Hermeneútica Civil Flashcards

1
Q

¿Qué es hemenéutica jurídica? ¿Cuál es su función?

A

Es una disciplina que se encuentra la interior del derecho. Si se desglosa su vocablo en latín, se entiende que:

Hermeutike
- Hermeneu: yo descifro.
- Tike: técnica, ciencia o arte.

Es decir, se puede definir como: el arte, ciencia o técnica de descifrar el sentido de lo escrito, de los textos.

Y tiene la función de desentrañar el sentido de un texto.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
2
Q

¿Cuál es el origen de la hermeneútica?

A
  1. Mitología griega: Hermes como mensajero del Olimpo llevaba mensajes herméticos y debía descifrar el mensaje del dios emisor al receptor.
  2. Comprensión de textos sagrados: se remonta al movimiento protestante encabezado por Lutero, que buscaba comprender el texto bíblico de la iglesia católica. Se buscaba acercarse a esa relación entre autor y objeto a interpretar.
  3. S.XIX: se observa la importancia de interpretar en diferentes materias (decir algunas: poesía, literatura, música, convecciones espirituales, teatro y señales de tránsito, y de manera especial con la norma jurídica -el texto jurídico-).
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
3
Q

¿Qué es hermenéutica jurídica como actividad y resultado?

A

Interpretación de un texto jurídico para desentrañar su significado.

  1. Interpretación como actividad: evoca a un proceso lógico que se realiza con la respectiva técnica / Entender.
  2. Interpretación como resultado: el resultado obtenido / Dar un significado.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
4
Q

¿Cuál es el llamado a la inteligencia al que se hizo referencia en clase?

A
  • Cuando se lanza un mensaje de un sujeto emisor a un sujeto receptor.
  • Cuando el solo objeto exige que se refleje cuál es su significado.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
5
Q

Si se compara las funciones de la hermenéutica jurídica con la de las otras disciplinas ¿Qué se produce?

A

La existencia de una problemática o no en la interpretación. Ej. La interpretación de una norma por parte de las Cortes.

Este es un punto de realidad, pues cuando hay variedad de interpretaciones, se generan traumatismos.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
6
Q

¿Qué esquema se puede plantear para la hermenéutica jurídica?

A

Buscar la ratio iuris, que se quiera o no debe estar en función de una interpretación evolutiva (de lo que era partidario Betti), una adaptación actual o un ajuste concreto del momento que vive la sociedad a hoy.

Karl Von Savigny “El derecho vivía en el espíritu del pueblo”.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
7
Q

¿Qué es el derecho?

A
  1. D. 1.1.1.pr - Cita Ulpiano: “ius est ars boni et qequi” / “d. es el arte de lo bueno y equitativo”.
  • Bueno: como coherencia del discurso jurídico, es decir, es el razonamiento lógico verificable. En términos prácticos es lo que dice el ordenamiento jurídico y lo que está probado.
  • Equidad: hace referencia a igualdad, que se debe buscar en una sociedad donde hay desiguales, esta es entre ciudadanos y ante el imperio (hoy el E.).
  1. Kelsen - Formalismo jurídico: “el d. es un conjunto de normas organizadas jerárquicamente en función de una norma fundamental”.
    Para él la anterior definición es vacía.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
8
Q

¿Qué se interpreta en la hermenéutica jurídica civil?

A

Se debe desentrañar el sentido de un texto: CN, ley, AA, contratos, providencias judiciales, autos , sentencias, laudos arbitrales y actos procesales de parte (demanda, contestación).

Además, se interpreta el contexto, es decir, el ambiente, actuación o las formas de las actuaciones; lo que incluye a la costumbre (que tiene autoridad de ley en materia comercial).

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
9
Q

¿Es suficiente para el derecho que una norma se profiera? ¿Solo se interpretan normas jurídicas con carácter complejo?

A

No, se requiere además de una interpretación para dar aplicación a la norma.

No, conforme a Savigny una norma jurídica siempre se interpreta por más sencilla que sea.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
10
Q

¿Qué clasificaciones doctrinales tiene la hermeneútica jurídica civil?

