Financiero Y Tributario Flashcards

1
Q

Régimen de ingresos

A

Patrimoniales, tributos, crediticios con entidad propia

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2
Q

Régimen de gastos

A

Procedimiento regulador por LPGE, LGP, LOEPSF.

Debe aportarse anualmente por Parlamento

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3
Q

Ingresos patrimoniales

A

Explotación de bienes y entes públicos

Demeniales: patrimonial y privado
No demeniales: servicio público sin objetivo de ingresos

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4
Q

Ingresos crediticios

A

Préstamo interior/exterior, general/particular a corto(18 meses)/medio(menos de 5 años)/largo(más de 5 años) plazo

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5
Q

Ingresos tributarios

A

Por hecho imponible con devengo, exenciones, sujeto pasivo, y base imponible con cierto gravamen

Impuestos: no sancionador sin contraprestacion. Personal/real, sub/objetivo, periódico/instantáneo, in/directo, extra/fiscales

Tasas: por uso privado o aprovechamiento de dominio público o servicio necesario o no voluntario

Precios públicos: por uso de servicios voluntariamente exigidos o por sector privado

Contribución especial: en ámbito local para mejoras de servicios

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6
Q

Deuda pública

A

No puede superar 60% PIB salvo desastre natural, recesión económica o emergencia extraordinaria

Decide gasto el Gobierno, ejecuta ministro de Hacienda

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7
Q

Deuda pública en CCAA

A

Sin autorización si es menos de 1 año y no mayor al 25% de ingresos de acto anterior

Límite en objetivos del Gobierno y en préstamos en el tipo de interés

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8
Q

Deuda pública en EELL

A

Sin autorización en menos de 1 año y no mayor a 30% de ingresos de acto anterior

Necesita permiso a largo plazo si hay déficit o deuda de 110% de ingresos

Límite en gobierno, morosidad y prudencia financiera en préstamos

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9
Q

Principios constitucionales

A

Reserva de ley (potestad original de estado. Es relativa. Pueden tocar tasas, contribucionesespeciales y elementos de cuantificacion y relativos a EELL)

No dualidad (no puede repetirse tributo ni crearlos. CCAA si puede si no hay norma estatal)

Generalidad(todos deben contribuir. No hay privilegios injustificados)

Capacidad económica (se exige según lo que se tiene. No se cuenta riqueza virtual o ficticia. Impuestos, recargos recargos multas deben ser proporcionales)

Igualdad (objetiva. No se defendía en situaciones desiguales ni discriminación injustificada o excesiva)

Diversidad territorial (sólo se puede regular lo que se tiene competencia, sin finalidad discriminatoria y proporcionales al fin)

Progresividad (tengo más, doy más. Se considera el conjunto)

No confiscatoriedad (no privar d ela riqueza)

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10
Q

Eficacia

A

Espacial (se aplica en territorio según residencia, territorialidad, y caracteres personales o reales. Hay especialidades)

Temporal (vigencia indefinida salvo contrario. Derogacion expresa o tácita, inconstitucionalidad o ilegalidad. Antigua se aplica a antiguas que persisten. No retroactividad en sanciones, desfavorables o restrictivas. Máxima en instantáneas o periódicas con todos sus efectos, y media en períodmdiacas sin todos sus efectos)

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11
Q

Interpretación

A

Según criterios clásicos de argumentación y principios tributarios.

No analogía. Se interpreta de forma oficial (vinculación a administración) o calificación (hechos como actos reglados)

Conflitos: evitarían total o parcial con hechos falsos (fraude). Se exige el tributo, se líquida la mora Se sanciona delitos

Simulaciones: absoluta (acto sin voluntad negocial) y relativa (fingir voluntad). Se corrige aplicando norma correcta y exigiendo intereses

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12
Q

Relación jurídico-tributaria

A

Pasivo paga a activo

Pasivo: obligación material de pagar (también accesorios ajenos y de repercusión) y formal de presentar informes. Derecho a información y a recurrir

Activo: potestad para exigir crédito y ciertas obligaciones materiales de pago y formales de consulta

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13
Q

Hecho imponible

A

Obligación legal de dar de derecho público inalterable por particulares ante caso específico tipificado

