Actuación Administrativa Flashcards

1
Q

Elementos primarios

A

Reglamentos, contratos (obligacion recíproca), y actos mediante norma específica o general (sin obligación recíproca)

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2
Q

Control jurisdiccional

A

25, 29 y 30 LJCA

Todo acto, expuesto o presunto (silencio), que ponga vmfin a la vía administrativa o no pueda continuarse, o por vía de hecho

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3
Q

Tipos de acto

A

Des/favorables: disminuye/aumenta patrimonio o esfera jurídica. Los desf deben motivarse y los favorables revocable con motivo jurídico, o anulables durante 4 años con justificación material

Trámite/Definitivo: no/acaba vía administrativa

No/agotan via: tienen/no tienen superior jerárquico (ministros, consejos, alcaldes, comisión de gobierno y Pleno)

Reglado/Discreccional: literal/margen legal

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4
Q

Aplicación de las normas

A

Aplicación reglada: aplica inmediatamente

Aplicación con estructura de principios: ponderación

Aplicación en actos políticos: dictecuonal puro

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5
Q

Fases del procedimiento administrativo

A

Iniciación: particular o oficio

Instrucción: debe resolver todas las cuestiones en plazo de 6 meses máximo, 3 si no explícito, salvo norma. Puede suspenderse el plazo por 3 meses

Resolución: notificar para que sea eficaz, puede resolverse por desestimacion del particular, renuncia al derecho, por acuerrdo, caducidad o por resolución. No puede agravar la situación

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6
Q

Silencio

A

Si es particular, positivo, salvo norma contraria, violación del derecho de petición, objeto de dominio público, responsabilidad patrimonial o revisiones de oficio salvo alzada por silencio negativo previo

Si es oficio, negativo. Caducidad en sanciones

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7
Q

Validez

A

Se presume la validez y la eficacia hasta que se impugna y hay anulación judicial firme

Debe probar invalidez el particular

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8
Q

Nulidad

A

Por incompetencia manifiesta territorial o material, omisión de trámites esenciales, violacion de DF, contenido imposible y ausencia de requisitos en favorables

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9
Q

Anulabilidad

A

Por indefension material o ilegalidad sustantiva

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10
Q

Ejecución forzosa

A

Necesita autorización judicial. Debe notificarse al particular e informarle de posibilidades y guías de actuación. Si no lo recibe se da segunda notificación, y si no, se subsana con edictos

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11
Q

Contratación pública europea

A

Igualdad de oportunidades, libre concurrencia, transparencia y libre competencia

Se busca una contratación estratégica equilibrada entre fines económicos y sociales

Se hace mediante contrato sinalagmatico entre entes con personalidad jurídica para un bien común y controla a los EEMM

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12
Q

Contratación pública nacional

A

Contratos armonizados: derecho público

Contratos no armonizados: según cuantía y norma específica

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13
Q

Contratación pública - Sector público

A

Administración territorial, fundaciones privadas del sector público, organismos autónomos e independientes, universidades públicas, entes de seguridad social, EPEmpresariales, sociedades mercantiles con participación administrativa mayor a 50%

Se le aplican principios de Ley 9/2017 (principios de contratación pública)

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14
Q

Contratación pública - Administración Pública

A

Administración territorial, entes de seguridad social, universidades públicas, regiones forales, organismos autónomos e independientes

Se aplica Ley 9/2017

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15
Q

Contratación pública - Poderes adjudicadores

A

Entes con personalidad jurídica sin interés mercantil o industrial financiadas en mayoría por sector público, administración territorial, fundaciones públicas, mutuas de seguridad social

La preparación y adjudicación se controla con derecho público de contratación, efectos y extinción, con derecho privado

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16
Q

Contratos tipificados

A

Obras: art 13. Por particular a hacer por un precio. Se debe certificar progreso para cobrar