A
  1. Pública: es aquella que se encuentra a cargo del poder pú.
  • Legal: aquella que realiza el legislador. Esta obliga de manera general.
  • Judicial: aquella que realiza el juzgada. Esta obliga de manera particular o inter partes.
  1. Privada: es aquella que realizan los particulares, se hace referencia a la fuente del d. doctrinal, y claramente no obliga ni tiene un carácter vinculante.
    *Relevancia.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
11
Q

¿Qué se interpreta en hermeneútica jurídica?

A
  1. Quaestio iuris: interpreto fuente del d.
  2. Quaestio facti: interpreto las pruebas o el acervo de evidencias.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
12
Q

¿Cuál es la función de la interpretación?

A

Está centrada la tratamiento de aspectos reales prácticos, es decir, entender una realidad y darle un significado

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
13
Q

¿En qué se diferencia la hermeneútica jurídica de la lógica jurídica y la argumentación jurídica?

A

Lógica jurídica: estudio j. de la aplicación de la razón, esto hace referencia a las premisas, los silogismos, los aspectos semánticos y sintácticos, las proposiciones de la norma jurídica.

Argumentación jurídica: es la disciplina del d. en virtud de la cual se exponen las razones que defienden una posición, que sostienen una defensa, que dan solidez a una postura.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
14
Q

¿Cuáles son las fuentes formales del derecho?

A
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
15
Q

¿Qué son las antinomias? ¿Cómo se resuelven?

A

Son las contradicciones que se suscitan y se presentan entre normas.

Criterios de solución:

  1. Art. 4 CN: la CN es la norma de normas y cualquier caso de incompatibilidad entre una norma constitucional y una de rango inferior, prevalece la constitucional.
  2. Art. 10 CN:
    - La ley posterior prevalece sobre la anterior.
    - La ley especial prevalece sobre la general.
    - Si hay disputa entre códigos me quedo con el código madre.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
16
Q

¿Qué son las lagunas o vacíos normativos? ¿Cómo se resuelven?

A

Son aquellos espacio o circunstancias de hecho no previstas por el legislador, la ley o una norma j.

Se resuelven con la analogía que evoca aspectos de semejanza o similitud a los que se les da el mismo tratamiento.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
17
Q

¿Qué clases de analogía existen?

A
  1. Analogía legis: se aplican casos similares.

Su estructura es la siguiente: Se tiene una disposición normativa que gobierna el caso previsto en la norma, y una situación semejante en un aso no previsto en la norma, se aplica la misma disposición.

  1. Analogía iuris: se va a un sistema normativo en el que existen principios generales que se usan para aplicar en el caso.

Su estructura es la siguiente: Se tiene un sistema de normas, que permite ir a valores superiores donde se van a encontrar principios del d. o principios generales del d., y de ellos aplico un caso no previsto en el sistema de normas.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
18
Q

¿Qué requisitos se requieren para que opere la analogía?

A
  1. Identidad esencial del asunto o similitud esencial.
  2. Debe haber un resultado útil para el d.
  3. Resultado racional.
  4. No aplica para sanciones (tanto en penal como en admin. sancionatorio).
  5. Debe tratarse de una RG, que el asunto que sirva de soporte sea de RG.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
19
Q

¿Qué se puede decir del derecho comparado en la hermenéutica jurídica?

A

El comparatista analiza los componentes de un sistema jurídico, este parte su estudio de formantes jurídicos, que es aquel elemento o componente de la estructura j. o del d. en determinado territorio, sistema j. familia j., o tradición jurídica.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
20
Q

¿Qué es un negocio jurídico?

A

Es aquella manifestación de voluntades reflexivamente dirigida a la producción de unos determinados efectos jurídicos

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
21
Q

¿Qué caracteriza la autonomía de la voluntad?

A

Este poder dispositivo tiene dos características:

  1. Fuerza obligatoria del contrato: habla de la ley para las partes.
  2. Libertad contractual: escogiendo (i) la forma y (ii) determinando el contenido.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
22
Q

¿Qué efectos produce el negocio jurídico?

