Derechos Y Obligaciones De Los Trabajadores Y Patrones Flashcards
Obligaciones de los patrones. Artículo 132
- Cumplir la disposición de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos.
- Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento.
- Proporcional local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajos pertenecientes al trabajador.
- Entregar a sus trabajadores de manera gratuita un ejemplo de impreso del contrato colectivo de trabajo inicial o de su revisión, dentro de los 15 días siguientes a que dicho contrato se ha depositado ante el centro federal de conciliación y registro laboral.
- Guardar a los trabajadores la debida consideración obteniéndose de maltrato de palabra o de otro.
- Expedir cada 15 días a solicitud de los trabajadores una constancia escrita del número de días trabajados y el salario perseguido.
- Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezca los reglamentos.
- Cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad salud y medio ambiente del trabajo. Así como tener a la mano medicamentos y materiales de curación indispensables.
- Proporciona capacitación y adiestramiento a sus trabajadores en los términos del capítulo 3 de este título.
- Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio de voto en las elecciones populares y para el complemento de los servicios de jurados, electorales y censales.
Prohibiciones patronales. Artículo 133
1 Negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, género edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencia sexuales o un acto discriminatorio.
2. Exigir que los trabajadores compren sus artículos de consumo en tienda o lugar determinado.
3. Obligar a los trabajadores a aliarse o retirarse del sindicato o agrupación a que pertenezca.
4. Hacer propaganda política o religiosa dentro del establecimiento.
5. Realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo.
6. Dar de baja o terminar la relación laboral de un trabajador que tenga la calidad de persona desaparecida.
7. Presentarse en el establecimiento en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcótico o droga enervante.
8. Portar armas en el interior de los establecimientos ubicados dentro de las poblaciones.
Obligaciones de los trabajadores. Artículo 134
- Cumplir la disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables.
- Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, cuya autoridad estará subordinada en toda la concerniente al trabajo.
- ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados en la forma, tiempo y lugar convenidos.
- Dara avísame ya está el patrón de las causas justificadas que le pidan concurrir a su trabajo.
- Observar buenas costumbres durante el servicio.
- Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no puede tener alguna incapacidad o enfermedad del trabajo contagiosa o incurable.
- Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan tan pronto como tenga conocimiento de ello.
- Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos.
Prohibiciones para los trabajadores. Artículo 135
- Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad la de sus compañeros de trabajo o de terceras personas
- Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón.
- Presentarse el trabajo bajo la influencia de algún narcótico o draga enervante, salvo que exista la prescripción médica.
- Suspende las labores sin autorización del patrón.
- Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo.
- Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrón por objeto distinto de aquel a que estén destinados.
- Acosar sexualmente a cualquier persona o realizar actos inmorales en los lugares de trabajo.