Concesión de obras: art 14. Reparar o conservar obras por pago del usuario. Si es excesivo, admin ayuda

Concesión de servicios: art 15. Gestión y explotación onerosa de servicio competente. Administración subvenciona a tarifa

Suministros: art 16. Adquisición o arrendamiento de bienes muebles corporales

Servicios: art 17. Prestación para desarrollar actividad con resultado distinto a obra o suministro

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17
Q

Plazos de tipificados

A

Art 29

Suministros y servicios sucesivos (5 años salvo prórroga)
Arrendamiento mueble (5 años)
Concesión de obras y de servicios (según características. 40 años para prender su ejecución y explotación, 25 años para explorar servicios no sanitarios, y 10 años para explotar servicios sanitarios)

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18
Q

Contratos de regulación armonizada

A

Por poderes adjudicadores

Típicos cuyo valor sea igual o mayor a las cuantías, salvo transporte, agua, comunicaciones, defensa, secretos, redes públicas, defensa judicial internacional

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19
Q

Contratos administrativos

A

Típicos y especiales por administración pública

Separables (público de contratación y privado por adjudicadores que no se admin)
Administrativos (admin puedee modificar y tiene prerrogativas. Derecho público)
Sector publico (privado específico y principios)

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20
Q

Partes del contrato - Sector público

A

Administración y órganos constitucionales. Controla órgano competente contratante segun la ley o reglamento

Puede delegarse/desconcentrarse

En EELL es alcalde si valor no supera 10% del presupuesto, si lo supera, el pleno

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21
Q

Partes del contrato - Mesas de contratación

A

Asistencia técnica.

Art 326. Califica documentos, valora proposiciones, propuestas y comprobación de requisitos

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22
Q

Partes del contrato - Contratistas

A

Art 65. Físicas o jurídicas con capacidad de obrar, no tenga prohibido contratar (se extiende a cónyuges, concubinato y familia a 2do grado), con solvencia acreditada, cumpla con requisitos legales y estar habilitado empresarial o profesionalmente por ley (no terroristas, asociación ilegal, trata, corrupción, delitos contra hacienda…)

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23
Q

Requisitos de contratistas

A

Art 87. Se acredita solvencia con patrimonio neto, volumen anual de negocios y seguros de responsabilidad civil

Art 88. Obras. Avalar buena ejecución, declaraciones o títulos en últimos 5 años

Art 89. Disposición, garantías técnicas, muestras y certificados de calidad en suministros en últimos 3 años

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24
Q

Objeto de contrato

A

Libertad de pacto dentro de límites legales (determinado, identificación de partes, capacidad, legislación, documentos, precio cierto, condiciones de pago, duración, supuestos de actuación, confidencialidad y obligación de cumplir)

Medios proporcionales y adecuados para idoneidad y eficiencia.

Motivación a administración sobre el objeto

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25
Q

Pliegos

A

Especificación del objeto, prescripción técnicas por consejo de ministros y de obligaciones administrativas

De particulares se aplica entre particulares

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26
Q

Precio de contrato

A

Cierto en relación a lo pactado (puede revisarse y modificarse en obras periódicamente)

Se prohíbe pago aplazado salvo arrendamiento financiero o con opción de compra

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27
Q

Preparación de los contratos

A

Debe presentarse expediente de contratación (cláusulas administrativas particulares y técnicas, partidas presupuestarias, fiscalización previa, acreditación de ganitas y solvencia) en el pliego (si lo hay) (no necesario en menores: -15 mil servicios/suministros, -40 mil obras)

Se motiva necesidad, idoneidad y capacidad (concesión de obras, empresario presenta estudio de viabilidad)

Procedimiento de emergencia (sin expediente y mitad de plazos por catástrofe, grave peligro o necesidad de defensa)

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28
Q

Adjudicación de contratos

A

Igualdad, libre competencia, publicidad, no discriminación, transparencia y confidencialidad. Debe motivarse y notificar las decisiones

1 mes para presentar documentación y acreditar requisitos. No puede imaginarse una vez firmado

Publicidad: 3 ofertas. Sin Publicidad: si concurre anuncio de licitación

Juicios de valoración subjetivos y objetivos con discrecionalidad administrativa. Pueden impugnarse criterios. Si subjetivo <50% que objetivos, mesa de contratación con comité experto

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29
Q

Obligaciones de la adjudicación

A

La mesa u órgano de contratación clasifica de modo decreciente las ofertas, formula concurso, y propone resolución.

