Pendientes 9ª Interrogación: obligaciones III Flashcards
Fenómenos de subrogación en Meos más allá del pago con subrogación.
1569 inciso segundo CC. precisar.
Art. 1569. El pago se hará bajo todos respectos en conformidad al tenor de la obligación; sin perjuicio de lo que en casos especiales dispongan las leyes.
El acreedor no podrá ser obligado a recibir otra cosa que lo que se le deba ni aun a pretexto de ser de igual o mayor valor la ofrecida.
¿qué debe expresar el acreedor en la novación por cambio de deudor? ¿qué pasa si no libera al deudor primitivo?
Revisar reserva de prendas e hipotecas. Requisitos, límites y prohibiciones.
Revisar paralelo entre acción de reembolso y acción de subrogación.
1573 CC
Art. 1573. El que paga sin el conocimiento del deudor no tendrá acción sino para que éste le reembolse lo pagado; y no se entenderá subrogado por la ley en el lugar y derechos del acreedor, ni podrá compeler al acreedor a que le subrogue.
1578 CC. fluidez.
2503 CC.
Revisar someramente debate sobre el momento en que se entiende interrumpida civilmente la prescripción.
1659 CC.