Capítulo 1: Sistema de justicia criminal Flashcards
Estructura parte de principios.
- Principios del sistema.
- Garantías o principios penales.
- Técnicas procesales.
- Directrices de persecución penal.
¿Cuáles son los principios del sistema procesal penal?
- Principio acusatorio.
- Principio del debido proceso.
Principio acusatorio.
A. Concepto.
“Este postulado señala que las funciones fundamentales del proceso penal deben ser ejercidas por órganos diversos, desempeñando cada uno de ellos un rol específico de máxima relevancia.”
B. Actores del sistema.
a) Ministerio público.
-Investigación criminal.
-Ejercicio y sostenimiento de la acusación penal.
b) Abogado defensor. Privado o Institucional.
-Ejercicio de los derechos y garantías del imputado.
c) Tribunal penal.
-Control jurídico de la actuación de los intervinientes.
-Decisión del conflicto de relevancia jurídica.
-Máxima expresión del principio dispositivo.
Principio del debido proceso
A. Concepto.
a) Doctrinal.
“Es un DDFF de carácter adjetivo y genérico que se traduce en la obligación estatal de proporcionar a los intervinientes condiciones legítimas, adecuadas y oportunas para solucionar el conflicto jurídico penal a través de un mecanismo jurisdiccional.”
b) Legal.
“que toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado, correspondiendo al legislador establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos.”
Sub-principios que conforman el debido proceso
- Independencia e imparcialidad.
- Derecho al juicio previo.
- Principio contradictorio o adversarial.
- Principio de la inmediación.
- Derecho a la defensa.
- Derecho a la igualdad procesal.
- Principio de publicidad.
- La libre y racional valoración de la prueba.
- Principio de la fundamentación de las decisiones.
- Principio de la celeridad.
- Principio de la proporcionalidad.
- Principio de la eficiencia y eficacia.
- Derecho a deducir recursos.
- Independencia e imparcialidad.
0. Esquema.
Según C.S. la garantía de imparcialidad comprende:
-Independencia.
-Imparcialidad.
-Derecho al juez natural.
A. Independencia.
a) Concepto. “Atendida la estricta asignación de roles que contempla el sistema, los tribunales penales, unipersonales o colegiados, deben actuar y decidir con independencia (interna y externa), sin pretender favorecer o perjudicar a las partes.”
b) Dimensiones.
- Interna.
- Externa.
B. Imparcialidad.
a) Concepto. “falta de designio
anticipado o de prevención a favor o en contra de alguien o algo, que permite juzgar o proceder con rectitud”.
b) Vulneración a la imparcialidad.
- Implicancia.
- Recusación.
C. Derecho al juez natural.
a) Concepto. “entendiendo por tal aquel que se encuentra establecido previamente por la ley, que ésta lo haya investido de jurisdicción y de competencia con anterioridad al hecho motivador de la actuación o proceso judicial.”
b) Aspectos.
- Positivo: derecho al juez natural.
- Negativo: Prohibición de constituir comisiones especiales.
- Derecho al juicio previo.
A. Concepto legal.
“Toda persona tiene el derecho a ser juzgada criminalmente en un juicio oral y público, de modo que la decisión de absolución o condena sea el necesario resultado de ese juicio previo”
B. Casos de juzgamiento parcial.
- Juicio simplificado.
- Procedimiento abreviado.
- Principio contradictorio o adversarial.
A. Concepto.
“Este postulado plantea la necesidad de entregar a los contendientes todas las posibilidades y oportunidades para controvertir, argumental y probatoriamente, los planteamientos de la contraria.”
B. Vulneración.
- Motivo absoluto de nulidad.
- Principio de inmediación.
A. Concepto.
“Impone al tribunal la obligación de decidir de acuerdo con las impresiones personales que obtenga del acusado y de los medios de prueba rendidos en el juicio”
B. Aspectos.
- Material. El tribunal debe extraer los hechos de la fuente, por sí mismo, sin utilizar equivalente probatorio alguno.
- Formal. El tribunal que dicta la sentencia debe observar por sí mismo la recepción de la prueba.
C. Vulneración.
- Nulidad del juicio.
D. Excepciones.
a) Prueba anticipada.
b) Reproducción de declaraciones anteriores.
c) Lectura en apoyo de memoria.
d) Declaraciones de peritos.