La administración debe notificar y motivar la decisión (en EELL decide el alcalde y presidente de la EELL, salvo que supere 10% de los recursos ordinario arios, que será el Pleno)

En ofertas anormalmente bajas, se debe motivar y justificar racionalmente su veracidad

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30
Q

Efectos de la adjudicación

A

No crea efectos ni obligaciones vinculantes a la administración, pero debe motivar las negaciones y abonar gastos del contrato

Los efectos se perfeccionan con la formalizaron de registro y notificación pública y particular

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31
Q

Invalidez de los contratos

A

Son inválidos cuando, por poderes adjudicadores, haya incompetencia, no haya capacidad de obrar o solvencia, o lo tenga prohibido

Son inválidos en ámbito civil las disposiciones, cláusulas, resoluciones o actos que in/directamente den ventaja a la empresa

La anulabilidad se demuestra con procedimiento de lesividad

La nulidad hace liquidación del contrato (restitución sinalagmatica)

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32
Q

Impugnación de los contratos

A

Con recurso especial en materia de contratación

Contra contratos por poderes adjudicadores de obras, concesiones (3 M) y suministros y servicios (100 K), anuncios de licitación, pliegos, documentos contractuales, actos de trámites que no permitan continuar o produzcan daño irreparable, de adjudicación y acuerdos de rescate de concesiones

No es compatible con recurso ordinario, pero puede volver a impugnarse con ordinario

Resuelve el Teibunal administrativo central de recursos contractuales (en CCAA y EELL, el tribunal contractual propio que tengan)

Por cualquier interesado (los pliegos sólo los presentados) en 15 días tras el registro

No se puede revisar de oficio la sentencia, y es ejecutiva. Puede pedirse medidas cautelares

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33
Q

Efectos de los contratos

A

Se rigen por los pliegos y cláusulas

El órgano de contratación tiene prerrogativas de inspección, vigilancia, interpretación, modificación, suspensión, y determinación de efectos

Las prerrogativas necesitan informe previo, y dictamen del consejo de estado cuando haya una oposición a la interpretación, nulidad o resolución, la modificación es superior al 20% de 6M y por responsabilidad contractual con indemnización de la menos 50K

Las modificaciones deben mantener equilibrio económico

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34
Q

Caracteristicas de cláusulas y pliegos

A

Las cláusulas deben ser claras.

Las no previstas solo pueden añadirse a obras, suministros o servicios si no es posible cambiar al contratista, suponga inconveniente o coste excesivo o superior al 50%, por circunstancias sobrevenidas e imprevisibles que no alteren naturaleza ni superen 50% de cuantía, o no sean sustanciales

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35
Q

Adiciones no sustanciales

A

Se aplican si su inclusión habría hecho que otro contratista fuese elegido, si alterarse el equilibrio económico, supere el ámbito en 15% de cuantía en obras y 10% en resto, o estén estén ámbito distinto

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36
Q

Resolución de los contratos

A

Las resoluciones tienen carácter ejecutivo. Puede hacerse ejecución forzosa o secuestro usando otro contratista y siendo indemnizada por DyP si se incumple

La administración puede resolver unilateralmente

37
Q

Potestad tarifaria

A

Retribución en concesciones

Debe prestar servicio continuamente y garantizar uso, cuidar del buen orden, indemnizar daños, no discriminar y cumplir pliegos

