Parte General Flashcards
¿Qué es el Derecho Civil?
Rama del derecho privado formada por el conjunto de principios y preceptos jurídicos sobre la personalidad y las relaciones patrimoniales y de familia.
Juan Andrés Orrego
Características del Derecho Civil
- General
- Común
- Supletorio
- Sustantivo
¿Qué significa que el Derecho Civil sea general?
Se aplica a todas las personas, rige las relaciones jurídicas ordinarias y más generales. Ninguna persona puede sustraerse, a lo largo de su vida, de ser regulada por el Derecho Civil.
¿Qué significa que el Derecho Civil sea común?
Es común, porque:
1. Todas las relaciones jurídicas privadas que no están disciplinadas por otra rama del Derecho, son regidas por el Derecho Civil
2. Sus principios o normas generales suplen las lagunas o vacíos de las demás ramas del Derecho.
¿Qué significa que el Derecho Civil sea supletorio?
Significa que sus principios o normas generales suplen las lagunas o vacíos de las demás ramas del Derecho.
¿Qué significa que el Derecho Civil sea sustantivo?
Significa que se refiere a las leyes y principios que establecen los derechos y obligaciones fundamentales de las personas en la sociedad civil, en contraposición por ej con el Derecho Procesal q se centra en los procedimientos legales para la resolución de disputas.
Fuentes formales del Derecho Civil
- La ley
- La costumbre.
- Los principios generales del derecho
- La jurisprudencia
- La doctrina
- La equidad
- Los actos jurídicos.
*Las convenciones de derecho internacional
Existen fuentes históricas
Principios del Derecho Civil
Principios de Carácter General:
1. Omnipotencia de la ley
2. Buena fe
3. La reparación del enriquecimiento sin causa
4. La responsabilidad Civil.
Principios relativos a las personas y la familia
1. La igualdad ante la ley
2. Protección y fortalecimiento de la familia
3. Protección del matrimonio
4. El interés superior de los hijos
5. Protección al cónyuge más débil
Principios relativos a los bienes.
1. Propiedad privada y la libre circulación de los bienes.
2. Mayor protección a la propiedad y posesión de los bienes raíces.
3. Patrimonio unitario
Principios relativos a los contratos
1. Autonomía de la voluntad
2. Buena fe contractual.
Estructura del Código Civil
- mensaje
- título preliminar (la ley)
- cuatro libros
- título final (de la observancia de este código) de 1 sólo artículo
- Apéndice
2524 artículos. +1
Los libros son:
1. De las personas. 54 y ss
2. De los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce. 565 y ss
3. De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivos. 951 y ss
4. De las obligaciones en general y de los contratos.1437 Y ss.
Autonomía de la Voluntad
Principio fundamental del derecho civil relativo a los contratos.
Se refiere a la capacidad de las personas para crear, modificar o extinguir sus relaciones jurídicas por medio de su propia voluntad, sin la necesidad de intervención del Estado o de terceros, siempre que no vayan contra la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres.
Subprincipios de la autonomía de la voluntad
- Principio del consensualismo
- Principio de la libertad contractual
- Principio de la fuerza obligatoria del contrato
- Principio del efecto relativo de los contratos
Artículos relevantes relacionados a la autonomía de la voluntad.
*12, renuncia de derechos de interés individual.
*1545, invalidación de cto. Por mutuo acuerdo.
*1560, intención de los contratantes.
*1567, extinción de ob. por convención.
Buena fé
Principio del derecho civil que consiste en la aplicación tanto de una
* actitud mental honesta y de confianza en las relaciones legales (estar de buena fe) como de la
* observancia de reglas objetivas de honestidad y lealtad en la ejecución de acuerdos y obligaciones (actuar de buena fe).
Presunción de Buena Fe
En el Derecho civil, se presume que los particulares actúan de buena fe en sus relaciones jurídicas. El artículo 707 establece que la buena fe se presume, excepto cuando la ley establece una presunción contraria. En todos los demás casos, la mala fe debe ser probada.
707
Presunciones de Mala fe
son escasas, por ejemplo:
* último inciso del art. 706, error en materia de derecho no admite prueba en contrario.
* art. 968 Nº 5; en el giro doloso de cheques
* CPC, art. 280. en relación a las medidas precautorias.
Artículos relevantes relacionados a la buena fe.
- 44 cs, dolo
- 707 la buena fe se presume
- 1061 no vale disposición testamentaria a favor del funcionario q autoriza el testamento.
- 1546 los contratos deben ejecutarse de buena fe.
Libre Circulación de los Bienes
El principio constitucional que protege la propiedad y sus atributos de uso, goce y disposición.
Artículos relevantes relacionados a la libre circulación de los bienes
582, 745, 769,1317, 2415
Responsabilidad Civil
La más general de las sanciones.
Obligación de resarcir las consecuencias lesivas para los derechos o intereses de otra persona derivadas de la actuación propia o ajena, bien se deriven aquellas del:
* incumplimiento de contratos,
*o bien de daños producidos por simple culpa o negligencia.
Subprincipios de la responsabilidad Civil
- No debe dañarse a otro
- Si se daña la reparación debe ser integral, esto es, reparación de:
* daño material: daño emergente y lucro cesante y
* daño moral.
¿Cómo se divide la Responsabilidad Civil?
- Contractual
- Extracontractual
Responsabilidad Contractual
Responsabilidad de aquellas personas que no han cumplido oportunamente la obligación derivada de un contrato. (Desde etapa precontractual a postcontractual)
Responsabilidad Extracontractual
Responsabilidad de aquellas personas que por culpa o dolo, han cometido un hecho ilícito que causa daños a terceros.
¿Qué comprende una reparación integral?
Responsabilidad civil
Reparación del daño material:
* Daño emergente
* Lucro Cesante
Reparación del daño moral.
Ley
Concepto legal
1 CC: La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite.
Ley
Concepto Doctrinario
Planiol: es una regla social obligatoria establecida con carácter general y permanente por la autoridad pública y sancionada por la fuerza.
Orrego: Mandato dirigido a todas las personas que viven en sociedad y mediante el cual, bajo amenaza de sanción, se les conmina a observar una determinada conducta positiva o negativa.
Críticas a la definición legal de ley
De fondo:
* no da una idea clara de su objeto, características, o de lo que esta es, en sí misma.
De forma:
* por su redacción parece decir que manda, prohíbe o permite por estar manifestada en la forma prescrita en la Constitución, y no por ser una declaración de la voluntad soberana.
* No debería estar en el CC sino en la CPR.
Características de la Ley
- Imperativa (envuelve una orden)
- Heterónoma (impuesto por una entidad externa al individuo, una autoridad, el Estado)
- Bilateral (Relación entre 2 sujetos, derecho - deber)
- General (regula todos los casos que caen en la hipótesis)
- Abstracta e hipotética (no prevee casos concretos)
- Coercible (el cumplimiento se puede forzar)
- Incumplimiento sujeto a sanción
- Estadual
Clasificación de la ley según sus requisitos internos
Artículo 1
* Permisiva
* Prohibitiva
* Imperativa
Ley Imperativa
Manda a hacer algo o cumplir requisitos.
* Normas Imperativas propiamente tales
* Normas Imperativas de requisito