savigny sostiene que solo existen personas naturales y que las personas jurídicas son entidades ficticias creadas para proteger intereses colectivos.
Teoría de los patrimonios de afectación
La teoría de los patrimonios de afectación postula que los derechos y obligaciones pueden no tener como base a las personas, sino a un patrimonio sin dueño, afectado a un fin único.
La persona jurídica sería vista como un conjunto de relaciones jurídicas unidas por una finalidad unitaria.
Esta teoría fue elaborada por Alois von Brinz y Ernst Immanuel Bekker en Alemania.
CLASIFICACIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
Se dividen en personas de Derecho Público y Derecho Privado, estas últimas se subdividen en personas jurídicas sin fines de lucro y con fines de lucro.
Personas jurídicas sin fines de lucro se clasifican en
* Corporaciones
* Fundaciones.
Personas jurídicas con fines de lucro son las sociedades.
* civiles
* comerciales
PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO SIN FINES DE LUCRO
Corporaciones y Fundaciones de beneficencia pública.
Corporación
Código 545 Una asociación se forma por una reunión de personas en torno a objetivos de interés común a los asociados.”
Doctrina: es la unión estable de un conjunto de personas que pretenden fines ideales y no lucrativos.
Fundación
545: Una fundación (se forma) mediante la afectación de bienes a un fin determinado de interés general.
Pasos para CONSTITUCIÓN DE LAS CORPORACIONES O ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
548 y ss
1. Acto constitutivo
2. Depósito del mismo
3. Objeción o aprobación por el secretario del municipio
4. Inscripción del acto c.
5. Obtención de personalidad jurídica.
Hacer mapa
Donde debe constar el Acto constitutivo de asociaciones y fundaciones?
El acto solemne por el cual se constituyan debe constar en escritura pública o privada suscrita ante notario, oficial del Registro Civil o funcionario municipal autorizado por el alcalde.
Como se realiza el Depósito del Acto Constitutivo
formación de una fundación o asociación
Copia del acto constitutivo, autorizada por ministro de fe o funcionario ante el cual fue otorgado, deberá depositarse en la secretaría municipal del domicilio de la persona jurídica en formación, dentro del plazo de treinta días, contado desde su otorgamiento. Con todo, este plazo no regirá para las fundaciones que se constituyan conforme a disposiciones testamentarias.
OBJECIÓN O APROBACIÓN POR EL SECRETARIO DEL MUNICIPIO
formación de una fundación o asociación
El secretario municipal deberá estudiar los antecedentes y, especialmente, revisar si se cumplen con los requisitos legales y reglamentarios. Como resultado, éste puede objetar o aprobar el acto constitutivo.
objetar: 30 días para notificar 30 días para corregir
INSCRIPCIÓN DEL ACTO CONSTITUTIVO Y OBTENCIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA
Si el secretario municipal no tuviere objeciones a la constitución, o vencido el plazo para formularlas, de oficio y dentro de quinto día, éste archivará copia de los antecedentes de la persona jurídica y los remitirá al Servicio de Registro Civil e Identificación para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a menos que el interesado solicitare formalmente hacer la inscripción de manera directa.
Que son los ESTATUTOS DE UNA CORPORACIÓN O FUNDACIÓN
Estatutos es el conjunto de reglas que rigen la organización, funcionamiento y disolución o extinción de la corporación, establecida por sus miembros.
CONTENIDO DE LOS ESTATUTOS DE UNA CORPORACIÓN O FUNDACIÓN
Hay que distinguir:
* menciones generales o comunes
* menciones especiales:
1. Corporaciones o Asociaciones
2. Fundaciones.
MENCIONES GENERALES DE LOS ESTATUTOS DE UNA CORPORACIÓN O FUNDACIÓN
- Nombre y domicilio de la persona jurídica;
- Duración, a menos que se constituya por tiempo indefinido, lo que habrá que declarar;
- Indicación de los fines a que estará destinada.
- Bienes que forman al patrimonio inicial, si los hubiere y la forma en que se aporten;
- Disposiciones que establezcan los órganos de administración, cómo serán integrados y las atribuciones que les correspondan; y
- Las disposiciones relativas a la reforma de estatutos y a la extinción de la persona jurídica, indicándose la institución sin fines de lucro a la cual pasarán sus bienes en este último evento.
MENCIONES PROPIAS del acto constitutivo DE LAS CORPORACIONES
- Determinación de los derechos y obligaciones de los asociados;
- Condiciones de incorporación de los asociados;
- Forma y motivos de la exclusión de los asociados; y
- Los aportes ordinarios o extraordinarios que deban efectuar los asociados, materia que deberá fijar la asamblea (se trata del pago de las cuotas respectivas).