Itinerancias Flashcards
Norma que regula las itinerancias
Acuerdos de 18 de febrero de 2008
¿Qué se considera profesor itinerante?
Los funcionarios y el personal laboral docente que desempeñe puestos de trabajo que comprenden más de un centro educativo ubicados en distinta localidad y que implican desplazamientos habituales desde un centro base hasta otro u otros centros en los que imparte docencia o realiza actuaciones de atención directa al alumnado.
¿Qué profesorado se considerará itinerante?
El que imparte docencia en los colegios rurales agrupados y los orientadores que tengan centros adscritos o presten servicios en centros compartidos
¿Qué se tendrá en cuenta en la elaboración de horarios del profesorado itinerante?
Se tendrá en cuenta una compensación horaria lectiva conforme a los siguientes criterios:
Hasta 50 Km: 2 horas
Desde 51 Km hasta 100 Km: 3 horas
Desde 101 Km hasta 150 Km: 4 horas
Más de 150 Km: 5 horas
¿Se podrán establecer compensaciones horarias de hasta dos horas de horario lectivo?
Excepcionalmente, en función de la orografía gallega y de la infraestructura
vial en la que se encuentren los centros en los que se itinera o cuando la distancia supero los 200km
¿Dónde comenzará la jornada lectiva del profesorado itinerante?
Comenzará en la localidad que corresponda en función del horario establecido.
¿Cómo se confeccionarán los horarios del profesorado itinerante?
De forma que se realicen los menores desplazamientos posibles en un mismo día, sin que tenga que atender, como norma general más de tres centros diariamente.
Deberá preverse que los desplazamientos se reduzcan lo máximo posible y la atención a los centros situados en la misma ruta, se realice, preferentemente de forma sucesiva, de la más alejada a la más próxima, evitando desplazamientos innecesarios.
¿Cómo serán los puestos de trabajo itinerantes?
Los puestos de trabajo itinerantes serán de aceptación voluntaria.
¿Cuál será la distancia entre el centro de destino y los centros a los que el profesorado se tiene que desplazar?
No superará con carácter general los 35 km.
¿Qué distancia no se podrá sobrepasar semanalmente?
Ningún profesor realizará más de 250 Km semanales.
¿Cómo se hará la asignación de tutorías?
No se asignarán tutorías al profesorado itinerante mientras el resto del profesorado, exceptuando el equipo directivo, no las tenga adjudicadas.
¿Se podrá utilizar el periodo de recreo para itinerar?
Siempre que sea posible los periodos de recreo no se utilizarán para itinerar. El profesorado que desempeñe puestos itinerantes deberá atender al alumnado como el resto de profesorado en los periodos de recreo.
¿A qué tendrá derecho el profesorado itinerante?
A percibir los costes de locomoción cuando se desplace desde el centro base a otro centro.
¿Quién pagará los desplazamientos?
El pago de los desplazamientos será efectuado por los centros educativos con cargos a los costes de funcionamiento.
¿Qué pasa cuando se transforme una plaza ordinaria en una itinerante?
Dará derecho al titular de la plaza a pasar a la situación de suprimido o a permanecer con destino definitivo en la plaza.