Tema 4. Medicina del trabajo Flashcards
Qué es el derecho laboral
El derecho laboral es el que regula las relaciones en el ámbito laboral y constituye la base de la medicina legal.
Qué juzgado se encarga del derecho laboral
Juzgado de lo social
Qué es la medicina legal labora
La medicina legal laboral es la rama de la medicina legal que trata de resolver los problemas médico-legales relacionados con la actividad laboral. Toda actividad laboral está impregnada de situaciones y aspectos médico-legales.
Objetos de la medicina del trabajo según la OMS (5)
- La prevención del riesgo que puede afectar a la salud como consecuencia de las circunstancias y condiciones de trabajo.
- Tratamiento (“estudio”) de las patologías derivadas del trabajo: Accidente laboral (AT) y enfermedades relacionadas con el trabajo y, en su caso, la adopción de las medidas necesarias de carácter preventivo, diagnóstico, terapéutico y rehabilitador.
- La valoración pericial de las consecuencias que tiene la patología laboral para la salud, en particular en las incapacidades.
- Gestión de las organizaciones empresariales y sanitarias con el fin de aumentar la calidad y eficiencia de la salud laboral.
- La historia natural de la salud y la enfermedad en general, y en particular, el estudio de la salud de los individuos y grupos en sus relaciones con el medio laboral y la promoción de la salud.
¿Dónde buscaremos las definiciones y todo lo que nos pueda interesar para resolver los problemas que se nos puedan plantear?
En la ley general de seguridad social
Qué se entiende como accidente de trabajo
Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
Qué situaciones tendrán la consideración de accidente de trabajo
(lista larga, sorry)
a. Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo “in itinere”
b. Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.
c. Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su grupo profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa. “in mision”
d. Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.
e. Las enfermedades, no incluidas en el artículo siguiente (enfermedades profesionales), que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución de este.
f. Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
g. Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.
“Se presumirá, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.”
Qué quiere decir esto
Que si no se demuestra lo contrario, todo lo que ocurra durante el tiempo de trabajo será un accidente de trabajo
Qué se excluye de accidente de trabajo
a. Los que sean debidos a fuerza mayor extraña al trabajo, entendiéndose por esta la que sea de tal naturaleza que no guarde relación alguna con el trabajo que se ejecutaba al ocurrir el accidente.
b. Los que sean debidos a dolo o a imprudencia temeraria del trabajador accidentado.
EXAMEN
¿Se consideran fuerza mayor los accidentes laborales debidos a insolación, el rayo y otros fenómenos de la misma naturaleza?
No!
El empleador debería haber tomado medidas para evitarlo
No impedirán la calificación de un accidente como de trabajo:
a. La imprudencia profesional que sea consecuencia del ejercicio habitual de un trabajo y se derive de la confianza que este inspira.
b. La concurrencia de culpabilidad civil o criminal del empresario, de un compañero de trabajo del accidentado o de un tercero, salvo que no guarde relación alguna con el trabajo.
Qué es una enfermedad profesional
Se entenderá por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.
[IMP] Grupos de agentes causantes de enfermedades profesionales (6)
- Agentes químicos
- Vibraciones
- Agentes biológicos
- Inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados
- Enfermedades de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados
- Enfermedades profesionales causadas por agentes carcinogénicos
Agentes químicos de enfermedad profesional.
¿Qué problema tenemos?
Que es una lista larguísima y que por mucho que lo intentemos no podremos incluirlo todo
Qué se incluye en el grupo 2: enfermedades profesionales por vibraciones
- Hipoacusia o sordera producida por el ruido.
- Enfermedades osteoarticulares o angioneuróticas producidas por vibraciones mecánicas.
- Enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo. Ej. Sd túnel carpiano. - Enfermedades por compresión o descompresión atmosférica.
- Enfermedades producidas por radiaciones ionizantes. Ej. sanitarios.
- Enfermedades oftalmológicas producidas por radiaciones UV.
- Enfermedades producidas por energía radiante.
- Nistagmus de los mineros. Esto es muy característico de los mineros, por la oscuridad contínua.
Qué se incluye en el grupo 3: enfermedades progesionales por agentes biológicos
- Enfermedades infecciosas o parasitarias transmitidas al hombre por los animales o por sus productos y cadáveres.
- Enfermedades infecciosas causadas por el trabajo de las personas que se ocupan de la prevención, asistencia médica y actividades en los que se ha probado un riesgo de infección
Grupo 4. Inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados
- Silicosis (inhalación de polvo de sílice libre – cuarzo)
- Polvo de carbón. Neumoconiosis de los mineros de carbón.
- Asbestosis (inhalación de polvo de amianto)…
- Otros polvos minerales (talco, caolín, tierra de batán, bentonita, sepiolita, mica, otros silicatos…) -Sustancias de alto y bajo peso molecular (origen animal, vegetal, metales..)
Sustancias incluidas en el grupo 5: enfermedades de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados
- Sustancias de bajo peso molecular.
- Sustancias fotosensibilizantes exógenas.
- Agentes infecciosos.