Acto jurídico y Contratos General Flashcards
Acto jurídico
Declaración o manifestación de voluntad, sancionada por el Derecho, destinada a producir efectos jurídicos queridos por su autor o por las partes, que pueden consistir en crear, modificar, transferir, transmitir o extinguir derechos y obligaciones.
Juan Andrés Orrego
Contrato
Definición legal
Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.
art. 1438
Críticas a la definición legal de contrato
- Se emplea como sinónimo contrato y convención.
- Se confunde el objeto del contrato con el objeto de la obligación.
Definición doctrinal de contrato
El contrato es un acto jurídico bilateral que crea derechos y obligaciones
Diferencia entre convención y contrato
El acto jurídico bilateral o convención se define como el acuerdo de voluntades, que tiene por objeto crear, modificar, transferir o extinguir derechos y obligaciones. El contrato sólo las crea. Por tanto, la convención y el contrato se vinculan mediante una **relación de género y especie.
Principios de la contratación
- Consensualismo
- Libertad contractual
- Fuerza obligatoria del contrato
- Efecto relativo de los contratos
- Buena Fé
Buena Fe contractual
Principios de la contratación
Se refiere al deber de comportarse de manera leal y justa en todas las etapas del contrato, según el estándar de conducta socialmente exigible a las partes (objetiva)
Consensualismo
Principios de la contratación
Este principio se refiere a la idea de que los contratos se forman mediante el acuerdo de voluntades de las partes, sin necesidad de cumplir con rituales o formalidades externas.
Este principio ha evolucionado a lo largo de la historia y se han dado excepciones y atenuantes al mismo.
Efecto relativo del contrato
Principios de la contratación
Los contratos sólo generan derechos y obligaciones para las partes contratantes que concurren a su celebración, sin beneficiar ni perjudicar a los terceros. Para estos últimos los contratos ajenos son indiferentes. Para los terceros, los contratos son res inter allios acta./ «cosa realizada entre otros»
Libertad contractual
Principios de la contratación
La libertad contractual comprende la libertad de conclusión y la libertad de configuración interna de los contratos.
* En base a la libertad de conclusión, las partes son libres para contratar o no contratar, y en caso afirmativo, para escoger con quien contratar.
* En base a la libertad de configuración interna, las partes pueden fijar las cláusulas o contenido del contrato como mejor les parezca.
Fuerza obligatoria del contrato
Principios de la contratación
También conocido como pacta sunt servanda «lo pactado obliga»
Art. 1545 Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales.
¿El cc Clasifica el acto jurídico?
El Código Civil no clasifica el acto jurídico, sino a los contratos. Sin embargo, la clasificación de los contratos contenida en los artículos 1439 al 1443 es aplicable indistintamente a los actos jurídicos.
Clasificaciones legales del acto jurídico
- Unilaterales y bilaterales
- Gratuitos y onerosos
- Conmutativos y aleatorios
- Principales y accesorios
- Reales, solemnes y consensuales.
Actos jurídico unilateral
Son actos jurídicos unilaterales aquellos que para formarse requieren de la declaración o manifestación de voluntad de una sola parte.
Verbigracia, el testamento, revocación o renuncia del mandato, la oferta y aceptación.
Acto jurídico bilateral
Son actos jurídicos bilaterales o convenciones aquellos que para perfeccionarse necesitan del acuerdo de las voluntades de dos o más partes. Por ejemplo, todos los contratos.
Contrato unilateral
El contrato es unilateral cuando una de las partes se obliga para con otra que no contrae obligación alguna
Donación, comodato, depósito, mutuo, hipoteca, prenda y fianza.
Contrato bilateral
El contrato es bilateral cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.
Promesa, compraventa, arrendamiento, sociedad, mandato y transacción.
Acto jurídico gratuito
Los actos jurídicos gratuitos o de beneficencia sólo tienen por objeto la utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravamen. En otras palabras, se produce enriquecimiento para una de las partes y empobrecimiento para la otra.
