Unidade 2 Flashcards
Artículo 13
Son delitos los hechos punibles cuya sanción legal sea pena privativa de libertad de hasta cinco años, o multa.
Diferencie delito penal de civil ?
Civil: Es todo ilícito cometido por una persona y atañe a su responsabilidad civil.
Penal: Que además se encuentra tipificado y castigado por la ley penal
Delito doloso
es aquel que se comete con conciencia, es decir, el autor quiso hacer lo que hizo. Ejemplo.
Delito culposo
donde la falta se produce a partir de no cumplir ni respetar la obligación de cuidado
Delito por comisión
por su parte, se produce a partir del comportamiento del autor
Delito por omisión
es fruto de una abstención.
El art. 284 del Código Procesal Penal
Toda persona que tenga conocimiento de un hecho punible de acción pública, podrá denunciarlo ante el Ministerio Público o la Policía Nacional
el artículo 117 del CP
En la Omisión de Auxilio
se protege a la persona que se encuentra en un estado de peligro de muerte o lesión considerable. El peligro debe ser manifiesto, perceptible y cognoscible para la generalidad de las personas, no siendo necesario que se produzca el resultado de muerte.
Imprudencia
La imprudencia es entendida como falta de tacto, de mesura, de la cautela, precaución, discernimiento y buen juicio debidos, por parte del profesional de la salud.
Artículo 17 Código de Ética Médico
Es absolutamente obligatorio para todo Médico; en casos de comprobada imposibilidad, atender un llamado en los casos siguientes:
1. Cuando se trate de un accidente o de un caso de urgencia.
2. Cuando no hubiere otro profesional en la localidad.
3. Cuando el llamado provenga de un enfermo a quien se está atendiendo.
4. Cuando se trate de otro Médico, la esposa, los padres, los hijos, hermanos menores y los mayores de edad incapacitados bajo su protección
Artículo 76 Código de Ética Médico
Es deber del Médico, salvo causas debidamente justificadas, prestar su colaboración desinteresada a la acción comprendida por las autoridades competentes destinadas a proteger la salud de la población.
Artículo 302.
Las sanciones que establece esta Ley son: amonestación, multa, decomiso, clausura, suspensión y cancelación de registro, las que serán aplicadas por el Ministerio atendiendo a las circunstancias especiales de cada caso conforme a lo establecido en este TITULO.
Artículo 307
Los profesionales, técnicos y auxiliares en ciencias de la salud serán pasibles de suspensión por un plazo no mayor de 6 meses o la cancelación del registro por un término no mayor de 3 años, cuando los mismos rehuyan prestar sus servicios a un enfermo o lo abandone habiendo estado bajo su cuidado o por su negligencia sean responsables de la muerte o incapacidad de su paciente
DEONTOLOGIA MEDICA.
Es el conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar y guiar la conducta profesional del médico o la médica.
Art. 147.
Revelación de un secreto de carácter privado
1º El que revelara un secreto ajeno:
1. llegado a su conocimiento en su actuación como, médico, dentista o farmacéutico; abogado, notario o escribano público, defensor en causas penales, auditor o asesor de Hacienda; ayudante profesional de los mencionados anteriormente o persona formándose con ellos en la profesión;
2. respecto del cual le incumbe por ley o en base a una ley una obligación de guardar silencio, será castigado con pena privativa de libertad de hasta un año o con multa.