Derechos Reales Limitados de Garantía Flashcards
PRENDA
Art. 1863ss CC
Recae sobre bienes muebles e implica desplazamiento posesorio.
HIPOTECA
Regulada tanto en el CC como en la LH
Derecho real en garantía de una obligación, generalmente pecuniaria, de carácter accesorio e indivisible y de constitución registral, que recae directa e inmediatamente sobre bienes inmuebles, ajenos y enajenables que permanecen en poder del propietario.
ANTICRESIS
Art. 1881 CC
En su origen fue un pacto accesorio añadido a la hipoteca. No alcanzó autonomía como derecho real autónomo hasta la Codificación.
Recae sobre inmuebles fructíferos, dando derecho a percibir los frutos para cobrarse con ellos los intereses y el capital de la deuda garantizada.
HIPOTECA MOBILIARIA Y PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO
Ley de 16 de diciembre de 1954.
Derechos reales de garantía sobre bienes muebles, pero que a diferencia de la prenda ordinaria no implican desplazamiento posesorio, lo que suplen a través de su publicidad registral.