Clasificaciones de las obligaciones Flashcards
¿Cómo se distinguen y asimilan las obligaciones civiles y naturales?
Las obligaciones naturales, a diferencia de las civiles, no otorgan una acción para exigir su cumplimiento pero ambas confieren la excepción para retener lo dado o pagado en razón de ellas
¿Cuáles son obligaciones naturales? ¿en qué artículo se dice?
son 4
1470
1º. Las contraídas por personas que teniendo suficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo, incapaces de obligarse según las leyes, como los menores adultos;
2º. Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción;
3º. Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige para que produzcan efectos civiles; como la de pagar un legado, impuesto por un testamento que no se ha otorgado en la forma debida;
4º. Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba.
¿Qué preguntas surgen de una lectura del 1470 nº1?
1º. Las contraídas por personas que teniendo suficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo, incapaces de obligarse según las leyes, como los menores adultos;
En su primera hipótesis, plantea la pregunta ¿qué hipótesis abarca?
menores adultos
Disipadores
Desde cuándo las obligaciones son naturales?
Se suele responder desde la literalidad del 1470, es decir, son naturales desde el momento en que se contraen, i.e desde que se forma el consentimiento (dice contraídas)
¿Qué preguntas surgen de una lectura del 1470 nº2?
2º. Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción
¿cómo persiste una obligación si hay prescripción?
La prescripción parece afectar a las acciones, no las obligaciones. Las obligaciones pasan de ser civiles a naturales a través de la prescripción
desde que momento es natural ¿desde que se declara la prescripción o desde que transcurre el lapso de tiempo?
si es desde la declaración, entonces se confundiría con la renuncia a la prescripción. Es decir, sería igual pensar que requiere declaración a pensar que hay renuncia tácita cuando no la ejerzo
¿Qué preguntas surgen de una lectura del 1470 nº3?
3º. Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige para que produzcan efectos civiles; como la de pagar un legado, impuesto por un testamento que no se ha otorgado en la forma debida;
tercera hipótesis: ¿aplica únicamente a actos unilaterales o también a actos bilaterales?
Unilaterales
¿Qué preguntas surgen de una lectura del 1470 nº4?
4º. Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba.
cuarta hipótesis: si no pdo probar existencia de la obligación, dps me pagan, puedo retener lo pagado?
Sí
¿Son taxativos estos numerales?¿Existen otras hipótesis de obligaciones naturales?
numerales del 1470
Claro solar: Parecen existir otras obligaciones naturales, en el marco de los contratos aleatorios, específicamente en los juegos de azar que importen destreza intelectual
¿La obligación natural puede ser caucionada? ¿según qué artículo?
Sí (1472)
¿Qué son las cauciones? ¿de qué tipo pueden ser?
forma para garantizar ell cumplimiento de las obligaciones
pueden ser personales/reales
personal → responde una persona patrimonialmente
real → dice relación con una cosa
¿cuál es la distinción entre obligaciones de medio y de resultado?
Obligaciones de resultado → Deudor se obliga directamente a la consecución de un resultado en específico. Interés del acreedor integra contenido de la obligación
Obligación de medio→ Deudor se obliga a un determinado estándar de diligencia para que, idealmente, alcance el resultado. No se obliga a la verificación de un resultado en específico.
¿Cuál es el nivel de diligencia a que obligan las obligaciones de medio?
3 criterios:
1. Autonomía de la voluntad
2. Verificación de la regla especial (Establecimiento de culpa distinto del ordinario e.g 2129 –> mandatario)
3. Regla general (art 1547 inc 1º CC)
¿Cuál es el nivel de diligencia a que obligan las obligaciones de medio?
3 criterios:
1. Autonomía de la voluntad
2. Verificación de la regla especial (Establecimiento de culpa distinto del ordinario e.g 2129 –> mandatario)
3. Regla general (art 1547 inc 1º CC)
¿Cuál es, por regla general, el nivel de diligencia a que obligan las obligaciones de medio? ¿Dónde se establece?
Art 1547
para determinar el grado de culpa, hay que distinguir en la naturaleza del contrato.
Gratuito en beneficio del acreedor → culpa grave → diligencia mínima
Oneroso → culpa leve → diligencia media
Gratuito en beneficio del deudor → culpa levísima → diligencia máxima
Art. 1698
Incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta
¿a qué ayuda la distinción de obligación de medios y de resultado? (relevancia)
4 cuestiones
- Para saber cuándo una obligación se entiende cumplida
- Para determinar cuándo hay incumplimiento en la obligación
- Para determinar la carga de la prueba de la culpa en materia de responsabilidad civil
- Determina las formas de exonerarse de responsabilidad
¿Cuándo estamos frente a la hipótesis de incumplimiento en las obligaciones de medio y de resultado?
