Contrato de comodato. Flashcards
¿Cuándo hay contrato de comodato?
Cuando una parte se obliga a entregar a otra una cosa no fungible, mueble o inmueble, para que se sirva gratuitamente de ella y restituya la misma cosa recibida.
¿Hay transferencia de ka propiedad de la cosa?
No. Solo hay uso, no hay goce. Y este debe ser gratuito.
¿Cuáles son las partes del contrato de comodato?
- Comodante: es quien presta la cosa. No es necesario que sea propietario de la cosa, basta que tenga sobre ella un derecho real o personal.
-Comodatario: es quien recibe la cosa no fungible, para servirse gratuitamente de ella.
¿Cuál es el objeto del contrato de comodatario?
Cosas que están destinadas a ser usadas por el comodatario, sin consumirse en sí mismas.
¿Cuáles son los caracteres del contrato de comodato?
- Bilateral: una parte se obliga a permitir el uso de la cosa y la otra a devolverla.
- Gratuito: la parte que entrega la cosa no puede recibir ninguna retribución.
- Consensual.
- No formal.
Nominado.
¿Quiénes no pueden celebrar contrato de comodato?
- los tutores, curadores y apoyos, respecto de los bienes de las personas incapaces o con capacidad restringida, bajo su representación;
- los administradores de bienes ajenos, respecto de los confiados a su gestión, excepto que tengan facultades expresas para ello.
¿Cuáles son las obligaciones comodatario?
- Usar la cosa conforme al destino convenido. A falta de convención, puede darle el destino que tenía al tiempo del contrato.
- Pagar los gastos ordinarios de la cosa y los realizados para servirse de ella.
- conservar la cosa con prudencia y diligencia.
- responder por la pérdida o deterioro de la cosa, incluso causados por caso fortuito, excepto que pruebe que habrían ocurrido igualmente si la cosa hubiera estado en poder del comodante;
- restituir la misma cosa con sus frutos y accesorios en el tiempo y lugar convenidos. A falta de convención, debe hacerlo cuando se satisface la finalidad para la cual se presta la cosa.
¿Por que se extingue el comodato?
- Por destrucción de la cosa.
- Por vencimiento del plazo, se haya usado o no la cosa prestada.
- Por voluntad unilateral del comodatario;
- Por muerte del comodatario.