Contrato de Depósito Flashcards
Definición
CDORCRF
En el contrato de depósito, el depositario se obliga a recibir un bien para custodiarlo y restituirlo con sus frutos cuando lo solicite el depositante.
En el ___________ ___ __________ el depositario se obliga a recibir un bien para custodiarlo y restituirlo con sus frutos cuando lo solicite el depositante.
contrato de depósito,
En el contrato de depósito, el _________ se obliga a recibir un bien para custodiarlo y restituirlo con sus frutos cuando lo solicite el depositante.
depositario
En el contrato de depósito, el depositario se _______ a recibir un bien para custodiarlo y restituirlo con sus frutos cuando lo solicite el depositante.
obliga
En el contrato de depósito, el depositario se obliga a _________ ___ ______ ______ ___________ y restituirlo con sus frutos cuando lo solicite el depositante.
recibir un bien para custodiarlo
En el contrato de depósito, el depositario se obliga a recibir un bien para custodiarlo y __________ ____ ____ ________ cuando lo solicite el depositante.
restituirlo con sus frutos
En el contrato de depósito, el depositario se obliga a recibir un bien para custodiarlo y restituirlo con sus frutos cuando
lo solicite el depositante.
Las disposiciones de este Capítulo no son aplicables al ________ ________. Tampoco son aplicables a aquellos depósitos necesarios que se rigen por leyes especiales.
depósito bancario
Cuando el depositante autoriza que el _______ use el bien, el depósito se convierte en comodato o en préstamo, según las circunstancias.
depositario
Cuando el depositante autoriza que el depositario ____ el bien, el depósito se convierte en comodato o en préstamo, según las circunstancias.
use
Cuando el depositante autoriza que el depositario use el bien, el depósito se convierte en _________ ___ ________, según las circunstancias.
comodato o en préstamo
EL DEPÓSITO SE PRESUME
ONEROSO
Cuando el precio del depósito no ha sido acordado, se determina por las tarifas _______ y, a falta de estas, por el tribunal.
usuales
El depositante puede ser cualquier persona que
tenga la posesión del bien.
La restitución debe hacerse al
depositante o al tercero en cuyo favor se hizo el depósito.
En el momento de la restitución, el depositario no puede exigir al depositante, ni al tercero en cuyo favor se ha hecho el depósito, que pruebe
ser el dueño de la cosa depositada.
Cuando se ha hecho el depósito en favor de un tercero, este debe
consentir la restitución a cualquiera otro, incluido el depositante.
El depositario está OBLIGADO a:
(a) GUARDAR el bien con la diligencia que exija la naturaleza del bien o la que corresponda a su profesión y tomar los cuidados especiales acordado con el depositante;
(b) NO usar el bien que guarda;
(c) RESTITUIR el bien, con sus frutos, cuando le sea requerido;
(d) RESTITUIR el bien en el lugar donde está depositado;
(e) GUARDAR discreción sobre el contenido del depósito; y
(f) AVISAR inmediatamente al depositante cuando la guarda requiere gastos extraordinarios y pagar aquellos gastos que no admiten demora.
El depositante está OBLIGADO a:
(a) Pagar, cuando el depósito es oneroso, el precio del depósito;
(b) Pagar, cuando el depósito es gratuito, los gastos en los que el depositario haya incurrido razonablemente para guardar y restituir el bien;
(c) Pagar, cuando la guarda lo requiera, los gastos extraordinarios que haya consentido, o aquellos en los que por no admitir demora, haya incurrido el depositario; y
(d) Recibir el bien, si el depósito es gratuito, en el momento cuando lo quiere el depositario.
El depositario sí puede retener la cosa depositada hasta
el completo pago de lo que se le deba por razón del depósito.