INTRODUCCIÓN Flashcards
Historia del derecho penal
*Previo a la reforma del 2000 (CdPP)
-Había un sistema inquisitorio
-Estaba a cargo de un juez del crimen quien estaba a cargo de la investigación, acusación y juzgamiento
-El procedimiento era escrito, desconcentrado, formal e inspirado por la mediación.
*Post reforma del 2000 (CPP)
- Entra en vigencia el CPP de manera diferida en el país
-se instaura un sistema acusatorio
-Se crean nuevos órganos como el MP y la defensoría penal pública
-Se introducen salidas alternativas y procedimientos abreviados
-Es un procedimiento oral, inspirado por la concentración, inmediación y publicidad
-introducción de garantías para el imputado cauteladas por el juez de garantía
Definición del Proceso Penal
Conjunto de Principios y reglas de procedimiento que tienen por objeto la realización de normas materiales penales intervinientes a la investigación y al juzgamiento de los hechos calificados por la ley penal como ilícitos con el objeto de una decisión conforme a derecho
¿Qué es una noticia criminis?
Es esta actividad preprocesal que consiste en poner en conocimiento de un juzgador o de los órganos competentes del estado el hecho del acaecimiento de un ilícito que está tipificado en la ley penal como delito.
Principios de sistema procesal penal
1.Oralidad
2.Concentración
3.Inmediación
4.Publicidad
Modelos Inquisitivos
1.Sistema inquisitivo
2.Sistema Acusatorio
3.Sistema Mixto
Sistema Inquisitivo Definición
Definición: Según Ferrajoli “el juez procede de oficio a la búsqueda, recolección y valoración de las pruebas, llegándose al juicio después de una instrucción escrita y secreta de la que están excluidos o, en cualquier caso, limitados la contradicción y los derechos de la defensa”.
Sistema Inquisitivo Características
Se caracteriza por:
1.Búsqueda de la verdad material
2.Secreto de la investigación
3.Ausencia o limitación en la contradicción
4.Prueba legal o tasada
5.Amplia posibilidad de recursos
6.Concentración de potestades de persecución y juzgamiento.
*Al ser un sistema escrito, con poco contradictorio donde el juez esta lejos de la prueba lo que hace más difícil el esclarecimientos tenia una amplia posibilidad de recursos
Sistema Inquisitivo Reformado o Mixto
Nace a consecuencia de las revoluciones liberales. Se distingue entre tres funciones a la hora de perseguir penalmente: investigar; acusar; juzgar. Estas funciones quedan radicadas en distintos sujetos procesales.
* Surge la figura del Ministerio público como ente acusador, mas no investigador, pues esta última queda radica en un juez instructor. Finalmente, se agrega al esquema, un juicio oral o por jurados.
* Se caracteriza por poseer una etapa inquisitoria con características acusatorias.
*En España se tiene este sistema
*En el sistema mixto las funciones no están tan claramente definidas, por ende, el juez también participa de la investigación y en el juzgamiento si hay contradictorio, debate y derecho a la defensa como lo hay en el acusatorio.
Sistema acusatorio (Chile)
- Se diferencia, por un lado, el órgano que investigara y acusara y, por otro lado, el órgano jurisdiccional que juzgara.
- Según HORVITZ Y LOPEZ, exige como garantía la presencia del acusador que sostiene su pretensión punitiva y, de un juez que decide sobre ella (nemo iudex sine acusatore)
Características: - Presencia de contradicción
- El juez queda vinculado al contenido de la acusación ejercida por el órgano oficial (principio de Congruencia. Art. 341 CPP).
Supuso la creación de una normativa propia de la defensoría penal pública para poder cumplir con los estándares mínimos que establecía la constitución, 19 n°3 “toda persona tiene derecho a una defensa letrada”
Fases del Procedimiento Penal (Fases Generales)
- Primera fase: Investigación
2.Segunda fase: Etapa intermedia (Etapa Preparatoria)
3.Tercera fase: Juicio Oral
Primera fase : Investigación
En esta fase es donde se recaban antecedentes de ciertos hechos llamados fuentes de prueba , cuyo efecto es la recopilación de antecedentes respecto del hecho, de las personas y su participación.
En esta etapa es sobre todo donde se producen unas audiencias muy importantes y de mucho frustre en nuestro sistema como son las audiencia de control de detención, la audiencia para discusión de cautelares y la formalización de la investigación, por ende, esta etapa también tiene una etapa judicial por así decirlo, se cierra con una etapa judicial
Segunda fase : Etapa Intermedia
Es aquella que tiene que ver con el control del material probatorio que es la depuración de la fuente de prueba.
Esto a través de la audiencia de preparación de juicio oral que además tiene la característica u objeto principal de que es el debate, el contradictorio y la adversariedad, además de las facultades oficiosas del tribunal (en el sistema inquisitivo) para efectos de depurar la prueba.
Se ofrecen, examinan y admiten los medios de prueba.
Las fuentes de prueba pueden terminar no siendo medio si se obtuvieron con vulneración de garantías constitucionales o por impertinencia o sobreabundancia.
Corresponde examinar los defectos o vicios formales de la pretensión punitiva plasmada en la acusación
¿En qué va a consistir la audiencia de preparación?
En el examen de apreciabilidad, la oferta y la admisibilidad de medios de prueba.
Tercera fase: Juicio Oral
*Cognición, por el tribunal colegiado que conoce de la pretensión punitiva del MP y el objeto del juicio a partir del “auto” (interlocutoria) de preparación de juicio oral que permite abrirlo (solo conoce de esas pruebas, dado el principio de congruencia procesal), y juzgamiento.
*Consiste en el juzgamiento, comisión o adjudicación .
*La rendición y la valoración de los medios de prueba
*Se rinden y valoran los medios de prueba, en cumplimiento de una serie de requisitos (libre convicción conforme a reglas de la sana crítica) [ art 297 CPP].
*La convicción del tribunal para condenar por delito debe ser más allá de toda duda razonable [340].