Resultado → incumplida cdo no se observa resultado
medio → cuando no se verifica el nivel de diligencia exigido
esto ocurre cdo deudor actúa con culpa o dolo.
¿quién debe probar la culpa?
1698 RG: el que la alega
Obligaciones de medio: 1547 inc 3 → presunción → la prueba de la diligencia o cuidado incumbe al que ha debido emplearlo (el deudor)
EXCEPCIÓN AL 1698
Obligaciones de resultado:
sistema de responsabilidad estricta
se presume de derecho la culpa del deudor salvo excepciones
¿Cuáles son las formas de exonerarse de responsabilidad en las obligaciones de medio y resultado?
medio
Puede exonerarse el deudor cuando acredite:
Su debida diligencia (ausencia de culpa)
caso fortuito (45 CC imprevisto imposible de resistir)
algunos agregan externalidad
Resultado
debe responde SOS, sin embargo, va a tener una opción para exonerarse de responsabilidad:
caso fortuito
¿Cuáles son los criterios para discriminar entre obligaciones de medio y de resultado?
Son 5
- atendiendo al interés primario del acreedor: ¿es razonable esperar que el deudor cumpla íntegramente con el interés primario del acreedor?
- Economía del contrato: Condiciones económicas que los contratantes tienen a la vista al momento de contratar (por ejemplo un precio más alto podría ser un indicio de que la obligación es de resultado)
- carácter aleatorio del contrato
- Mayor o menor determinación del deudor (más específica= más posiblemente de resultado)
- otros criterios menos importantes: (profesiones liberales, rol activo o pasivo del acreedor (más pasivo –> resultado))
¿Cuáles son las obligaciones con pluralidad de sujetos?
tipos de …
- obligaciones simplemente conjuntas;
- solidarias e;
- indivisibles
¿Cuáles son los tipos de solidaridad?
Activa: pluralidad de acreedores
Pasiva: pluralidad de deudores
Mixta: Pluralidad de ambos
¿Qué ventaja tiene para el o los acreedores la solidaridad pasiva?
Cumple gunciones de garantía al multiplicar el derecho de prenda general
¿Qué efectos tiene la solidaridad pasiva en la extinción de la obligación?
De qué es dueño cada acreedor y qué ocurre si remite la deuda
Para los efectos de la extinción, cada acreedor se reputa dueño del crédito: En principio cada acreedor puede cobrar la totalidad del crédito e incluso disponer de ella
Si se remite la deuda (condona), el deudor queda liberado de la deuda pero se configuran obligaciones entre los coacreedores como consecuencia
¿Qué características tiene la solidaridad pasiva?
cdo c verifica,obligac, demanda, objeto, dsitinción, extinción, renuncia
- Pluralidad de deudores
- Cada uno de ellos está obligado al total de la deuda
- El acreedor puede demandar al que quiera o a todos
- Lo que se debe es la misma prestación pero puede ser en distintas modalidades
- Debe ser distinguida de la fianza
- Se extingue por renuncia o muerte de un codeudor
- La renuncia se hace por el acreedor, pudiendo ser respecto de uno o todos los codeudores
¿Cómo se extingue la solidaridad pasiva?
- Por la muerte de uno de los codeudores: en cuyo caso la obligación del muerto se transforma en conjunta
- Por la renuncia por parte del acreedor (puede ser expresa o tácita, total o parcial)
- Modos de extinguir las obligaciones que no signifiquen un sacrificio económico para el deudor que la extingue (como la prescripción extintiva)
Una vez pagada la deuda ¿Qué ocurre entre los deudores?
En la solidaridad pasiva
Debe distinguirse:
1. Si el modo de extinguir la obligación significó un sacrificio económico (si no es así, se extingue)
2. Si quien pagó tenía o no interés en la obligación principal: si es así, hay subrogación entre el deudor que pagó y el acreedor a quién pagó (sin solidaridad). Si no es así, también hay subrogación pero por el total de la deuda y con solidaridad
Si pedro, juan y diego son codeudores solidarios por 30 pesos y diego paga los 30 pesos ¿Cómo quedan las relaciones después del pago?
Existe subrogación entre Diego y su acreedor.
Si Diego tenía interés en la prestación principal, puede cobrar el monto total menos su parte.
En cambio, si no lo tenía, puede cobrar el monto total a pedro y juan, con solidaridad.
¿Cuáles son algunos de los tipos de garantía personal?¿Cómo se distinguen?
La solidaridad pasiva y la fianza
Se distinguen en que:
La fianza es una obligación subsidiaria i.e debe pagar cuando el deudor principal no lo hace, en cambio el codeudor solidario es un deudor principal para todos los efectos
El fiador tiene dos excepciones: el beneficio de excusión y de división, que no es el caso de la solidaridad pasiva que, sin embargo, dispone de las excepciones reales y personales
¿Cómo se distingue la solidaridad pasiva de la fianza?
