Tema 5 Flashcards
Señale el ámbito de aplicación de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (THAC acceso libre 2002)
El artículo 2 de la Ley 39/2015 dicta que ésta se aplica al sector público, que comprende:
- la Administración General del Estado,
- las Administraciones de las Comunidades Autónomas,
- las Entidades que integran la Administración Local
- el sector público institucional:
a) Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas.
b) Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas.
C) Las Universidades públicas, que se regirán por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de esta Ley.
Composición, régimen de funcionamiento y atribuciones de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios. (THAC acceso libre 2006)
El artículo 8 de la Ley 50/1997 regula la Comisión General de Secretario de Estado y Subsecretarios y establece:
1) La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios estará integrada por los titulares de las Secretarías de Estado y por los Subsecretarios de los distintos Departamentos Ministeriales.
2) La Presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios corresponde a un Vicepresidente del Gobierno o, en su defecto, al Ministro de la Presidencia. La Secretaría de la Comisión será ejercida por quien se determine reglamentariamente.
3) Las reuniones de la Comisión tienen carácter preparatorio de las sesiones del Consejo de Ministros. En ningún caso la Comisión podrá adoptar decisiones o acuerdos por delegación del Gobierno.
4) Todos los asuntos que vayan a someterse a aprobación del Consejo de Ministros deben ser examinados por la Comisión, excepto aquéllos que se determinen por las normas de funcionamiento de aquél.
La avocación: concepto, órganos que pueden avocar. Requisitos. Régimen de recurso. (Gestión Hacienda 1993 y 2000):
La avocación se regula en el artículo 10 de la Ley 40/2015:
1) Los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda a sus órganos administrativos dependientes cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
En los supuestos de delegación de competencias en órganos no jerárquicamente dependientes, el conocimiento de un asunto podrá ser avocado únicamente por el órgano delegante.
2) La avocación se realizará mediante acuerdo motivado que deberá ser notificado a los interesados en el procedimiento con anterioridad a la resolución final que se dicte. Contra el acuerdo de avocación no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el recurso que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento.
Señale las competencias de los órganos de las Administraciones Públicas que en ningún caso son susceptibles de delegación en su ejercicio. (Gestión Catastral 2000; TAC 2003)
Se recogen en el artículo 9.2 de la Ley 40/2015 y son las siguientes:
a) Los asuntos referidos a la Jefatura del Estado, Presidencia del Gobierno de la Nación, Cortes Generales, Presidencias de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.
b) La adopción de disposiciones de carácter general
c) La resolución de recursos en los órganos administrativos que hayan dictado los actos objeto de recurso.
d) Las materias en que así se determine por una norma con rango de ley.
Indique en qué consisten las figuras de delegación de firma, la suplencia y la encomienda de gestión. (THAC acceso libre 2004)
-La delegación de firma se regula en el artículo 12 de la Ley 40/2015 que se expresa:
Los titulares de los órganos administrativos podrán, en materia de su propia competencia, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan […]
- La suplencia, el artículo 13 de la misma Ley dicta que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquellos.
- La encomienda de gestión, regulada en el artículo 11 de la Ley 40/2015, consiste en la encomienda de la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de derecho público a otros órganos o Entidades de la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su realización.
- En relación con la delegación de competencias regulada en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indique: (THAC acceso libre 2006)
a. ) Dónde han de publicarse las delegaciones de competencias.
b. ) Competencias que no pueden ser objeto de delegación.
c. ) Sujetos facultados para revocar las competencias y momento para hacerlo.
a.) Dónde han de publicarse las delegaciones de competencias.
El artículo 9.3 de la Ley 40/2015 establece que deberán de publicarse en el B.O.E., en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a la que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de la competencia de éste.
b.) Competencias que no pueden ser objeto de delegación.
Se recogen en el artículo 9.2 de la Ley 40/2015 y son las siguientes:
a) Los asuntos referidos a la Jefatura del Estado, Presidencia del Gobierno de la Nación,
Cortes Generales, Presidencias de los Consejos de Gobierno de las Comunidades
Autónomas y Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.
b) La adopción de disposiciones de carácter general
c) La resolución de recursos en los órganos administrativos que hayan dictado los actos
objeto de recurso.
d) Las materias en que así se determine por una norma con rango de ley.
c.) Sujetos facultados para revocar las competencias y momento para hacerlo.
El artículo 9.6 de la misma Ley establece que la el órgano que ha conferido la delegación
podrá revocarla en cualquier momento.
La competencia en los órganos de las Administraciones Públicas, según el artículo 12 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. (TAC 2006; THAC promo interna 2011)
El artículo 8 de la Ley 40/2015 establece la siguiente regulación:
1) La competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en ésta u otras leyes.
La delegación de competencias, las encomiendas de gestión, la delegación de firma y la suplencia no suponen alteración de la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén.
2) La titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquéllos en los términos y con los requisitos que prevean las propias normas de atribución de competencias.
3) Si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio. Si existiera más de un órgano inferior competente por razón de materia y territorio, la facultad para instruir y resolver los expedientes corresponderá al superior jerárquico común de estos.
