LEGAL Flashcards
LEY 3/2007, de 22 de Marzo
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
Morfeo nanam
PUBLICACIÓN BOE
(ley igualdad)
23 de Marzo
ENTRADA EN VIGOR
(ley igualdad)
24 de Marzo
ÁMBITO DE APLICACIÓN
(ley igualdad)
Todas las personas
DISCRIMINACIÓN DIRECTA
(ley igualdad)
Tratada en atención a su sexo de manera menos favorable
DISCRIMINACIÓN INDIRECTA
(ley igualdad)
Disposición, criterio o práctica aparentemente neutro que pone a personas de un sexo en desventaja particular
ACOSO SEXUAL
(ley igualdad)
Cualquier comportamiento, verbal o físico de naturaleza sexual
ACOSO POR RAZÓN DE SEXO
(ley igualdad)
Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona
DISCRIMINACIÓN POR EMBARAZO O MATERNIDAD
(ley igualdad)
Discriminación directa por razón de sexo
COMPOSICIÓN EQUILIBRADA AGE
(ley igualdad)
no superar el 60% ni ser menos del 40%
Se observarán:
- Gobierno –> nombramientos
- Todos los tribunales y órganos de selección
Cualquier proyecto deberá incorporar para su aprobación
(ley igualdad)
informe de impacto de género
LEY 55/2003, de 16 de Diciembre
del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud
VoRM ToSSiNT
PUBLICACIÓN BOE
(ley estatuto marco)
17 de Diciembre
ENTRADA EN VIGOR
(ley estatuto marco)
18 de Diciembre
OBJETIVO
(ley estatuto marco)
Establecer normas básicas del personal estatutario, conforme al art 149.1.18.a CE
CAPÍTULO VII
(ley estatuto marco)
Movilidad del personal
CAPÍTULO IX
(ley estatuto marco)
Retribuciones
CAPÍTULO XII
(ley estatuto marco)
Régimen disciplinario
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
(ley estatuto marco)
Objeto: establecer bases reguladoras de la relación funcionarial especial
Ámbito de aplicación: personal estatutario de centros e instituciones sanitarias
PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN DEL RÉGIMEN ESTATUTARIO
(ley estatuto marco)
- Sometimiento pleno a la ley y el derecho
- Igualdad, mérito, capacidad y publicidad en el acceso a la condición de personal estatutario
- Estabilidad en el empleo
CLASIFICACIÓN PERSONAL ESTATUTARIO
(ley estatuto marco)
◾ Función desarrollada
◾ Nivel de título exigido
a) Personal sanitario (Universitarios/FP)
b) Personal gestión y servicios (Universitarios/FP/Otro personal)
◾ Tipo de su nombramiento
a) Fijo → nombramiento permanente (proceso selectivo)
b) Temporal (Interino/Sustituto)
PERSONAL TEMPORAL
(ley estatuto marco)
INTERINO
a) Plaza vacante MÁX 3a
b) Programas de carácter temporal NO duración superior a 3a
c) Exceso o acumulación de tareas MÁX 9m, dentro de un período 18m
Si sigue habiendo necesidad (b,c) → creación de plaza
PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN PERSONAL
(ley estatuto marco)
Planificación: Comisión de RRHH del SNS → Foro marco para el Diálogo Social
CI emitirá recomendaciones
CREACIÓN, MODIFICACIÓN Y SUPRESIÓN CATEGORÍAS
(ley estatuto marco)
cada Servicio de Salud
DERECHOS INDIVIDUALES
(ley estatuto marco)
- Estabilidad empleo y ejercicio efectivo
- Percepción puntual retribuciones e indemnizaciones
- Formación continuada
- Protección eficaz en materia seguridad y salud
- Movilidad voluntaria, promoción interna, desarrollo profesional
- Respetada dignidad e intimidad personal trabajo
- Descanso necesario
- Recibir asistencia y protección
- Encuadramiento en el Régimen General de la SS
