CONTRATOS Flashcards
Que es un contrato?
Es el acto jurídico mediante el cual dos o mas partes manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales.
- Contrato =! obligación. Los contratos crean obligaciones legales pero no todas las obligaciones se derivan de contratos.
Libertad de contratación
Las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido dentro de los limites impuestos por la ley, orden publico, moral y buenas costumbres.
Las normas legales relativas a los contratos son supletorias de la voluntad de las partes. Es decir, las partes tienen libertad de establecer sus propias condiciones y terminos en el contrato, y las leyes de contratos están diseñadas para llenar vacíos o resolver disputas cuando algo está inconcluso o sin especificar. Refleja el ppio de autonomía de la voluntad de las partes.
Efecto vinculante contratos
Todo contrato válidamente celebrado es obligatorio para ambas partes. El contenido solo puede ser modificado o extinguido por acuerdo de las partes o en los supuestos que la ley prevé.
Buena fe en contratos
Los contratos deben interpretarse y ejecutarse de buena fe, obligan no solo a lo que esta formalmente expresado, sino a todas las consecuencias que puedan considerarse comprendidos en ellos.
Es decir, no se puede escribir todo en un contrato, se dan por hecho algunas cosas que quedan implícitas.
Que son las normas supletorias? (contratos)
Solo son aplicables para el caso en que las partes hayan guardado silencio o se hayan manifestado deficientemente. Entonces, la norma jurídica suple la voluntad inexpresada o expresada deficientemente. (“si nada se convino, entonces…”)
Contratos unilaterales y bilaterales
Los contratos son unilaterales cuando una de las partes se obliga hacia la otra sin que esta quede obligada. Bilaterales es cuando se obligan reciprocamente.
Contrato a titulo oneroso y a titulo gratuito
Oneroso: Las ventajas a una de las partes le son concedidas por una prestación que ella le hace a la otra. O sea cuando ambas partes reciben algo. Ej: Compra de un auto a cambio de plata.
Gratuito: Aseguran a uno de las partes una ventaja independientemente de toda prestación a su cargo. Ej: donación
Suspensión del cumplimiento (contratos)
En los contratos bilaterales cuando las partes deben cumplir simultaneamente, una de ellas puede suspender el cumplimiento hasta que la otra cumpla.
Resolución total o parcial de contratos por incumplimiento
Una parte tiene la facultad de resolver el contrato (cancelarlo) total o parcialmente si la otra parte incumple las obligaciones a su cargo.
Contratos conmutativos y aleatorios
Ambos son del tipo de contrato a titulo oneroso.
Conmutativos: Cuando las ventajas para todos los contratantes son ciertas. Ej: contrato de obra.
Aleatorios: las ventajas o perdidas para uno o todos dependen de un acontecimiento incierto. Ej: Seguro del auto.
Contratos formales
Para los cuales la ley exige una forma para su validez, son nulos si la solemnidad no es satisfecha. Cuando la ley o las partes no imponen una forma determinada, solo se requiere un medio de prueba de la celebración del contrato.
- Formas absolutas: El cumplimiento de la formalidad solemne es exigido bajo pena de nulidad. Ej: Donación de inmuebles.
- Formas relativas: El cumplimiento de la formalidad solemne no es exigido bajo sanción de nulidad, pero no quedan concluidos como tales hasta que no sea cumplida la solemnidad prevista. Valen como contratos en los que las partes se obligan a cumplir la formalidad pendiente. O sea, si no se cumple la forma, se da un tiempo para que sí y que tenga eficacia el contrato.
- Formalidades para la prueba: Cuando la formalidad es requerida a fines probatorios pueden ser probados por otros medios (testigos, prueba instrumental) que haga verosímil la existencia del contrato.
Contratos nominados e innominados
Los contratos nominados son especialmente regulados por la ley.
Como se formaliza el consentimiento de un contrato?
Los contratos se concluyen con la recepción de la aceptación de una oferta o por una conducta que sea suficiente para demostrar la existencia de un acuerdo.
Oferta en un contrato
La oferta es la manifestación dirigida a la persona determinada con la intención de obligarse y con las presiciones necesarias para establecer los efectos que debe producir de ser aceptada.
Es decir, el que hace la oferta debe contar con los medios y la intención de llevarla a cabo.
Libertad de negociación y deber de buena fe (contratos)
Las partes son libres para promover tentativas dirigidas a la formación del contrato, y para abandonarlas en cualquier momento.
Es decir, si quiero remodelar mi casa puedo recibir ofertas de varios arquitectos y finalmente solo voy a terminar firmando el contrato con uno, es decir abandono la tentativa de contrato con los otros.
El deber de buena fe se refiere a que durante las tentativas preliminares, y aunque no se haya formulado una oferta, las partes deben obrar de buena fe para no frustrarlas injustificadamente.
Es decir, siguiendo con el ejemplo anterior, que si yo ya sé que voy a firmar un contrato con el arquitecto A no puedo juntarme con el arquitecto B para que me de ideas o me haga algunos planos haciendole creer que quiero firmar un contrato con el.