Contrato De Arrendamiento Flashcards
Definición arrendamiento
Art. 1915. El arrendamiento es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado.
Características arrendamiento
Bilateral
Oneroso
Conmutativo
Principal
De tracto sucesivo
Título de mera tenencia
Consensual
Elementos contrato de arrendamiento
*capacidad régimen sociedad conyugal
Cosa cuyo goce debe proporcionar el arrendador al arrendatario.
Precio que el arrendatario debe pagar al arrendador por el goce de la cosa.
Obligaciones del arrendador
Art. 1924. El arrendador es obligado:
1º. A entregar al arrendatario la cosa arrendada;
2º. A mantenerla en el estado de servir para el fin a que ha sido arrendada;
3º. A librar al arrendatario de toda turbación o embarazo en el goce de la cosa arrendada.
Obligaciones del arrendatario
Pagar el precio del arrendamiento.
Usar la cosa de acuerdo a lo convenido en el contrato.
Conservar la cosa con el cuidado de un buen padre de familia.
Efectuar las reparaciones locativas.
Restituir la cosa al fin del arrendamiento.
Negativa del arrendador a recibir el pago de la renta
Pago por consignación.
Consignación especial ley 18101
Restitución de la cosa al fin del arrendamiento
*Mora del arrendatario de restituir
*restitucion ley 18101
Facultad de subarrendar
Solo si se ha concedido expresamente
*Ley 18101
-Oponibilidad de la sentencia
-juicio por falta de pago
Extinción del arrendamiento
Art. 1950. El arrendamiento de cosas expira de los mismos modos que los otros contratos, y especialmente:
1º. Por la destrucción total de la cosa arrendada;
2º. Por la expiración del tiempo estipulado para la duración del arriendo;
3º. Por la extinción del derecho del arrendador, según las reglas que más adelante se expresarán;
4º. Por sentencia del juez en los casos que la ley ha previsto.
Situación en que no hay plazo de duración del contrato de arrendamiento
Desahucio
*ley 18101
-mes a mes o indefinido
-plazo fijo 1 año
-expiración del tiempo
Tácita reconducción
- que la cosa arrendada sea un bien raíz
- que el arrendatario tenga la tenencia de la cosa arrendada
- aceptación pago
Obligados a respetar el contrato de arriendo
Art. 1962. Estarán obligados a respetar el arriendo:
1º. Todo aquel a quien se transfiere el derecho del arrendador por un título lucrativo;
2º. Todo aquel a quien se transfiere el derecho del arrendador, a título oneroso, si el arrendamiento ha sido contraído por escritura pública; exceptuados los acreedores hipotecarios;
3º. Los acreedores hipotecarios, si el arrendamiento ha sido otorgado por escritura pública inscrita en el Registro del Conservador antes de la inscripción hipotecaria.
El arrendatario de bienes raíces podrá requerir por sí solo la inscripción de dicha escritura.
Derecho legal de retención en arrendamiento
Arrendatario
Arrendador
Ley 18101