38
Q

Fuerza mayor en los contratos

A

Si no hay imprudencia, administración indemniza por incendios por rayos, catástrofe natural y destrozos por alteración pública o guerra (no aplica en concesiones)

39
Q

Mantenimiento del equilibrio económico

A

En concesión de obras, se mantiene términos según interés general y concesionario

Administración actúa cuando haya modificaciones, se rompa equilibrio económico por acto obligatorio o fuerza mayor

40
Q

Incumplimiento de las previsiones

A

Nunca se indemniza

Si es por incumplimiento o mora, se penaliza, pudiendo recurrir

La liquidación se paga con abonos a cuentas

41
Q

Extinción del contrato

A

Por cumplimiento satisfactorio, resolución por mora, muerte o incapacidad física o por extinción de persona jurídica, concurso, insolvencia o acuerdo

Debe constatarse en acta de co formidad formal en 1 mes, con garantía de 1 año (en obra es de 15)

42
Q

La propiedad

A

Se limita segun su función social, y sólo se puede privar por expropiación justificada y formal

La función social se establece por plan general de urbanismo

43
Q

La función social

A

Límites de la propiedad por el legislador con estatutos jurídicos específicos

Facultades y obligaciones a administración y particulares según interés general

Puede limitarse el contenido económico por seguridad y obligar deberes sin indemnización, siendo el límite la privación absoluta (indemnización salvo mínimo habitual, congelación de Derechos privados establecidos y principio de igualdad)

44
Q

Competencias en función social

A

Las CCAA tienen competencia en organización de terreno, urbanismo y ordenación

El estado sobre condiciendo básicas de igualdad e interés general nacional

Cada municipio se rige por plan de ordenación urbana, y el estado por el TRLSRU 2015

45
Q

Plan de ordenación urbana

A

Se clasifica el suelo (urbano, urbanizable y rústico), y se le asigna su régimen estatuario

El urbanizable puede ser sectorizado (puede construirse tras trámite de actuación. Si no, tras plan de sectorizacion y plan parcial

Las rústicas pueden regularse con plan de especial protección

46
Q

Urbanización

A

El derecho a edificar y aprovechamiento lucrativo debe cumplir deber de urbanizar (pagar mantenimiento y servicios), equidistribucion (dividir beneficios y cargas equitativamente) y cesión de terrenos necesarios

47
Q

Deberes de los propietarios en la urbanización

A

Deben pedir el derecho a la administración y unirse al sistema de compensación urbanística (si se niegan, expropiación)

Deben respetar las cuantías y volumen del plan parcial y dar un 10% del aprovechamiento lucrativo a administración

48
Q

Sistema de cooperación

A

Sistema mixto si hay problemas en junta de compensación

Particular paga sin compensación y la administración gestiona

49
Q

Régimen de la propiedad

A

Competencia pública no susceptible de transacción (sólo puede obligar reembolso). El plan general detalla tipo de urbanismo

La clasificación de suelo no abre indemnización

Debe mantenerse equilibrio urbanizable, uso de fin social y del suelo, garantizar conservación, realizar actos exigidos por administración (si superó 50% del valor del edificio, cesa conservación)

50
Q

Situaciones básicas de suelo

A

Rustico: excluidos de modificación urbana y urbanizables no terminados/sin plan parcial

Urbano: infraestructuras instaladas y operarle para cumplir demanda y servicios de acceso redado. No/delimitado (sin/con plan consolidado

51
Q

Derechos y deberes del tipo de suelo

A

Rustico: usos primarios, operaciones urbanas autorizadas, uso correcto y deber de edificar

Urbano: gestión urbanística y valoración de suelo

52
Q

Criterios de valoración del suelo

A

Rural: productividad y coeficiente de antigüedad y conservación de edificios. Puede corregirse al alza por factores objetivos (accesibilidad, tamaño…)