- Informado funciones, tareas, objetivos unidad y sistemas evaluación
- No discriminación
- Jubilación
- Acción social
DERECHOS COLECTIVOS
(ley estatuto marco)
- Libre sindicalización
- Actividad sindical
- Huelga
- Negociación colectiva, representación y participación det condiciones trabajo
- Reunión
- Servicios de prevención y órganos representativos seguridad laboral
DEBERES
(ley estatuto marco)
- Respetar CE, Estatuto Autonomía, resto ordenamiento jurídico
- Ejercer profesión lealtad, eficacia
- Mantener actualizados conocimientos y aptitudes
- Cumplir instrucciones recibidas
- Participar fijación y consecución objetivos
- Colaboración profesional urgencia o necesidad
- Cumplir horarios y jornada
- Informar usuarios y P proceso asistencial y servicios disponibles
- Respetar dignidad e intimidad personal usuarios y su libre disposición decisiones
- Mantener reserva debida y confidencialidad información
- Utilizar recursos en beneficio del P, eficiencia y evitar uso ilegítimo
- Cumplimentar registros, informes, documentación clínica o admin
- Normas relativas seguridad y salud trabajo
- Cumplir régimen incompatibilidades
- Ser identificados nombre y categoría profesional por los usuarios
REQUISITOS adquisición plaza
(ley estatuto marco)
1) Superación pruebas
2) Nombramiento
3) Incorporación
PÉRDIDA PLAZA
(ley estatuto marco)
- Renuncia → VOLUNTARIO (15d antelación)
- Pérdida nacionalidad
- Sanción disciplinaria FIRME separación servicio
- Inhabilitación absoluta o especial
- Jubilación (forzosa > 65a/voluntaria)
- Incapacidad permanente
PROVISIÓN PLAZAS
(ley estatuto marco)
- Selección de personal
- Promoción interna: personal fijo en activo al menos durante 2 a
- Movilidad
- Reingreso al servicio activo
- Libre designación
Principios básicos: igualdad, mérito, capacidad y publicidad
CONVOCATORIA PÚBLICA
(ley estatuto marco)
Cupo no < 5% para personas con discapacidad
Objetivo → 2% efectivos con discapacidad
CONCURSO-OPOSICIÓN
PERSONAL TEMPORAL (bolsa) → período de prueba (3m Universitarios y 2m resto)
MECANISMOS MOVILIDAD
(ley estatuto marco)
- Movilidad por razón del servicio
- Movilidad voluntaria
- Comisiones de servicio (reserva plaza)
RETRIBUCIONES BÁSICAS
(ley estatuto marco)
Sueldo, Trienios, Pagas extraordinarias
RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS
(ley estatuto marco)
C. Destino, Específico, Productividad, Atención continuada, De carrera
JORNADAS
(ley estatuto marco)
- Jornada ordinaria
- Jornada complementaria: garantizar atención permanente NO tendrá en ningún caso la condición ni el tratamiento de horas extraordinarias
- Jornada especial: insuficiente para garantizar atención (voluntario)
PAUSAS Y DESCANSOS
(ley estatuto marco)
Pausa: NO < 15min (si jornada >6h)
Descanso diario: min 12h ininterrumpidas
Descanso semanal: duración media 24h compensación descansos alternativos
Vacaciones: NO < 30d naturales económico si finalización prestación servicios
Descansos alternativos: trimestre promedios semanal 96h
JORNADAS PARCIALES, FIESTAS, PERMISOS
(ley estatuto marco)
Los nombramientos de personal estatutario, fijo o temporal, podrán expedirse en jornada completa o parcial, en el porcentaje, días y horario que se determine.
Las CCAA determinarán la limitación máxima de la jornada
a tiempo parcial (máximo del 75% de la jornada ordinaria en
cómputo anual.