Enumere los requisitos exigibles para la creación de cualquier órgano administrativo, según la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (THAC acceso libre y promo interna 2012)
El artículo 5.2 de la Ley 40/2015 establece que la creación de cualquier órgano administrativo exigirá:
a) La determinación de su forma de integración en la Administración Pública de que se trate en cada caso y su dependencia jerárquica
b) Delimitación de sus funciones y competencias
c) Dotación de los créditos necesarios para su puesta en marcha y funcionamiento
Clasificación de los organismos públicos según la LOFAGE. Para cada uno de ellos indicar sucintamente régimen de contratación e impugnación de sus actos. (Gestión Hacienda 1997)
Los Organismos públicos se clasifican en:
a) Organismos autónomos: su contratación se rige por las normas generales de Contratación de las Administraciones Públicas. Sus actos y resoluciones son susceptibles de los recursos administrativos previstos en la Ley 39/2015.
b) Entidades públicas empresariales: la contratación de las entidades públicas empresariales se rige por las previsiones contenidas al respecto en la legislación de contratos de las Administraciones públicas. Contra los actos dictados en el ejercicio de potestades administrativas por las entidades públicas empresariales caben los recursos administrativos previstos en la Ley 39/2015.
c) Agencias Estatales, que se regirán por su propia normativa.
Indique los requisitos necesarios para la creación de Organismos Públicos en la Ley 6/1997, de 14 de abril, LOFAGE. (THAC acceso libre 2004)
El artículo 91 de la Ley 40/2015 establece que:
- La creación de los organismos públicos se efectuará por Ley.
- La Ley de creación establecerá:
a) El tipo de organismo público que crea, con indicación de sus fines generales, así como
el Departamento de dependencia o vinculación.
b) En su caso, los recursos económicos, así como las peculiaridades de su régimen de
personal, de contratación, patrimonial, fiscal y cualesquiera otras que, por su naturaleza, exijan norma con rango de Ley.
- El anteproyecto de ley de creación del organismo público que se eleve al Consejo de Ministros deberá ser acompañado de una propuesta de estatutos y de un plan inicial de actuación, junto con el informe preceptivo favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que valorará el cumplimiento de lo previsto en este artículo.
Señale como clasifica a los Organismos Públicos la ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, y que dispone sobre la adscripción de los mismos.(THAC acceso libre 2007, TAC 2011)
Clasifica los Organismos Públicos en Organismos Autónomos, Entidades Públicas Empresariales y Agencias Estatales.
- Los Organismos Autónomos dependen de un Ministerio, -las Entidades Públicas Empresariales de un Ministerio o de un Organismo Autónomo
- y, finalmente, las Agencias Estatales se adscriben al Ministerio que ejerza la iniciativa de su creación.
Contenido de los Estatutos de los Organismos Autónomos y de las Entidades Públicas Empresariales. (TAC 2007)
De acuerdo con el artículo 93 de la Ley 40/2015, los estatutos de los organismos públicos estatales regularán, al menos:
a. Las funciones y competencias del organismo, con indicación de las potestades administrativas que pueda ostentar.
b. La determinación de su estructura organizativa, con expresión de la composición, funciones, competencias y rango administrativo que corresponda a cada órgano. Asimismo se especificarán aquellos de sus actos y resoluciones que agoten la vía administrativa.
c. El patrimonio que se les asigne y los recursos económicos que hayan de financiarlos.
d. El régimen relativo a recursos humanos, patrimonio, presupuesto y contratación.
e. La facultad de participación en sociedades mercantiles cuando ello sea imprescindible
para la consecución de los fines asignados.
Los estatutos de los organismos públicos se aprobarán por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta conjunta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y del Ministerio al que el organismo esté vinculado o sea dependiente.
Los estatutos deberán ser aprobados y publicados con carácter previo a la entrada en funcionamiento efectivo del organismo público.
Clasificación de los Organismos públicos de la Administración General del Estado. Indique la adscripción de los mismos y a quién corresponde la dirección estratégica y la evaluación y el control de los resultados. (THAC acceso libre 2014)
Se clasifican en:
- Organismos Autónomos: dependen de un Ministerio y su dirección estratégica y
evaluación y control de los resultados corresponde a dicho Ministerio - Entidades públicas empresariales: dependen de un Ministerio o un Organismo Autónomo y su dirección estratégica y evaluación y control de los resultados
corresponde a dicho Ministerio u Organismo Autónomo. - Agencias Estatales: su dirección estratégica y evaluación y control de los resultados
corresponde al Ministerio que ejerza la iniciativa de su creación, al cuál se encontraran adscritas.
Las Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos: su naturaleza y régimen jurídico.
Los Organismos autonomos y las Entidades publicas estatales
Las Agencias Estatales son entidades de Derecho Público, dotadas de personalidad jurídica pública, patrimonio propio y autonomía en su gestión, facultadas para ejercer potestades administrativas y que son creadas por el Gobierno para el cumplimiento de los programas correspondientes a las políticas públicas que desarrolle la AGE en el ámbito de sus competencias.
El artículo 98 dicta que los organismos autónomos son entidades de derecho público, con personalidad jurídica propia, tesorería y patrimonio propios y autonomía en su gestión, que desarrollan actividades propias de la Administración Pública, tanto actividades de fomento, prestacionales, de gestión de servicios públicos o de producción de bienes de interés público, susceptibles de contraprestación, en calidad de organizaciones instrumentales diferenciadas
y dependientes de ésta.
Por su parte el art. 103, define las entidades públicas empresariales como entidades de
Derecho público, con personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía en su gestión, que se financian mayoritariamente con ingresos de mercado y que junto con el ejercicio de potestades administrativas desarrollan actividades prestacionales, de gestión de
servicios o de producción de bienes de interés público, susceptibles de contraprestación.
El cómputo de los plazos en los procedimientos gestionados electrónicamente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. THAC acceso libre 2010 y 2013)
- Los registros electrónicos se regirán a efectos de cómputo de los plazos imputables tanto a los interesados como a las Administraciones Públicas por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible.
- Los registros electrónicos permitirán la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones todos los días del año durante las veinticuatro horas.
- A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles o naturales, y en lo que se refiere a cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.