Urbana: distingue valor del suelo y de los edificios (valor estático residual tras deducción de gastos)

Siempre es menor al valor del mercado. Para justiprecio de expropiación, reparto de beneficios y cargas sin acuerdo (proyectonde reparcelacion) e indemnización administrativa

53
Q

La expropiación

A

Medida coercitiva de sacrificar terreno con garantías casa expropiandi con fin estatal o social general (si no lo tiene es ilegal) con indemnización (previo salvo urgente ocupación. Defasado)

Competencia exclusiva del estado. Las CCAA puede ampliar suspuestos y aplicar especialidades procedimentales si no violan garantías

54
Q

La expropiación: proceso

A

Venta, arrendamiento, permuta, censo, cesación o actos obligados. Se transfiere sin cargas

Debe haber vinculación entre objeto y causa, motivando en acuerdo de ocupación (lista de objetos justos y necesarios)

Ordinario (declarar necesidad, fijar justiprecio, pago y ocupación)

55
Q

La expropiación: expropiante

A

Administración expropiandi. Estado, proviandas, municipios y CCAA.

Institucionales solo pueden beneficiarse, y puede ser gestionado por sub/delegado del estado

56
Q

La expropiación: beneficiario

A

No siempre es expropiante

Puede ser concesionaria gestionadora o cualquiera señalado por ley

57
Q

La expropiación: expropiado

A

Particular o jurídico con título contradictorio, de interés o necesidad

MF actúa si no se sabe dueño ñ, es menor o incapaz

Debe informar y notificar enajenaciones

58
Q

La expropiación: inicio

A

Trámite de audiencia pública en BOE y medios públicos

Se debe narrar bienes expropiados por delegado o ingeniero jefe

Si es parcial antieconomico, puede pedirse completa. Si se niega, indemnización DyP

59
Q

La expropiación: expediente expropiatorio

A

Por acuerdo. Si +6 meses hasta inicio, intereses de mora

Debe motivarse idoneidad

60
Q

La expropiación: justiprecio por acuerdo mutuo

A

Acuerdo de parte. No puede renunciar administración, pero si particular si no hay autonomía de voluntad

61
Q

La expropiacion: justiprecio por contradictorio

A

Sin acuerdo. 14 días sin fijación (se considera 1 expediente por bien)

Particular redacta valoracion de bienes con tasa pericial firmada por cada sector.

Administración reformula. Si acepta, acuerdo. Si no, Juzgado de Territorialidad Expropiatoria. Si el resultado grava a Administración, puede hacer lesividad

62
Q

Criterios y obligaciones de la expropiación

A

Se mide con criterios de suelo (salvo antiguos: por precio de mercado). Los jueces no pueden ser discrecionales

Es nulo si viola procedimientos (accion de nulidad)

63
Q

Actos y modificaciones del pago de la expropiación

A

El precio aumenta un 5% por afección, y pueden añadirse interés por mora (1 por 6 meses sin justiprecio u otro por 6 meses sin pago). No será afectado por impuestos o gravámenes en su transferencia

Si el particular se niega a recibir, admin puede consignar y notificar para liberarse, teniendo el primero derecho a máximo pactado por jurado

64
Q

Retasacion

A

Revalorar terreno tras 4 años sin justiprecio o pago

65
Q

Expropiación: ocupación

A

Ordinaria: tras pago

Urgente: inmediata ocupación tras declaración aprobada por consejo de ministros (con posibles actuaciones, personas afectadas, bienes ejecutados y acta previa formal). Cuenta plazo a partir de la ocupación para intereses (es el que se usa por defecto)

66
Q

Expropiación: revisión

A

No es garantía

Puede pedirse a los 3 meses tras notificación de cambio de situación. Es ajeno al procedimiento de expropiación

Se hace por expropiación antieconomica del terreno, se levanta el motivo de la misma, o no se puede hacer tras 10 años