SITUACIONES
(ley estatuto marco)
○ Servicio activo suspensión PROVISIONAL de funciones
○ Servicios especiales ong > 6M
○ Servicios bajo otro régimen jurídico derecho a antigüedad + reincorporación servicio activo
○ Excedencia por servicios en el sector público NO devengará retribuciones + trienios + carrera profesional
○ Excedencia para el cuidado de familiar (funcionarios)
○ Excedencia voluntaria
○ Suspensión de funciones
· Determinará pérdida puesto de trabajo exceda 6m
CCAA:
○ Expectativas de destino
○ Excedencia forzosa
○ Excedencia voluntaria incentivada
FALTAS MUY GRAVES
(ley estatuto marco)
- Incumplimiento respeto CE, Estatuto
- Discriminación
- Reserva debida
- Abandono servicio
- Falta asistencia +5d continuados o acumulación 7 faltas 2m
- Incumplimiento notorio funciones
- Notoria falta de rendimiento
- Negativa participar si urgencia o necesidad
- Incumplir atender servicios esenciales en caso de huelga
FALTAS GRAVES
(ley estatuto marco)
- Falta obediencia superiores
- Abuso autoridad
- Incumplimiento funciones
- Grave desconsideración superiores, compañeros…
- Acoso sexual
- Daños o deterioro instalaciones por negligencia inexcusable
- Falta de rendimiento
- Incumplimiento plazo incompatibilidades
- Falta injustificada asistencia +3d continuados o acumulación 5 faltas 2m
- Aceptación contraprestación
FALTAS LEVES
(ley estatuto marco)
-
Incorrección superiores, compañeros…
-Descuido o negligencia cumplimiento funciones
-Descuido seguridad y salud
PRESCRIPCIÓN FALTAS Y SANCIONES
(ley estatuto marco)
MUY GRAVES 4a: separación servicio o traslado forzoso cambio localidad o suspensión funciones 2-6a
GRAVES 2a: suspensión de funciones >2a o traslado forzoso a otra institución o centro sin cambio de localidad
LEVES 6m: apercibimiento
MESAS SECTORIALES DE NEGOCIACIÓN
(ley estatuto marco)
a) Retribuciones
c) Planes de acción social
d) Materias relativas selección personal estatutario y provisión plazas…
LEY ORGÁNICA 1/2004, de 28 de Diciembre
de medidas de protección integral contra la violencia de género
DRaC NePTuNo
Ausencias o faltas de puntualidad
(ley orgánica violencia género)
Justificadas
LEY 31/1995, de 8 de Noviembre
de prevención de riesgos laborales
MaTaT PoBLe XoTeT
PUBLICACIÓN BOE
(ley riesgos laborales)
10 Noviembre
ENTRADA EN VIGOR
(ley riesgos laborales)
2 m después: 10 Febrero 1996
Artículos
(ley riesgos laborales)
54
CAPÍTULO I
(ley riesgos laborales)
Objeto, ámbito de aplicación y definiciones
CAPÍTULO III
(ley riesgos laborales)
Derechos y obligaciones
CAPÍTULO IV
(ley riesgos laborales)
Servicios de prevención
DA
(ley riesgos laborales)
18
Derecho a una PROTECCIÓN EFICAZ en materia de seguridad y salud en el trabajo
(ley riesgos laborales)
DEBER del empresario y de las AAPP
Derechos de los trabajadores
(ley riesgos laborales)
- Información sobre riesgos y medidas preventivas
- Consulta y participación de los trabajadores
- Formación en materia preventiva
- Paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente
- Vigilancia de su estado de salud
El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo
(ley riesgos laborales)
NO deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores
Principios de la acción preventiva
(ley riesgos laborales)
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar
- Combatir los riesgos en su origen
- Tener en cuenta la evolución de la técnica
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual
…
La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema
general de gestión de la empresa
(ley riesgos laborales)
Plan de prevención de riesgos laborales
Equipos de protección individual
(ley riesgos laborales)
deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente
Documentación
(ley riesgos laborales)
○ Plan de prevención de riesgos laborales
○ Evaluación de los riesgos
○ Planificación de la actividad preventiva
○ Práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores
○ Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo
El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares depende de
(ley riesgos laborales)
Dirección de Área de Profesionales y Relaciones Laborales y la
Subdirección de Gestión de Personal
Delegados de prevención
(ley riesgos laborales)
< 30 trabajadores: el DP será el Delegado de Personal
31-49 trabajadores: 1 DP
50-100: 2 DP
101-500: 3DP
501-1000: 4 DP
1001-2000: 5 DP
2001-3000: 6 DP
3001-4000: 7 DP
4001 en adelante: 8 DP
LEY ORGÁNICA 3/2018, de 5 de Diciembre
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
RaMoN RoDa GoLDeN
PUBLICACIÓN BOE
(ley protección datos)
6 de Diciembre
ENTRADA EN VIGOR
(ley protección datos)
7 de Diciembre
LEY 16/2003
de 28 de mayo, de COHESIÓN y CALIDAD del SNS
Publicación BOE
(ley cohesión y calidad)