Elementos subjetivos (hacia quien) y objetivos (materia, espacio, tiempo y cuantía)

Puede haber exenciones de pago material sub/objetivas, plenas/parciales, permanentes/temporales

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14
Q

Obligado tributario

A

En deudas propias: física, jurídica o ente sin personalidad jurídica. Contribuyente o sustituto. Pueden ser varios (solidaridad tributaria). También pago a cuentas por traslación

En deudas ajenas: responsables solidario o subsidiario según ley o sucesores físicos o jurídicos

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15
Q

Obligación tributaria

A

Afecta a una base imponible (cantidad del hecho imponible), que tras reducciones legales, se aplica un gravamen proporcional, que acaba con una cuota tributaria

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16
Q

Medición de la base imponible

A

Directo: cantidad de todos los datos

Objetivo: datos reales e indirectos voluntarios

Indirecto: inspeccion por falta de colaboración, obstrucción, o fuerza mayor subsidiaria

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17
Q

Tipos de gravamen

A

Alícuotas o específicas: porcentaje/por unidad no monetaria

Proporcional/progresivo/regresivo: no varia/aumento/disminuye

Tarifa: conjunto a las unidades de base liquidable

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18
Q

Proceso de cuota tributaria

A

Tributaria se somwte a deducciones y bonificaciones para líquida, y tras minorías, diferencial

Tras ingresos (intereses y recargos) se forma deuda tributaria

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19
Q

Extinción de obligación tributaria

A

Pago, prescripción, condenación, compensación e insolvencia provisional

Muerte extingue solo infracciones y sanciones

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20
Q

Prescripción de obligaciones

A

4 años

Extintiva: extingue derechos por inactividad

Tributaria: inactividad del titular

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21
Q

El procedimiento tributario: liquidación

A

Medición de cuantía imponible

Solicitud de declaración o autoliquidacion

El obligado debe informar verazmente. Puede imponer secreto estadístico, de la correspondencia, notarial no patrimonial y profesional que afecte honor, intimidad o defensa

Administración debe informar, tener confidencialidad, valorar inmuebles y dar consultas escritas

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22
Q

El procedimiento tributario: el proceso

A

Inicio: de oficio o particular

Desarrollo: reglados y documentados con trámite de audiencia y alegaciones

Terminacion: resolución, caducidad, desistimiento, renuncia, imposibilidad material de continuar, nuevo proceso o cumplimiento. Debe resolver, notificar y motivar

Plazo de 6 meses que empieza con intento de notificación

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23
Q

El procedimiento tributario: comprobaciones

A

Verificación de datos: formales o asimétricos, no coincidentes, uso de indebido de norma o justificar dato

Comprobación limitada hechos salvo contabilidad mercantil, info de terceros sobre base o cuota que no sean de la sede de la administración

Comprobación de valores: registros oficiales fiscales, precios y cotización de mercado y dictámenes periciales

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24
Q

El procedimiento tributario: tasación pericial contradictoria: rebatir comprobación de valores. Solicitud expresa

A

Rebatir comprobación de valores.

Solicitud expresa, tasacion de perito

Se compara (se acepta si defendía es menor a 10%, si supera tercer perito a pago particular si supera 20% o administración si no lo supera

Suspende ejecución sin garantías

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25
Q

Procedimiento de inspección

A

Gestión formal. Examen de contabilidad, actos, registros fiscales y explotaciones. Autorización judicial para inspección de negocios o fincas

Puede implantarse medidas cautelares

Debe servir interés general, informar al obligado, secreto de cargos, e informar a jurisdicción de hechos delictivos

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26
Q

Inicio del procedimiento de inspección

A

Oficio (plan de inspección u orden superior) o particular (15 días desde inicio para ampliar alcance)

Denuncia pública no inicia

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27
Q

Alcance del procedimiento de inspección

A

General: todos los elementos con liquidación definitiva

Parcial: elementos no generales con liquidación provisional

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28
Q

Efectos de inicio del procedimiento de inspección

A

Se interrumpe plazo de inscripción, no se permite autoliquidacion complementaria espontánea y contrstaciones a DGT no tienen efecto vinculante

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29
Q

Plazos del procedimiento de inspección

A

18 meses. 27 si cifra anual del obligado es igual o mayor del que se usa para auditar sus cuentas, se tributa como consolidación fiscal o grupo de entidades