67
Q

Expropiación: efectos de la revisión

A

Si admite, determina justiprecio y particular paga precio actualizado original (si mejora o cambia régimen jurídico, revisión de suelo y nuevo justiprecio)

Si la devolución es legalmente imposible, se indemniza sin justiprecio

68
Q

Responsabilidad patrimonial

A

Deber de indemnización de la administración salvo fuerza mayor, con responsabilidad patrimonial, penal o civil

Debe haber nexo de causalidad, y puede hacerse contra actos legales lesivos

Responde el Estado, que puede remitir a particular responsable

69
Q

Responsabilidad patrimonial: requisitos

A

Debe ser daño efectivo, evaluable, individualizable, o como poco, señalar lo dañado

El lucro cesante debe demostrarse verazmente y no sólo por especulación (en todo caso se aprecia cierta tolerancia de soportabilidad)

70
Q

Responsabilidad patrimonial: imputación a servicios públicos

A

Se considera toda administración, y puede imputarse todos sus actos (expreso, presunto y vía de hecho). No se pena si se hace por lex artis

Si se realiza por un 3ro, se rompe nexo causal, salvo relacion de sujeción o concesionarios, culpa de la víctima o negligencia ajena (terrorismo)

Se tiene 6 meses para resolver, con posible silencio negativo. Prescribe al año desde posibilidad de indemnizar o se finalicen secuelas derivadas del daño

71
Q

Responsabilidad patrimonial: jueces y tribunales

A

Se rigen por LOPJ

Por anormalidad, error judicial (3 meses ante TS) o prisión preventiva excesiva sin hechos probados

72
Q

Responsabilidad patrimonial: legislación

A

Daños no expropiatorios por norma inconstitucional o incremento de valor de terrenos

Debe agotar vía judicial

73
Q

Los bienes públicos

A

Art 132 CE (inalienables, imprescriptibles e inembargables)

Es titular la administración general, y pueden desafectarse para ser de régimen privado

Afectan a un servicio público (demeniales) o privados (patrimoniales). Los naturales nunca se desafectan

74
Q

Los bienes públicos: patrimoniales

A

Estatales (“bienes de propios” con régimen privado y jurisdicción civil)

Nacionales (ley 1982 con régimen privado con matices públicos y jurisdicción civil)

Comunales (municipales con régimen público y jurisdicción contenciosa)

75
Q

Los bienes públicos: dominio público

A

Caminos, plazas, parques hospitales cementerios, palacios, escuelas, montes, piscinas, campos de deporte, y obras y todo lo que sea de uso general o fin público

Defensa, murallas o minas de uso privado con interés general

76
Q

Los bienes públicos: notas del dominio público

A

Demeniales de uso público artificiales o naturales

Debe registrarse con certificado de secretario correspondiente y el inventario. El registro presume posesión

El deslinde fija límite fisco. Si afecta particular, ejecución forzosa, pudiendo impugnarse por vía civil en AN o contencioso según competencia por cuestiones formales (en aguas y costas, prevalece registro ante deslinde)

77
Q

Los bienes públicos: recuperación

A

De oficio: por uso particular sin título o erróneo. Imprescriptible salvo patrimoniales (1 año)

Desahucio administrativo: particular con titulo administrativo caducado o prescrito

78
Q

Los bienes públicos: des/afectación

A

Por orden de ministro, concejal de hacienda o alcalde según corresponda de modo expreso tras resolucion administrativa expresa (puede tácita en usucapión y expropiación, o prescripciones establecidas)

Recurrible si legitimado

Ciertos sectores (transporte, ferrocarril, muelles…), solo ministro correspondiente

79
Q

Los bienes públicos: mutación demenial

A

Cambio de afectación del servicio. Desafectar y vuelta a afectar con uso distinto

Expreso y solo por ministro de hacienda

80
Q

Los bienes públicos: des/adscripción

A

Por organismos públicos dependientes de la General, sin cambiar ámbito, uso no correspondiente, modificado, o no útil