Donación, comodato y depósito.
Acto jurídico oneroso
Los actos jurídicos onerosos tienen por objeto la utilidad de ambos contratantes, gravándose cada uno a beneficio del otro. Dicho de otro modo, implica el enriquecimiento y empobrecimiento recíproco de las partes.
Arrendamiento, mandato y compraventa.
Diferencias entre actos jurídicos gratuitos y onerosos
- Error en la persona en contratos gratuitos vicia el consentimiento, mientras que en contratos onerosos no tiene trascendencia jurídica.
- En contratos gratuitos, la diligencia recae en el deudor y el grado de culpa depende de quién se beneficia del contrato. En contratos onerosos, ambas partes responden de culpa leve.
- En contratos gratuitos, la causa es la pura liberalidad. En contratos onerosos, la causa está relacionada con las prestaciones recíprocas y las ventajas esperadas.
¿Cómo se clasifican los contratos onerosos?
se subclasifican en conmutativos o aleatorios, atendiendo a la determinación de la equivalencia de las prestaciones.
Contrato oneroso conmutativo
El contrato oneroso es conmutativo, cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer o a no hacer una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer o no hacer a su vez.
Compraventa y arrendamiento.
Contrato oneroso aleatorio
El contrato oneroso es aleatorio, si el equivalente consiste en una contingencia incierta de ganancia o pérdida.
Por ejemplo, la venta “en verde” de una producción agrícola por un precio fijado a todo evento, renta vitalicia y contrato de seguros.
¿En que se basa la equivalencia de las prestaciones en los cttos conmutativos?
Se basa en una apreciación subjetiva, es decir, las partes le atribuyen ese carácter.
Excepcionalmente, el legislador establece que esta equivalencia debe fijarse dentro de ciertos límites. La sanción en caso de contravención será la nulidad relativa por lesión enorme o pagar una suma adicional o restituir parte de lo recibido.
Contrato Principal
El contrato es principal cuando subsiste por sí mismo, sin necesidad de otra convención.
la compraventa, arrendamiento y mandato.
Contrato accesorio
El contrato es accesorio cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no pueda subsistir sin ella.
Por ejemplo, las garantías o cauciones reales tales como la prenda o hipoteca, o las personales como la fianza, solidaridad y cláusula penal.
Importancia de la clasificación principal / accesorio
La importancia de esta clasificación radica en la determinación de la extinción de los contratos, pues siguiendo el aforismo de que lo accesorio sigue la suerte de lo principal, la vida del acto jurídico accesorio está vinculada a la del contrato principal.
el artículo 2516 establece que la acción hipotecaria, y las demás que proceden de una obligación accesoria, prescriben junto con la obligación a que acceden.
Contratos reales
El contrato es real cuando se perfecciona con la entrega o tradición de la cosa a que se refiere.
Téngase presente que el artículo 1443 del Código Civil sólo utiliza la expresión tradición, pero lo correcto es aludir a entrega o tradición.
Contratos solemnes y su sanción gral
El contrato es solemne cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, de manera que sin ellas no produce efecto civil.
La sanción por su incumplimiento, de acuerdo al artículo 1682, será la nulidad absoluta
¿Cuales son las modalidades más usuales?
Las modalidades más usuales son el plazo, la condición y el modo.
Contrato consensual
El contrato es consensual cuando se perfecciona por el solo consentimiento.
Por ejemplo, la compraventa de bienes muebles; arrendamiento de muebles o de inmuebles urbanos y el mandato, por regla general.
¿Qué son las modalidades?
Las modalidades son ciertas cláusulas particulares que pueden ser insertadas en los actos jurídicos para modificar sus efectos, desde el punto de vista de la existencia, ejercicio o extinción de los derechos y obligaciones derivados del acto jurídico. Por ejemplo el plazo, la condición y el modo.
Requerimientos para que un acto sea jurídico
– Voluntad, la cual puede provenir de una o más personas.