- ADN, psicotrópicos o estupefacientes.
- Fallecimiento o incapacidad sobreviniente.
- Derecho de defensa.
A. Concepto.
“Derecho a reaccionar frente a un ataque previo, de carácter jurídico, que específicamente en el proceso penal está constituido por la imputación o atribución a una persona determinada de la comisión de un hecho presuntamente delictivo”
B. Clases.
- Material. Facultad que asiste al
propio imputado/a penal para efectuar alegaciones que beneficien sus intereses
- Técnica. Se refiere a la asesoría letrada y especializada, dirigida a favorecer su posición jurídica.
C. Declaración del imputado.
- Oportunidad. Durante todo el procedimiento y en cualquiera de sus etapas la persona imputada tendrá siempre derecho a prestar declaración, como un medio de defensa de la imputación que se le dirigiere
- Medidas de resguardo. (Ante policía, fiscal, o tribunal)
D. Faz negativa. “Derecho a guardar silencio”.
E. Renuncia de derechos
a) A guardar silencio.
b) A contar con asistencia letrada.
F. Vulneración.
- Sólo si es trascendente es causal del R. de nulidad.
- Derecho a la igualdad procesal.
A. Concepto.
“Significa paridad de oportunidades y de audiencia”
B. Vulneración.
- Si la afectación es sustancial, puede alegarse nulidad.
C. Problema con el sujeto protegido por el R. Nulidad.
- ¿Puede el MP alegar nulidad por vulneración al principio de igualdad procesal?
a) Doctrina A: No se puede, porque la vulneración va indisolublemente unida a los excesos del MP.
b) Doctrina B: Se puede, excepcionalmente, y sólo en etapa de juicio.
- Principio de publicidad.
A. Concepto.
“Por regla general los actos de la investigación y del procedimiento son públicos, en especial respecto de los intervinientes, salvo hipótesis de reserva o limitación de publicidad autorizada legalmente”
B. Clases de actos.
a) Decisiones. Ministerio público y tribunales.
b) Audiencias.
c) Registros judiciales.
- Regla general. Públicos.
- Excepciones. Cuando la publicidad afecte (1) la normal substanciación del juicio o (2) la presunción de inocencia.
C. Vulneración.
- Nulidad del juicio y de la sentencia.
- Libre valoración racional de la prueba.
A. Libertad de medios.
- Concepto: “consiste en que todos los hechos y circunstancias relevantes
para la adecuada solución del caso penal pueden ser probados por cualquier medio producido e incorporado de conformidad con la ley”
B. Admisión probatoria.
- Concepto: “en principio, todos los
elementos de convicción lícitos, pertinentes y necesarios ofrecidos por las partes, para ser rendidos en juicio, deben ser admitidos por el Juez/a de Garantía en la audiencia de preparación e incluidos en el auto de apertura”
C. Libertad de valoración.
- Concepto: “los Tribunales apreciarán la prueba con libertad, pero sin contradecir los parámetros de racionalidad, vale Decir, las reglas de la lógica, los conocimientos científicos afianzados y las máximas de la experiencia”
- Principio de fundamentación de las decisiones.
A. Concepto.
“jueces y juezas están obligados/as a fundar sus decisiones, expresando los motivos de hecho y de derecho en que se sustentan.”
B. Elementos del juzgamiento.
a) Fáctico. Implica (1) valoración de toda la prueba rendida, (2) fundar su valoración y (3) señalar que hechos se tendrán por probados.
b) Jurídico.
C. Derecho a una sentencia razonable y congruente.
- Razonable: “Aquella carente de (1) contradicciones internas o (2) errores lógicos”
- Congruente: “Se pronuncia sólo sobre lo que solicitan las partes y nada más.”
D. Vulneración.
El incumplimiento de esta garantía es motivo de impugnación de la decisión infundada o inmotivada, a través del recurso de nulidad.
- Principio de celeridad.
A. Concepto.
“supone que los procesos judiciales deben iniciarse y completarse en un plazo razonable”
B. Razonabilidad del plazo. Depende de:
a) Complejidad del asunto.
b) Actividad procesal del interesado.
c) Conducta de las autoridades judiciales.