Cese a hacienda o responsable

81
Q

Los bienes públicos: utilización del dominio público

A

Según organismo reguladoras y de patrimonio de la administración

Uso común libre y gratuito

82
Q

Jurisdicción administrativa

A

Cuestiones locales (Juzgado CA, TSJ, TS)

Cuestiones estatales (Juzagado Central, AN, TS)

TS (casación, consejo de ministros, CGPJ, constitucionales) (no hay casación en urbanismo autonómico)

83
Q

Jurisdicción administrativa: requisitos

A

Legitimado, escrito con copia del acto/disposición

Administraciones no pueden, salvo estatuto de autonomía

84
Q

Jurisdicción administrativa: orden de jurisdicción

A

Juzgado: primera o única en EELL y autónomos por todo acto, sanciones administrativas -60.000, personal salvo nacimiento o extinción, responsabilidad -30.050, actos periféricos con competencia reservada

Juzgado Central: ministro y secretario de estado, actos de administración General del estado salvo confirmación de vía de recurso, fiscalización, tutela, actos de órganos inferiores o nacimiento y extinción de funcionarios

AN: única en recursos sobre disposiciones de ministros, secretarios y funcionarios, y segunda por queja, apelación o revisión

TS: única en actos de Consejo de Ministros, CJPJ, fiscal General, constitucionales o comisiones delegadas, segunda en casación, queja y revisión de firmes)

85
Q

Jurisdicción administrativa: materia de contratos

A

Contra favorecidos o beneficiarios

Se debe fijar cuantía. Si no es posible, indeterminado

Costas a rechazados, salvo dudas de hechos o derecho. Mitad en des/estimación parcial salvo mala fe o temeridad

Enre administraciones va directamente sin recurso administrativo, pero puede pedir derogar o revocar acto

86
Q

Jurisdicción administrativa: régimen de impugnación

A

Reglamentos o actos. Entre administraciones, 2 meses para dar requerimiento. Desestimado tras 1 mes de silencio, con 2 meses para recurso

Puede pedirse medidas cautelares con auto si cumple requisitos, justicia cautelar y ponderacion (2 días en urgencia y se considera periculum in mora)

Caduca fuera de plazo, siendo plazos improrrogables.

Debe comprobarse interesados, que tienen 20 días par demandar tras saber de expediente

87
Q

Jurisdicción administrativa: régimen de impugnación: procedimientos

A

Alegaciones previas: 5 días tras demanda salvo inadmisible por jurisdicción, legitimación, cosa juzgada o fuera de plazo

Pruebas: procedimiento civil. Se presume válido e imparcial actos de funcionarios. Más seguridad en acreditados

10 días para conclusiones (si no, caducidad

Se acepta tácitamente si se reconoce extraprocesalmente

88
Q

Jurisdicción administrativa: régimen de impugnación: recursos

A

Ejecución de sentencias provisional o firme (2 meses, que puede ser forzosa)

Providencias (ordenación material del proceso), autos (inadmision de recurso, fin a cautelares y autorizaciones) y sentencias

Reposición o Súplica (5 días en 1ro y 2do), apelación (15 días 1ro o 3ro y 2do permitido) revisión ante juez (por letrado), casación (única instancia, apelación que afecte derecho estatal o europeo. Debe haberse invocado derecho estatal, autos tras súplica, recurso inadmisible, fin de cautelas, o contradicciones a Ejecución de sentencias)

89
Q

Jurisdicción administrativa: régimen de impugnación: casación

A

30 días ante sala de instancia en escrito de presentación (requisitos reglados, normas infringidas, acreditar petición de subsanacion, justificar infracciones relevantes y con interés casacional). Si admite, escrito de interposición

Interés casacional: normas sin jurisprudencia, interpretación errónea de normas, convenio entre administraciones y disposiciones