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30
Q

Suspensión del procedimiento de inspección

A

Remisión a fiscalia, paralización o suspensión judicial, conflicto de fueros, remisión por comisión consultiva, intento de notificar a obligado sobre propuesta de resolución o liquidación, necesidad de coordinar inspección estatal y foral, o fuerza mayor

31
Q

Extinción del plazo del procedimiento de inspección

A

Debe resolver en 60 días naturales por obligado antes de trámite de audiencia, 3 meses por aportar tarde documentación tras 9nmeses de inicio, 6 meses tras aportar datos tras estimación indirecta

32
Q

Lugar del desarrollo del procedimiento de inspección

A

Oficinas de administración, domicilio de obligado, lugar de actividades o pruebas

33
Q

Horarios del procedimiento de inspección

A

Horario de oficinas, laboral del obligado

Fuera de ellas en excepciones

34
Q

Trámite de audiencia en el procedimiento de inspección

A

Previo a formalizar acto tras comprobar e investigar lo necesario

35
Q

Documentación del procedimiento de inspección

A

Comunicaciones: notificar obligado

Diligencias: constar hechos

Informes: documentar acuerdos. A veces es perceptivo

Actas: resultado de inspección

36
Q

Terminación del procedimiento de inspección

A

En actas. Propuesta de liquidación

No pone fin (pone el acto real o presunto de liquidación)

Los hechos y circunstancias se presumen ciertos

37
Q

Tipos de actas de terminación

A

De conformidad: obligado acepta

38
Q

Procedimiento de recaudación

A

Comprobar e investigar existencia y estado de bienes. Mismas facultades que inspección

39
Q

Procedimiento de recaudación: periodo voluntario

A

Pago por cualquiera en caja de órgano competente en efectivo, timbrado o en especie

Pueden imputarse pagos. Obligado decide. Administración la última

Puede pedirse aplazamiento y fracción por falta de liquidez transitoria con garantía de deuda, interés más 25% de suma en PV o 5% de suma en PE

40
Q

Procedimiento de recaudación: plazos en PV

A

Autoliquidacion: plazo reglado

Oficio: notificación 1-15, 20 de mes siguiente. 16…, 5 del mes próximo (apreciadas igual -1 mes). Deudas colectivas y periódicas según su norma (1 sept - 20 noviembre supletorio)

41
Q

Procedimiento de recaudación: pagos en PV

A

Liquidadas no pagadas: inicia PE

No declaradas: descubrimiento, mora, sanción o vía penal. Puede autoregularse con recargos

Fuera de plazo: recargos limitados (0-12 meses: 1% + 1% por mes sin intereses. +12 meses: 15% más interés devengado). Se reduce 25% si se paga cuando declara, en PV concedidos, no se aplican de forma espontánea por hechos idénticos en 6 meses tras notificación y no haya sanción

42
Q

Procedimientos de recaudación: periodo ejecutivo

A

Debe liquidarse

Se inicia a día siguiente si es declaración, del perdiodo de presentación si es autoliquidacion sin ingreso, y de la presentación si fuera de plazo

43
Q

Procedimiento de recaudación: recargos en PE

A

5% sin intereses antes de notificar apremio

10% sin intereses justo en notificar apremio

20% más costas y mora tras notificación

44
Q

Procedimiento de recaudacion: providencia de apremio

A

Aviso de pagar

Puede exponerse por extinción, prescripción, aplazamientos fracción, falta de notificación, error u omisión que no permita identificar deud(a)or

45
Q

Procedimiento de recaudacion: embargos

A

Ataque tras apremio

Se documenta con diligencia y se notifica a interesados

Se ejecuta primera la garantía salvo petición o no proporcional

Se opone por extinción, prescripción, falta de notificación, incumplimiento de normas o suspensión

46
Q

Procedimiento de recaudacion: otros procedimientos de embargo

A

Enajenación de embargos: subasta, concurso, adjudicación tras liquidación firme salvo excepciones. El deudor puede pagar. Si falta, debe reponer. Si sobre, reembolso

Orden o precaución en función de bienes: facilidad para enajenar y menor onerosidad

