ORDENANZA TERRAZAS Flashcards

1
Q

Cometer 3 infracciones graves en un año.

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2
Q

La instalación de terrazas y/o otros elementos expresamente prohibidos por la presente Ordenanza (acometidas de suministro de agua, saneamiento y electricidad, aparatos de música o altavoces, equipos de imagen y sonido, máquinas recreativas o juegos de azar, máquinas expendedoras, etc).

A

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3
Q

Los actos de deterioro grave y relevante de espacios públicos o de cualquiera de sus instalaciones y elementos, sean muebles o inmuebles, no derivados de alteraciones de la seguridad ciudadana.

A

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4
Q

El incumplimiento de la orden de retirada de la terraza o cualquier elemento de la misma, en todo o en parte, cuando así haya sido ordenado por la Autoridad Municipal por razones de tráfico, urbanización, interés general o municipal.

A

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5
Q

El ejercicio de cualquier actividad distinta a la específicamente autorizada.

A

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6
Q

El incumplimiento de las obligaciones de abono de las exacciones que correspondan por el aprovechamiento de la vía pública.

A

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7
Q

Colocación de la instalación de terraza dificultando o impidiendo la visibilidad o el correcto uso de los elementos instalados en la vía pública que correspondan a servicios o instalaciones municipales, o a la seguridad en la circulación del tráfico peatonal y rodado.

A

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8
Q

Ocupar el suelo de la vía pública con publicaciones o elementos que dificulten el tráfico de personas, o que supongan deterioro del medio urbanístico.

A

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9
Q

La explotación de la actividad por persona distinta del titular de la concesión o de la persona colaboradora habitual.

A

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10
Q

El traspaso, subarriendo o cesión de la instalación de terraza.

A

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11
Q

La comisión de tres infracciones leves en un año.

A

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12
Q

La colocación de elementos de terraza contemplados en la autorización (mesas, sillas u otros elementos) excediendo, de forma considerable, el número o dimensiones de los elementos autorizados.

A

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13
Q

La instalación de terrazas y/o otros elementos autorizables por esta Ordenanza, sin haber obtenido previamente la preceptiva licencia o autorización municipal.

A

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14
Q

Fuera del horario de funcionamiento, mantener elementos de la instalación de almacenamiento no permitido en la vía pública, plegados, apilados o almacenados, dentro o fuera de la zona autorizada.

A

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15
Q

Sobrepasar los límites de la zona autorizada con el vuelo de sombrillas, parasoles o toldos, o con el de cualquier otro elemento de la terraza, invadiendo el paso libre de obstáculos reservado para el paso de peatones o vehículos.

A

GRAVE

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16
Q

La desobediencia al requerimiento municipal de retirada de la instalación, o alguno de sus elementos, por no disponer de licencia municipal o no ajustarse a las condiciones establecidas en la licencia.

17
Q

El incumplimiento de lo dispuesto respecto a medidas de determinación de espacios y pasos libres en cumplimiento de la normativa.

18
Q

No mantener la zona ocupada y el espacio circundante en buenas condiciones de conservación, seguridad e higiene.

19
Q

Utilizar el mobiliario urbano, o cualquier otro soporte no autorizado, como elemento de apoyo o sujeción a la instalación de terraza.

20
Q

Tener elementos de la instalación que puedan presentar peligro de combustión (estufas, botellas de combustible, mesas y sillas de plástico, etc), plegados, apilados o almacenados, dentro o fuera de la zona autorizada, en cualquier horario de funcionamiento.

21
Q

Permitir, o no poner los medios suficientes para impedirlo, que los usuarios originen molestias al vecindario de naturaleza grave.

22
Q

La permanencia de terrazas en funcionamiento fuera del horario establecido.

23
Q

La colocación de elementos de terraza contemplados en la autorización (mesas, sillas u otros elementos) excediendo el número o dimensiones de los elementos autorizados.

24
Q

La ubicación de mesas, sillas o elementos auxiliares, fuera de la ubicación autorizada.

25
Q

Sobrepasar los límites de la zona autorizada con el vuelo de sombrillas, parasoles o toldos, o con el de cualquier otro elemento de la terraza.

26
Q

No mantener el espacio de ocupación en las debidas condiciones de ornato, seguridad y limpieza.

27
Q

En horario de funcionamiento, tener mesas, sillas y otros elementos de la instalación, plegados, apilados o almacenados, fuera de la zona autorizada.

28
Q

El incumplimiento de la obligación de figurar a la vista de los usuarios y de los servicios municipales la autorización municipal para el ejercicio de la actividad de terraza, más la información complementaria establecida por la presente Ordenanza.

29
Q

El incumplimiento de la obligación de mantener permanentemente visibles las marcas del suelo que delimitan la zona autorizada de terraza o, en caso de que no sean claramente visibles, de avisar a la autoridad municipal de tal circunstancia.

30
Q

Permitir, o no poner los medios suficientes para impedirlo, que los usuarios originen molestias al vecindario de naturaleza leve.

31
Q

El incumplimiento de las condiciones establecidas en la licencia o de la normativa establecida en la presente Ordenanza que no tengan la consideración de falta grave o muy graves