A
  1. Efectos negociales: se hace alusión a una partesita intermedia de los efectos que es el iuris vinculum, es decir, el negocio ata o el vínculo jurídico entre las partes -la fuerza obligatoria del contrato (art. 1602 CC)-.
  2. Efectos finales: estos están determinados por la producción de obligaciones. En este caso la fuente de las obligaciones es el contrato.
23
Q

¿Qué tiene que tener en cuenta el juez la interpretar el negocio jurídico?

A
  1. El pacto contractual: el contenido determinado por las partes, para de esta forma desentrañar la intención o el querer de las partes.
  2. Elementos que integran el negocio jurídico: circunstancias o acontecimientos que integran.
24
Q

¿Cuál es el proceso de interpretación del negocio jurídico?

A
  1. Contenido negocial estipulado por las partes: voy a leer y ver qué querían las partes. Lo que se denomina la famosa fuente privada (art. 1602 CC).
  2. Calificación del negocio jurídico o contrato: esto se denomina fuente pública del tipo contractual. Y en este punto se evidencia cómo la fuente privada se encuadra en la fuente pública.
  3. Integración del contrato: esta integración supone que al pacto contractual negocial de las partes se agregan esas normas imperativas de las fuente pública. Ej. Normas integrativas, normas de orden público, usos y costumbres o principios como la buena fe.
25
Q

¿Qué posiciones hay respecto de la cláusula de buena fe dada su formulación en el CC?

A
  • Algunos señalan que esto es una habilitación para el juez de incorporar algo no previsto.
  • Otros es lo esperado por las partes en virtud de la probidad y lealtad, con la finalidad de que haya equilibrio de prestaciones.

Ahora bien, la buena fe no puede servir de excusa para incumplimientos contractuales que no están justificados con causas extrañas o frente al no cumplimiento del contrato.

26
Q

¿Qué normas permiten hace el estudio de buena fe en materia contractual?

A
  • Art. 1603 CC: “Los contratos deben ejecutarse de buena fe, y por consiguiente obligan no solo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que por ley pertenecen a ella”.
  • Art. 871 CCo: los contratos deben celebrarse y ejecutar de buena fe, entonces se obligará también a la naturaleza de los mismos.

Se debe tanto interpretar como ejecutar de buena fe, al igual que en la celebración, es decir, en la etapa precontractual o tratativas negociales.

27
Q

¿Qué elementos compone el contrato?

A
  • Accidentales: los que deciden las partes).
  • Esenciales: los que deben estar presentes o el contrato no existe o degenera en otro.
  • Naturales: se entienden integrado por la ley si las parte no los excluyen o sino pactan el contrario.
28
Q

¿Cuáles son las reglas de interpretación del negocio jurídico en el CC?

A

Las del art. 1618 a 1624 CC, la cláusula general de buena fe y por lex especialis pueden haber criterios de interpretación, e incluso estos criterios también pueden estar en el mismo contrato.

29
Q

¿Cuál es la premisa con la que se parte a hablar de la interpretación del contrato estatal?

A

La celebración del contrato estatal es aquello que se cristaliza con el consentimiento de las partes sobre el objeto y el precio, y los demás elementos del contrato, cuando estas lo han elevado a escrito y posteriormente se realiza su publicación en el SECOP.

30
Q

¿Por qué es relevante conocer la fase precontractual de un contrato estatal?

A

Alguno de estos puntos previos a la celebración del contrato puede tener incidencia en el contrato estatal como cláusula del mismo.

31
Q

¿Cuáles son las cláusulas excepcionales del contrato estatal y de dónde surgen?

A

Las cláusulas excepcionales existen en virtud de una prerrogativa o poder diferenciados- que excede de la órbita-.
! El ejercicio de este no puede ser abusivo.

  1. Interpretación unilateral de la admin. pú.
  2. Terminación unilateral.
  3. Modificación unilateral.
  4. Caducidad.

Se denomina excepcionales porque son distintas a lo que ocurre en el d. común y las tiene la admin. en aras de salvaguardar el interés general y la debida prestación de los servicios (art. 14 L80/93).

