Condominio Flashcards
Condominio
Modalidad por la cual uno de los dueños de las unidades de propiedad exclusiva (condóminos) tienen pleno derecho de estas, con derechos de copropiedad sobre áreas comunes de un bien jurídicamente dividido.
Presupuestos
- Existencia de distintas Unidades Privativas (departamentos, viviendas, casas o locales).
- Que sean de apoderamiento independiente por tener salida propia a un lugar común o a la vía publica.
- Que pertenezcan a distintos propietarios.
Constitución escritura pública
- Voluntad de los propietarios de constituir el régimen.
- Descripción de las unidades privativas (Colindancias, medidas, superficies).
- Adecuación de zonas para personas con discapacidad.
- Tabla con valor nominal y porcentaje indiviso:
o Valor nominal: valor con el que se constituyó.
o Indiviso: D. De los condóminos sobre bienes comunes calculado proporcionalmente al valor de su unidad de propiedad privativa con relación al valor nominal del inmueble expresado en porcentajes. - Uso y características grales del condominio.
- Descripción de áreas y bienes comunes.
- Casos y condiciones en que pueda ser modificada la escritura constitutiva.
- Obligación de los condóminos de contratar póliza de seguro.
- Reglamento Interno del condominio.
Inscripción:
Registro Público de la propiedad de la CDMX. / Procuraduría Social de la CDMX.
Tipos
- Estructura: Vertical, horizontal, mixto.
- Uso: Habitacional, comercial o de servicios, Industrial, Mixto.
Unidades
Conjuntos Condominales: Agrupación de 2 o mas condominios construidos en un solo predio siempre que cada uno conserve para si areas de uso exclusivo, y a su vez existan areas de uso común para todos los condominios que integran el conjunto de referencia.
Unidad de Propiedad Privativa: Departamento vivienda, local, casas… Art 8-11 LCPI: Max 120.
Unidad de Uso Exclusivo a una Propiedad Privativa: Elementos que no sean areas y bienes de uso común sobre el cual el condominio tiene un d. de propiedad y de uso exclusivo, siempre que esté así establecido en la escritura constitutiva e Individual.
* Estacionamiento, cuarto de servicio, jaulas de tendido, lavaderos, ….
Amenidades
- Áreas y bienes de uso común: Aquellos que pertenecen en forma proindiviso a los condominios y su uso estará regulado por la ley, su reglamento, la escritura constitutivo y el Reglamento Interno.
o Terreno, cimientos, estructuras, muros de carga, fachadas, azoteas, sótanos, pórticos, galerías, puertas de entrada vestíbulos, corredores, escaleras, patios, elevadores áreas verdes. - Estacionamiento, cuarto de servicio, jaulas de tendido, lavaderos…:
o Área de uso común: Cualquiera puede usarlo
o Uso exclusivo: Enumerados
o Comunidad Privativa.
o Mixto: Todos comunes pero ciertos exclusivos.
Modificación y extinción
- Mediante Asamblea Gral. Extraordinaria.
o Quórum de Asistencia: Mayoría simple.
o Quórum de Votación: Mínimo de votos que represente el 75% del valor total del condominio.
Destrucción
- Si es + del 35%: Asamblea Gral. Extraordinaria puede elegir:
o Reconstruir las partes comunes o venta.
o Extinción total del régimen.
Demolición. Y venta de los materiales. - Requisitos:
o Quórum de asistencia: mayoría simple.
o Quórum de votación: 75% del valor total
Administración
Persona Física o Moral designada por la Asamblea Gral.
* Duración: 1 año (Se puede prolongar).
* Llevar el libro de actas.
* Cuidar y proteger los bienes del condominio.
* Recabar la documentación del condominio.
* Recabar los fondos de las cuotas.
* Mantener la paz entre los condóminos.
Asamblea Gral. de Condominio
Órgano Max del Condominio.
* Ordinarias: Trimestralmente, estado que guarda la administración.
- Extraordinarias: Modificación o extinción del régimen, cualquier asunto urgente.
- Quórum de instalación:
o 1ª Convocatoria: Asistencia del 75% de los condóminos (de los presentes).
Plazo: 30 min
o 2ª Convocatoria: Mayoría simple de los condóminos.
Plazo: 30 min
o 3ª Convocatoria: Condóminos que asistan (quórum de instalación). - Resoluciones:
o Serán por mayoría simple (50%+1).
o Cada condominio tiene el mismo número de votos igual al porcentaje de indiviso.
Comite de vigilancia
2-5 condóminos que actúan colegiadamente.
* Duración: 1 año.
* Cerciorarse que el Admin cumpla obligaciones.
* Supervisar las funciones del admin.
* Dar cuanta a la asamblea de las observaciones de la administración del condominio.
Cuotas
Importe se establecerá distribuyendo los porcentajes de indiviso a las cuotas.
* Ordinarias:
o Fondo de Administración y Mantenimiento: Gasto y mantenimiento de areas comunes.
o Fondo de Reserva: Obras y Mantenimiento, servicios, materiales, mano de obra.
* Extraordinarias: Cuando no alcanza para gastos ordinarios.
* Incumplimiento: Intereses Moratorios no excederán del 9% anual.
o Multa: 10-100 veces la Unidad de Medida y Actualización (96.22-9622).