– Esta voluntad debe ser manifestada al exterior.
– La voluntad debe ser manifestada con el fin de originar resultados jurídicos.
– Los resultados jurídicos producidos deben ser los que su autor o las partes quieren.
Clasificaciones doctrinarias del acto jurídico
- De Familia / patrimonial
- Entre vivos / por causa de muerte
- Nominado / innominado
- Instantáneo / de ejecución diferida / de tracto sucesivo / Indefinido
- Puro y simple / sujeto a modalidades
- Constitutivo / Traslaticio / Declarativo
¿Qué es la Condición?
Modalidades
Condición es un hecho futuro e incierto, del cual depende el nacimiento o la extinción de un derecho.
¿Qué es el plazo?
Modalidades
Es un hecho futuro y cierto, del cual depende el ejercicio o la extinción de un derecho.
El Código Civil define el plazo en el artículo 1494, señalando que es la época que se fija para el cumplimiento de la obligación.
¿Que es el Modo?
Modalidades
Es un elemento accidental del negocio jurídico que obliga al destinatario de una atribución gratuita a cumplir una determinada prestación.
Elementos del acto jurídico
En conformidad al art. 1444, distinguimos entre elementos:
* de la esencia,
* de la naturaleza
* y accidentales.
Que son los Elementos de la esencia del AJ
Son elementos de la esencia, aquellos sin los cuales, el acto jurídico no produce efecto alguno o degenera en otro acto diferente. En otras palabras, de faltar, el acto no nace o muda en otro diferente al inicialmente propuesto.
Tipos de elementos esenciales
- Generales o comunes Son los requisitos de existencia (salvo las solemnidades) y de validez del acto jurídico.
- Especiales o particulares. Son aquellos que permiten singularizar un determinado acto jurídico, atendida su naturaleza o estructura.
Elementos de la naturaleza del acto jurídico
Son aquellos que no siendo esenciales en un acto jurídico, se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial. Tales elementos tienen una fuente legal, pero son de orden privado y si las partes desean excluidos, pueden pactarse en forma expresa.
Elementos accidentales
Son aquellos que ni esencial ni naturalmente le pertenecen al acto jurídico, pero que pueden agregarse en virtud de una cláusula especial que así lo estipule.
Requisitos de existencia del acto jurídico
Aquellos sin los cuales no puede formarse, no puede nacer a la vida del derecho.
Tales son:
* la voluntad;
* objeto;
* causa;
* y solemnidades propiamente tales, en aquellos actos en que la ley las exige.
Requisitos de validez del acto jurídico
Aquellos que posibilitan que el acto jurídico nazca perfecto a la vida del derecho. Si bien su no concurrencia no afecta la existencia misma del acto, éste adolecerá de un vicio que lo hará susceptible de ser anulado.
Tales son:
* la voluntad exenta de vicios;
* capacidad;
* objeto lícito;
* y causa lícita.
Voluntad
Facultad de decidir y ordenar la propia conducta.
¿Cómo se llama la voluntad en los actos jurídicos bilaterales?
Consentimiento
Requisitos para que la voluntad sea considerada por el derecho
es preciso que sea seria y
que se exteriorice o manifieste
¿Cuándo es seria la voluntad?
- Se emite por persona capaz;
- Con el propósito de crear un vínculo jurídico; es decir, en el sentido de perseguir efectivamente un fin reconocido o tutelado por el derecho.
¿De qué maneras puede manifestarse la voluntad?
Por regla general de manera expresa o tácita, y de forma excepcional de manera presunta o incluso puede deducirse del silencio del individuo.
¿Cuando la manifestación de la voluntad es tácita?
La voluntad tácita es cuando no expresamos nuestro propósito de forma directa, pero se entiende a través de nuestras acciones o circunstancias que muestran la intención de llevar a cabo un acto jurídico.