29 mayo 2003
Entrada en vigor
(ley cohesión y calidad)
30 mayo 2003
Titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria
(ley cohesión y calidad)
Personas nacionalidad ESP (establecida su residencia en territorio ESP)
Personas extranjeras
… en aplicación de los reglamentos comunitarios de coord. de sistemas de SS o de convenios BLS
Catálogo de prestaciones
(ley cohesión y calidad)
- SP - A Sociosanitaria - P. Ortoprotésica
- AP - A Urgencias - P Productos dietéticos
- AE - P Farmacéutica - P Transporte sanitario
La rehabilitación básica está comprendida en la prestación de
(ley cohesión y calidad)
Atención primaria
La prestación farmacéutica se rige por
(ley cohesión y calidad)
La ley del Medicamento (propia normativa)
MODALIDADES de la cartera común de servicions del SNS
(ley cohesión y calidad)
Cartera común:
- Básica
- Suplementaria
- De Servicions accesorios
- De Servicios complementaria de las CCAA (opcionales)
La cartera común SUPLEMENTARIA del SNS incluye
(ley cohesión y calidad)
Todas aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación ambulatoria y están sujetas a aportación del usuario
Movilidad profesionales
(ley cohesión y calidad)
Concursos de traslados (cohesión SNS) –> RD, tras acuerdo Consejo Interterritorial previo informe del Foro Marco para el Diálogo Social
SNS, seguimiento por:
(ley cohesión y calidad)
CI + Alta Inspección
Órgano básico de cohesión
(ley cohesión y calidad)
CI del SNS = Consejo Interterritorial
LEY 41/2002
(ley autonomia)
de 14 de noviembre, básica reguladora de la AUTONOMIA DEL PACIENTE y de DERECHOS y OBLIGACIONES en materia de INFORMACIÓN y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA
Publicación BOE
(ley autonomia)
15 de noviembre de 2002
Entrada en vigor
(ley autonomia)
16 mayo 2003
Ámbito de aplicación
(ley autonomia)
Regulación derechos y obligaciones en materia de AUTONOMIA del P, y de INFORMACIÓN y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA
Principios básicos
(ley autonomia)
- Dignidad y respeto autonomía
- Premio consentimiento
- Derecho decidir libremente
- Derecho negarse tto
- Faclitar los datos de estado físico y su salud
- Cumplir deberes info. y doc. clínica
Respeto decisiones
Guardar la reserva debida
Las definiciones legales
(ley autonomia)
- Centro sanitario
- Certificado médico
- CI
- Documentación clínica
- HC
- Información clínica
- Informe de alta médica
- Intervención en el ámbito de sanidad
- Libre elección
- Médico responsable
- Paciente
- Servicio sanitario
- Usuario
Documentación clínica
(ley autonomia)
Soporte de culaquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial
Servicio sanitario
(ley autonomia)
La unidad asistencial con organización propia, dotada de los recursos técnicos y del personal cualificado para llevar a cabo actividades sanitarias
Titular del derecho a la información asistencial
(ley autonomia)
Paciente
Derecho a la información asistencial
(ley autonomia)
proporcionará VERBALMENTE
CI
(ley autonomia)
La conformidad libre, voluntaria y consciente de un P, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud
CI verbal / escrito
(ley autonomia)
VERBAL por regla general
ESCRITO
- IQ
- Procedimientos dx. y terapéuticos invasores
- Riesgos o inconveninetes de repercusión negativa
Revocar libremente por escrito
Límites del CI
(ley autonomia)
- El interés de la salud del propio P, de 3ros y de la colectividad
- Las exigencias terapéuticos del caso
NO CI
- riesgo SP
- riesgo ininediato grave integridad F/P
Consentimiento por representación
(ley autonomia)
a) Cuando el P no sea capaz de tomar decisiones
b) Cuando el P tenga la capacidad modificada judicialmente
c) Cuando el P menor de edad
Menores emancipados o myaores 16a –> No cabe prestar el C por representación
Información básica (proporcionará facultativo antes de recabar C)
(ley autonomia)
- Consecuencias relevantes
- Riesgos relacionados circunstancias personales o profesionales del P
- Riesgos probables
- Contraindicaciones
Instrucción previas
(ley autonomia)
Una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta antipicidamente su voluntad
HC
(ley autonomia)
Facilitar la asistencia sanitaria
CCAA –> aprobarán disposiciones necesarias para que los centros sanitarios adopten medidas archivar, proteger, evitar destrucción/pérdida
Contenido mínimo
HC
(ley autonomia)
- Doc. relativa cínico-estadística
- Autorización ingreso
- Informe urgencia, exploraciones complement., anestesia, quirófano o registro parto, anatomía patológica, alta
- Anamnesis y exploración física
- Evolución
- Órdenes médicas
- Hoja interconsulta
- CI
- Evolución y planificación cuidados enf, ap. terapéutica af.
Conservación doc. clínica
(ley autonomia)
NO necesariamente soporte original
mín. 5 años