El fiador dispone de dos beneficios
Excusión: en virtud del cual puede exigir al acreedor dirigirse primero contra su deudor principal y sólo subsidiariamente contra él
División: Si son varios fiadores, el acreedor sólo podrá demandar a cada uno por su cuota o parte
¿Cuándo se verifica la indivisibilidad?
Cuando la prestación es indivisible. i.e no es susceptible de división ni física ni intelectual (sin ser desvirtuado)
EJs de indivisibilidad
obligación de conceder servidumbre de tránsito
Obligación de construir una casa
¿Cuáles son excepciones a la divisibilidad?
acción,
- La acción prendaria o hipotecaria
- Hipotesis en que se deba entregar una especie o cuerpo cierto
- Se sitúa en la hipotesis de que habiendo pluralidad de deudores, el cumplimiento se hace imposible por hecho o culpa de uno de ellos.
- Cdo testamento impone obligaicón a uno de los herederos de pagar el total de una deuda
- Si se debe una cosa que, de ser dividida, causaría grave perjuicio al acreedor
- Obligaicones alternativas
¿Cómo difiere la solidaridad de la indivisibilidad?
- la indivisibilidad se transmite a los herederos
- La solidaridad pasiva es una garantía, la indivisibilidad no
- El coacreedor de la obligación indivisible no se reputa dueño
¿cómo se relacionan los tipos de elementos de un contrato con las obligaciones a plazo y condición?
Suelen ser elementos accidentales.
Hay excepciones como el contrato de promesa (plazo es esencial)
¿Qué es la condición?
un hecho futuro e incierto del que depende el nacimiento o extinción de una obligación
¿Cuáles son algunas de las clasificaciones de obligaciones?
Suspensivas/resolutoria (ordinaria/tácita/pacto comisorio)
Potestativas/casuales/mixtas
Positiva/negativa
¿En qué consiste la distinción entre condiciones potestativas/casuales y mixtas?¿Cuál es su relevancia?
Potestativas: dependen de la voluntad del acreedor o deudor
Casuales: dependen de la voluntad de un tercero o un acaso
Mixtas: dependen en parte de una y en parte de otra
Potestativas: pueden ser meramente potestativas (dependen de la mera voluntad o capricho del acreedor o deudor) o simplemente potestativas (dependen de un hecho voluntario del acreedor o deudor)
La relevancia es que las meramente potestativas que dependen de la mera voluntad del deudor son nulas
¿Qué otras características tiene la distinción entre condiciones resolutorias y suspensivas?
1. respecto de las partes. 2 nacimiento del dcho
Es relativa; para una parte puede ser suspensiva y para la otra resolutoria
Suspensivas: hasta el momento en que se verifique el hecho, no hay derecho. EL acreedor condicional no es propiamente un acreedor
¿Cuáles son los momentos en q se encuentra la condició suspensiva?
Pendiente
Cumplida
Fallida
¿Qué características tiene la condición suspensiva pendiente?
Aún no se ha verificado el hecho y se espera que se verifique
Aún no hay derecho subjetivo, por lo que:
1. no se puede exigir el cumplimiento de la obligación
2. SI se paga, se puede exigir la restitución de lo pafado
3. Todavía no empiezan a correr los plazos de la prescripción
4. No opera la compensación
5. Se pueden impetrar medidas conservativas
6. Puede trasnmitirse el derecho sujeto a condición
¿Qué características y efectos tiene la condición suspensiva fallida?
Si es Negativa: es fallida si el hecho en cuestión ocurre
si es positiva: cabe distinguir entre condición determinada e indeterminada
Determinada: si no ocurre dentro del plazo
Indeterminada: Historia fidedigna del establecimiento del CC. plazo máximo de prescripción.
Efectos:
No se puede exigir el cumplimiento
Caducan las garantías
Cualquier enajenación producida se consolida
¿Qué características y efectos tiene la condición suspensiva cumplida?
Rige principio general en materia de interpretación de contratos del 1560 y 1483:
La condición debe ser cumplida del modo que las partes han probablemente entendido que lo fuese, y se presumirá que el modo más racional de cumplirla es el que han entendido las partes.
¿El cumplimiento de la condición suspensiva produce efectos retroactivos?
Hay dos posiciones:
1. Alessandri: si tiene efectos retroactivos: 1486 –> al recibir la cosa, aprovechamos sus mejoraas y sufrimos sus disminuciones –> nos hacemos cargo del pasado
2. Somarriva: no tiene.
3. Código: combina retroactividad e irretroactividad. No tiene una posición tajante