Requisitos de la manifestación tácita de la voluntad
- Concluyente
- Inequívoca
- Incompatible con una voluntad contraria
Se requiere que el hecho evidencie una voluntad clara, no pueda ser interpretado de manera ambigua y sea incompatible con una voluntad opuesta en situaciones específicas
Voluntad presunta
La que la ley deduce o presume de ciertos hechos; una determinada conducta del sujeto, pero esta vez de carácter pasiva u omisa, se considera en ciertos casos por la ley como una declaración de voluntad en determinado sentido.
Ejemplos de voluntad presunta
Art. 1718 del Código Civil: en la sociedad conyugal, a falta de pacto en contrario se entenderá, por el mero hecho del matrimonio, contraída la sociedad conyugal.
Art. 770, inc. 2º del Código Civil: si en la constitución del usufructo no se fija
tiempo alguno para su duración, se entenderá constituido por toda la vida del
usufructuario
El silencio como manifestación de voluntad
Por regla general, el silencio no constituye manifestación de voluntad.
En materia contractual ¿Cuándo el silencio importa manifestación de voluntad?
- Cuando la ley le confiere tal efecto, expresamente;
- Cuando las partes así lo han convenido; y
- Cuando las circunstancias que acompañan al silencio permiten atribuirle el carácter de manifestación de voluntad.
¿El silencio es fuente de obligaciones?
El silencio es también fuente de obligaciones cuando se ha abusado de él por dolo o culpa y este abuso ocasiona un daño a terceros. Pero en este caso, la responsabilidad de su autor será extracontractual y quedará regida por las normas contempladas en los arts. 2314 y siguientes.
Por ejemplo, art. 2326, inc. 2º, responsabilidad por el hecho de los animales.
Requisitos para la eficacia jurídica de la voluntad
- Que sea consciente (capacidad)
- que no esté viciada (fuerza, dolo o error)
¿Cuales son los 4 requisitos de la voluntad?
- Que sea seria.
- Que se manifieste.
- Que sea consciente.
- Que no adolezca de vicios
¿Donde está regulada la formación del consentimiento en nuestra legislación?
En el Código de Comercio. El cc lo respalda en su mensaje
¿Cuales son los actos necesarios para la formación del consentimiento?
Oferta y aceptación
¿Qué es la Oferta?
Formación del consentimiento
Es un acto jurídico unilateral, por el cual una persona propone a otra la celebración de un contrato determinado, lícito y debidamente especificado, es decir, en términos tales que para que quede perfecto, basta con que el destinatario de la oferta simplemente la acepte.
Requisitos de la oferta
Debe:
+ formularse por una persona capaz;
+ hacerse con la intención de producir un vínculo jurídico;
+ exteriorizarse;
+ ser completa;
+ ser voluntaria;
+ estar exenta de vicios; y
+ ser dirigida a un destinatario y comunicarse a éste.
Tipos de oferta
- Verbal o escrita
- Expresa o tácita
- A persona determinada o indeterminada
- Completas e incompletas o impropias
¿Qué es la Aceptación?
Formación del consentimiento
Es un acto jurídico unilateral por el cual la persona a quien va dirigida la oferta manifiesta su conformidad con ella.
La persona que acepta la oferta se llama aceptante
Tipos de aceptación
Formación del consentimiento
- Verbal o escrita
- Expresa o tácita
- Pura y simple o condicional
Qué significa que la aceptación debe darse mientras la oferta esté vigente.
Que la oferta no haya dejado de estar vigente, ya sea por retractación o caducidad:
* Hay retractación cuando el oferente revoca o deja sin efecto la oferta.
* Hay caducidad cuando el proponente muere o se incapacita legalmente.
Requisitos para que la aceptación forme el consentimiento
La aceptación debe:
1. darse mientras la oferta esté vigente.
2. ser oportuna.
3. ser pura y simple.
¿Qué es la retractación tempestiva?
Formación del consentimiento
Es aquella que se produce antes que el destinatario acepte la oferta, o sea dentro de tiempo.