32
Q

¿A qué contratos aplican las cláusulas excepcionales?

A

El art. 14 de la Ley 80 de 1993 establece unos contratos en los que se pueden pactar, y si no se pactan debiendo incorporarse, se entiende incluida en el mismo por tratarse de elementos naturales.

Adicionalmente, el parágrafo del mismo artículo hace referencia a contratos en los que están prohibidas dichas cláusulas.

33
Q

¿Qué ocurre con los contratos no mencionados en el art. 14 de la L80/93? ¿Se aplican las cláusulas excepcionales?

A

Hay dos interpretaciones:

  1. Se entiende que pueden pactarse cláusulas excepcionales, dado que se trata de la voluntad de las partes y del ejercicio pleno de la potestad de la admin. para asegurar el interés general.
  2. Se entiende que NO pueden pactarse cláusulas excepcionales, puesto que es una potestad excepcional, y la habilitación de ese poder excepcional debe estar justificado en ley previa, esto es, su fundamento debe estar en la ley.

Según el CE estas cláusulas serán ineficaces si se llegan a colocar, por falta de habilitación de la ley.

34
Q

¿Cuál es el objeto de la cláusula de “Interpretación unilateral de la admin. pú.” en sede adminsitrativa (precontractual)?

A

Tiene por objeto desentrañar aspectos confusos de la interpretación del contrato estatal como de la intención de las partes. Es decir, busca remover ambigüedades en cuanto a la comprensión y el verdadero alcance que tiene el contrato estatal.

35
Q

¿Se puede interpretar unilateralmente un contrato que ya está liquidado?

A

No, ya no hay contrato, requiere que esté ejecutándose.

36
Q

¿Qué requisitos tienen la cláusulas excepcionales?

A
  1. El contrato se encuentre en desarrollo y ejecución.
  2. Existan discrepancias en la entidad contratante y el contratista sobre alguna cláusulas del contrato, o algunas cláusulas del contrato.
  3. Esas discrepancias tengan la virtualidad de paralizar el contrato, o perturbar la ejecución del mismo.
  4. Se debe citar al contratista para buscar una interpretación en al que ambas partes estén de acuerdo.
  5. No se ha logrado un acuerdo con el contratista.
  6. A través de la interpretación unilateral no se modifique el contrato.
  7. El AA con el que se ejerza esa cláusula excepcional debe estar debidamente motivado.
37
Q

¿Cuál es el medio de control del contratista para controvertir el AA con el que se ejerció la cláusula excepcional?

A

Los AA proferidos en ese o con ocasión de la actividad contractual se pugnan o controvierten mediante el medio de control de controversias contractuales.

38
Q

¿Cuáles son los fundamentos de la interpretación del contrato estatal en sede jurisdiccional?

A

Esta se rige por los fundamentos civiles de la interpretación del contrato con dos normas que iluminan el tratamiento de los criterios hermenéuticos:

  • Art. 1618: Voluntad de las partes o intención de los contratantes.
  • Art. 1603 y 871 CCo: Buena fe contractual.

Estos van a permitir llega a las otras reglas que también se aplican.

39
Q

¿A qué aplican las reglas de interpretación en el periodo precontractual?

A

Las reglas de interpretación aplican no solamente por los textos que se puedan dar, sino también del contexto y comportamiento de c/u de las partes, que tienen esa voluntad de una celebración ulterior del contrato.

40
Q

¿Por qué es relevante el pliego de condiciones en el contrato estatal?

A

El pliego tiene influencia interpretativa en el contrato estatal. Y si llegare a existir una contradicción entre estos prevalece el pliego porque este es un documento clave para recavar la intención del contratante.

41
Q

¿Qué es lo importante de la sentencia del CE Rad 58106?

A

Señala que en interpretación de contrato estatal se siguen dos grandes ejes:

  1. Intención de los contratantes.
  2. Cláusula o principio de buena fe: art. 1603 CC y art. 871 CCo e incluso art. 83 CN.

