DECLARACIÓN DE PARTE 1.2 Flashcards
(MEDIOS DE PRUEBA) (SEGUNDO PARCIAL)
¿QUÉ ES LA DECLARACIÓN DE LA PARTE?
Es la deposición que realiza el actor o demandado y que sea hecha respecto a los puntos de controversia en el juicio (art. 328 Bis CPCEJ).
¿DONDE PUEDEN PEDIR LAS PARTES LA DECLARACIÓN DE PARTE?
desde la demanda o su contestación, por una sola vez, que la contraparte se presente a declarar personalmente y no mediante apoderado sobre los interrogatorios que por anticipado o en el acto de la diligencia se le formulen.
Están obligadas a declarar las mismas personas que están obligadas a absolver posiciones.
PARA ESTA PRUEBA, SE NECESITAN DE INTERROGATORIOS:
Para esta probanza los interrogatorios podrán formularse libremente sin más limitación que las preguntas se refieran a los hechos objeto del debate.
Las preguntas podrán ser abiertas y podrán referirse a hechos no propios, con tal de que el que declare tenga conocimiento de los mismos.
REGLAS PARA LA DECLARACIÓN DE PARTE
I. Podrá recibirse con independencia de la prueba de posiciones. (prueba confesional y prueba de partes son diferentes.)
II. El interrogatorio podrá ser formulado por escrito al momento de ofrecer las pruebas, o en forma oral al momento de su desahogo. ()
III. En caso de incomparecencia se tendrán por reconocidos los hechos a que se refieran las preguntas. (si no vas, se dan por hecho)