¿La retractación tempestiva puede originar indemnizaciones?
art. 100 del Código de Comercio:
“La retractación tempestiva impone al proponente la obligación de indemnizar los gastos que la persona a quien fue encaminada la propuesta hubiere hecho, y los daños y perjuicios que hubiere sufrido. / Sin embargo, el proponente podrá exonerarse de la obligación de indemnizar, cumpliendo el contrato propuesto”.
¿Qué significa que la aceptación debe ser oportuna?
La aceptación es oportuna, en términos generales, al darse dentro del plazo legal o voluntario señalado por el proponente.
El contrato nace, aunque la aceptación llegue a conocimiento del proponente después del vencimiento del plazo.
Plazos legales para que la aceptación sea oportuna
Los plazos varían, según la propuesta sea verbal o escrita.
* verbal: la aceptación ha de darse en el acto de conocerse la oferta.
* Escrita: deberá aceptarse dentro de 24 horas, si el destinatario reside en el mismo lugar que el proponente, o a vuelta de correo, si estuviese en otro diverso.
Efectos de la aceptación extemporánea
La aceptación es ineficaz. Si el oferente no señaló plazo para aceptar debe dar al aceptante pronto aviso de la retractación que ha operado.
¿Qué significa que la aceptación deba ser pura y simple?
Para que se genere el consentimiento, el destinatario de la oferta debe aceptarla en todos sus puntos y en forma absoluta.
Determinación del momento en que se forma el consentimiento
Hay que distinguir:
* En los contratos entre presentes, el consentimiento se forma cuando ambas partes están presentes y se da la aceptación, ya sea en persona o a través de comunicación directa.
* En los contratos entre ausentes, existen diferentes teorías que han sido formuladas en el derecho comparado. En la legislación chilena, se acoge la** teoría de la declaración o aceptación**. Según esta teoría, una vez que se da la aceptación, el contrato queda perfeccionado, aunque el oferente desconozca dicha aceptación.
Excepciones a la regla general sobre el momento en que se perfecciona el contrato.
- la regla general del art. 101 del Código de Comercio se aplica exclusivamente a los contratos consensuales, por lo que las partes pueden acordar el perfeccionamiento en otro momento.
- Contratos reales: se entienden celebrados en el momento de la entrega o tradición de la cosa
- Contratos solemnes: se entienden celebrados en el momento en que se cumple la solemnidad.
- Tratándose de las donaciones irrevocables, el Código Civil, en el art. 1412, sigue la teoría del conocimiento.
¿Cuál es la Importancia práctica de la determinación del momento en que se forma el consentimiento en un contrato?
- Las condiciones de existencia y validez del contrato deben evaluarse en el momento de formación del consentimiento.
- Las leyes vigentes en el momento de la celebración del contrato se consideran incorporadas a dicho contrato.
- La formación del consentimiento pone fin al derecho de revocar la oferta.
- Puede influir en la determinación de si existe o no objeto lícito en el contrato.
- El momento en que se forma el consentimiento establece el inicio de la prescripción o caducidad de ciertas acciones legales.
- Las obligaciones derivadas del contrato deben cumplirse inmediatamente después de su perfeccionamiento, a menos que se estipule lo contrario
¿Cuál es la Importancia del lugar donde se perfecciona el consentimiento?
- Fija la competencia de los tribunales: En caso de un litigio, el lugar donde se contrajo la obligación o donde se encuentra la propiedad reclamada determina la jurisdicción competente para resolver el juicio.
- Determina la legislación aplicable: Si los contratantes residen en diferentes países y no han acordado la legislación aplicable, el lugar de perfeccionamiento del contrato puede determinar qué legislación debe regir en caso de disputa. Según el principio de autonomía de la voluntad, si no hay acuerdo expreso, se aplicará la legislación del país donde se celebró el contrato.
- Interpretación por usos y costumbres: En casos en los que la voluntad de las partes puede interpretarse a través de usos o costumbres, el lugar de perfeccionamiento del contrato será determinado por el uso o la costumbre que sea aplicable.