Esto se puede extraer de los art. 1618 a 1624 CC.

42
Q

¿Qué documentos o fases previas a la celebración del contrato estatal existen?

A
  1. Invitación pública.
  2. Estudios previos: pueden ser antes, durante o después de la invitación pública.
  3. Pliego de condiciones.
  4. Manual de contratación.
  5. Acto de adjudicación: acto mediante el cual la admin. selecciona al oferente presentada ya la mejor propuesta y que cumple con todos los requisitos de la selección objetiva.
  6. Contrato estatal: su medio de control es el de controversias contractuales.
43
Q

¿Qué pasa si hay obligaciones que no son claras en el contrato estatal?

A

Se hace uso de los documentos previos al contrato que permiten las interpretaciones del mismo.

Es tal la incidencia de estos documentos que por ej. el pliego de condiciones se entiende como cláusula.

44
Q

En términos prácticos ¿Para qué sirve la interpretación con documento previos al contrato estatal?

A

Esto sirve para mirar a quien se le reconoce determinado rubro indemnizatorio en virtud del contrato.

45
Q

¿Cuál es la obligación que surge en el periodo precontractual para un contrato entre privados?

A

La de hacer el contrato definitivo.

46
Q

¿Qué criterio(s) se debe(n) seguir en la etapa preliminar de un contrato privado?

A

Buena fe: el axioma que imprime al periodo precontractual la seriedad en las tratativas. El postulado que obliga a actuar correctamente, con probidad, lealtad y respeto a: la confianza legítima (la confianza que se sembró en el otro), el deber de info. y a la prohibición de ir contra los actos propios, es decir, que no se va a presentar por ningún costado el venire contra factum proprium.

Esa descripción permite afirmar que la buena fe NO es una fórmula en blanco. Es decir, tiene todo un sentido donde se parte de la CN como valor constitucional, y luego se sigue al CCo frente al cruce de cartas, reuniones, etc.

47
Q

¿Qué tiene que ver la culpa in contrahendo con la etapa precontractual de un contrato privado?

A

Esto hace referencia a Von Ihering, quien dijo todo lo relacionado con la culpa in contrahendo, es decir, comportamientos ilegítimos en los que se puede incurrir en el periodo precontractual, que llevan a calcular la la indemnización de los daños causados.

48
Q

¿Hay daño en el periodo precontractual?

A

Primero se parte de los elementos del daño: cierto (existencia y cuantía) y personal.

Ahora bien, hay códigos en los que no hay una norma de respo. precontractual, por lo que es a nombre de la respo. extra.
Y en los ordenamientos jurídicos como el nuestro las dos normas pueden convivir.

49
Q

¿Cuál es esa fase precontractual en contratación pública?

A

Es aquella fase preliminar en virtud de la cual en aras de cristalizar la selección objetiva del contratista, la administración pública se debe sujetar a unos parámetros que propendan por la mejor selección y de esta forma por la materialización del interés general.

50
Q

¿Cuáles son esas dos bases o bastiones a los que la admin. pública se debe sujetar en la fase precontractual de la contratación pública?

A
  1. Principio de legalidad: de los procedimientos y de los AA.
  2. Principio de buena fe: acá cabe recordar la def. de buena fe vista previamente.

Es decir, no de manera arbitraria, sino con base en los anteriores principios.

51
Q

¿Qué pasa si la administración pública actúa de forma arbitraria en la fase precontractual de la contratación pública?

A

En caso de causar daños y no de seleccionar la mejor propuesta deberá indemnizar los perjuicios causados.

52
Q

¿Qué son los AA separables?

A

Son los proferidos en la etapa previa a la celebración del contrato estatal, pero que se expiden en aras de evacuar las etapas para la ulterior celebración del contrato estatal.

53
Q

¿Cuál es el medio de control del AA de adjudicación estatal?

A

Demanda de NYRD contra el acto de adjudicación estatal en sede de indemnización perjuicios.

En este caso se pretende: (i) la nulidad del AA y (ii) por otro lado a título de restablecimiento del d. el pago de la utilidad más los intereses remuneratorios.