Por terminación

47
Q

Procedimiento de revisión e impugnación

A

Revision: sanciones de oficio

Impugnación: sanciones por particulares ante Tribunal económico-administrativo con libertad de forma, gratuidad y sin postulacion innecesaria

Reposición, reclamaciones económico-administrativas, nulidad, ratificación de errores o devolución de gastos indebidos

48
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: reposición

A

Ante órgano que dicta acto, reclamable por derecho u obligación que no sea de trámite

No suspende ejercicio del acto salvo que se pida con garantía suficiente

1 mes para imponer y resolver, pudiendo impugnar silencio negativo

49
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: reclamacion económico-administrativa

A

Ante TEA. Uno por CCAA (TEAR) y uno central (TEAC). Sin abogado o procurador. Emula Contencioso Administrativo (interposición y fundamentación)

Por conflicto entre particulares por repercusión o retención tributaria, alzada ordinaria ante TEAR por +150K o director por órgano central de administración o particular

50
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: reclamacion económico-administrativa: inicio

A

Escrito de interposición que identifica recurrente y acto. Puede añadir alegaciones y petición de suspensión

1 mes tras notificación ante mismo órgano, que remite y modifica si hay alegaciones

Telepática en mercantiles

51
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: reclamacion económico-administrativa: tramitación

A

TEA notifica puesta de manifiesto del expediente particular

1 mes para alegar fundamentos pretensión y pruebas

52
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: reclamacion económico-administrativa: resolución

A

1 año para responder cuestiones del expedientes

Des/estima (anulación total o parcial) o inadmisbilidad (extemporáneo, sin legitimación o representación, actos firmes o no recurribles, o petición de desvinculación)

53
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: reclamacion económico-administrativa: abreviado

A

-6.000 € o BI -72.000€

6 meses con alegaciones en la interposición

54
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: reclamacion económico-administrativa: recurso de alzada

A

TEAR por deudas +150.000 o BI +1.8M

1 mes por interesados o admin y resolver en 1 año

55
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: reclamacion económico-administrativa: extraordinario de revisión

A

Contra actos firmes de admin o TEA por error extraordinario

56
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: reclamacion económico-administrativa: para formar doctrina

A

Vincula admin y TEA

Impone a admin contra TEAR sin problemas alzada que actúa de modo dañoso o erróneo o contra TEAC por desacuerdo

57
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: suspensión

A

Solicitud expresa

Con aval; automático sin organis recaudadores. Con perjuicio irreparable; discreción de TEA. Sanciones; automático sin garantías

Se devnegan intereses y se reembolsa gastos si estima

58
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: valor de referencia

A

ISD y ITPO en BI cada último trimestre cuando se auto/liquide

59
Q

Procedimiento de revisión e impugnación: procedimientos de revisión especial

A

Devolución de ingresos indebidos (por odio o instancia por doble pago, superior o prescrito

Rectificación de errores (oficio o instancia por errores materiales, aritméticos o de hechos evidentes)

Nulidad (dictamen de Consejod e Estado. Igual que contencioso)

Revocación: oficio. Modificar en beneficio de obligado por improcedencia

Lesividad: oficio. Modificar en beneficio de admin. Declaración previa e impugnación en sede

TEA municipales en grandes ciudades

60
Q

Infracciones y delitos tributarios

A

Doloso leve, grave o muy grave con perjuicio real (incorrecta liquidación, devoluciones o normas indebidas) o petencial (solicitudes indebidas)

Muy grave (medios fraudulentos con sanción 100-150% de BS según repetición y cantidad), grave (+3.000 BS y ocultación con sanción 50-100% con graduación de muy grave) y leve (-3.000 BS con sanción 50% BS)

4 años, paralizando en gestión e inspección

61
Q

Infracciones y delitos tributarios: medios de comisión

A

Oculatacion: no presentar autoliquidacion o falsamente de modo que afecte en 10% de BS

Medios fraudulentos: anomalía o uso de personas interpuestas o factura falsa que afecte en 10% a BS

62
Q

Infracciones y delitos tributarios: medios de graduación

A

Comisión repetida (durante 4 años) (5% leve, 15% grave, 25% muy grave)

Perjuicio (+10%-10%, +25%-15%, +50%-20%, +75%-25%)

63
Q

Infracciones y delitos tributarios: medios de reducción

A

Acuerdo de conformidad o acuerdo (si se impugna liquidación, se pierde. Si se impugna sanción, se pierde por acuerdo)

Pronto pago (excluido acuerdo. Prohíbe impugnar)

64
Q

Infracciones y delitos tributarios: procedimiento sancionador

A

Separado de gestión e inspección (puede tramitarse de modo conjunto)

6 meses de caducidad sin repetición

65
Q

Infracciones y delitos tributarios: delito fiscal

A

Periódicos (por periodo impositivo), instantáneos de declaración periódica (cuotas de año natural), instantáneos (por cuota

Basico (5 años, prisión de 1-5 años y multa 1-6 veces defraudación). Agravado (10 años, prisión 2-6 años y multa 2-6 veces defraudación)

Exime si paga espontáneo

66
Q

Los gastos públicos

A

Presupuesto (autorizar máximo gasto anual con gastos establecidos e ingresos previstos) (puede contener modificaciones tributarias, pero no crear tributos)

Los actos de pago superior son nulos

Las obligaciones son exigibles por ejecución, sentencia firme u operaciones presupuestarias autorizadas

67
Q

Gastos públicos: ley de presupuestos

A

Organica: distribución de recursos)

Economica: gastos corrientes, operaciones de capitales y financieras

Funcionarias: naturaleza de actividades

68
Q

Gastos públicos: ley de presupuestos: capítulos

A

1-4: gastos personales, en bienes y servicios

5: fondo de contingencia

6-7: inversiones reales y transferencias de capital

8-9: activos y pasivos financieros

69
Q

Gastos públicos: principios presupuestarios

A

UE: déficit excesivo, déficit presupuestario no superior a 3% PIB, dueda pública no superior a 60% PIB, presentar programas de estabilidad cada abril

Constitucional: legalidad, anualidad, unidad, universalidad, consignación de beneficios fiscales, eficiencia y economía, estabilidad presupuestaria y asignación equitativa

70
Q

Gastos públicos: estabilidad presupuestaria

A

Estado y CCAA no puede superar déficit estructural salvo catástrofe, recesión o emergencia

EELL nunca, AAPP salvo reforma estructural a largo plazo que permite déficit conjunto 0,4 PIB

Asegura AIREF

71
Q

Gastos publicos: PGE

A

Gobierno aprobado por Cortes

Se establece objetivo de estabilidad presupuestaria, previsiones de gastos en cada centro y se entrega a ministerio de hacienda antes de 1 mayo. Junto a empleo y SS, límite de gasto no financiero antes de 1 agosto (macroeconomicas informadas por AIREF)

Gobierno remite a Cortes antes de 1 octubre. Aprueba comisión y pleno de Congreso y Senado (no cabe enmienda o modificar créditos sobre deuda pública, que aumenten el gasto o disminuyan ingresos salvo bilateral con disminución de gasto)

Si no se aprueba para 1 enero, prórroga automática. No afecta a modificaciones o créditos extraordinarios para gastos ya ejecutados o si TC suspende por bmvulnerar mandatos de LOESPF

72
Q

Gastos públicos: transferencias de créditos

A

Con permiso de ministro de hacienda salvo operaciones financieras a otros créditos, de capital, a operaciones corrientes y entre créditos de otras secciones, generaciones de crédito cuando se efectúe ingreso, limitado en venta de bienes o prestación de servicios ampliar créditos e incorporar anteriores no gastados y declarar créditos extraordinarios si hay gasto urgente sin crédito suficiente con remanentes o fondo de contingencia

73
Q

Gastos públicos: control de la ejecución

A

Interno: legalidad (correcta expedición de pago, comprobar corrección del pagador y suspensión de expediente por desacuerdo y subsanar deficiencias o resolución de discrepancia), control financiero permanente (global entre entes y eficacia) y autoria (a posteriori sobre ingresos, gastos, documentos justificativos y asientos contables)

Externo: legalidad (T Cuentas, Europeo, AIREF), político (Cortes hacen informe mensual remitido por IGAE sobre ejecución del presupuesto y pública BOE mensual con informe de hacienda y cuenta General del estado a posterior de gastos y ejecución de presupuestos antes del 31 octubre)