T2. Hecho imponible, no sujeción y exenciones Flashcards
Definición de hecho imponible
(Art. 20 LGT)
Actividad económica que genera la obligación de contribuir.
Art. 20 LGT:
*Presupuesto de hecho, fijado por la ley, que configura cada tributo y origina la la obligación tributaria principal. *
Su realización determina su nacimiento
¿Qué suele manifestar o indicar el hecho imponible?
La capacidad económica
¿Qué identifica y diferencia a cada tributo?
El hecho imponible
¿Qué implica el hecho imponible en sentido estricto?
- Sujeción
- posible exención
- elementos de cuantificación
¿Qué elementos objetivos o aspectos tiene el hecho imponible?
- Aspecto material
- Aspecto espacial
- Aspecto temporal
- Aspecto cuantitativo
¿Definición de aspecto material del hecho imponible?
- Es aquello en que materialmente consiste el hecho imponible.
- Normalmente existe un precepto sobre el hecho imponible. Es decir, viene definido en alguna norma o regla legal (Esto también sucede con la base imponible).
Ej. En el IRPF, el aspecto material de la base imponible es la obtención de ingresos.
Definición del aspecto espacial del hecho imponible
- Es la delimitación espacial del presupuesto objetivo que se quiere gravar.
- Definido a través de criterios de sujeción
- la existencia o no del hecho imponible, puede depender del lugar donde se genera.
Ej. IVA, IGIC…
Definición del Aspecto temporal del hecho imponible.
Es el momento o periodo de tiempo en que se considera realizado el hecho imponible.
¿Qué conceptos determina y obliga a considerar el aspecto temporal del HI?
- el momento de devengo (cuando nace la obligación tributaria)
- la exigibilidad (momento en el que el contribuyente está obligado a pagar el tributo).
Teniendo en cuenta el aspecto temporal del HI
¿Cómo puede ser el elemento objetivo del tributo?
- Un acto jurídico aislado:
- instantáneo
- instantáneo de liquidación periódica (a declarar o autoliquidar en un período)
- Un estado o situación que se prolonga en el tiempo.
Definición del aspecto cuantitativo del hecho imponible
Son normas sobre la BASE imponible: elementos positivos y negativos (ingresos-gastos, valor del patrimonio, de deudas…)
Se refiere al valor monetario o unidad de medida del hecho imponible, sobre el cuál se aplica la tarifa para determinar el valor de la obligación tributaria.
¿Qué define el Elemento subjetivo del hecho imponible?
Define la relación entre el presupuesto de hecho con una persona, especificando, en su caso, las circunstancias que deben concurrir en esa persona para que nazca la obligación tributaria.
Ej.:
- IRPF: sólo aplicable a personas físicas
- IGIC: entregas de bienes y prestaciones de servicios sólo por empresarios o profesionales.
¿Cuáles son los elementos de cuantificación de un tributo?
Art. 49 y ss LGT
- Base tributaria
- Tipo de gravamen
- Base liquidable
- Cuota tributaria íntegra
- Cuota líquida
- Cuota diferencial
¿Qué es el devengo?
Art. 21.1 LGT
Momento en el que nace la obligación tributaria principal, puede o no coincidir con la realización material del hecho imponible.
La fecha de devengo determina las circunstancias relevantes para la configuración de la obligación tributaria, salvo que se disponga lo contrario.
¿Cuándo ocurre el devengo de un impuesto?
Cuando se genere la obligación tributaria, esto puede ser:
-
Antes de la ocurrencia del hecho imponible:
- Si posteriormente no se da actividad administrativa, existe el derecho de devolución del ingreso.
- Ej. Tasa por licencia de obras, el devengo tiene lugar al solicitar la licencia (Si luego se deniega tiene derecho a devolución)
-
Después de la ocurrencia del hecho imponible:
- Ej. Impuestos especiales sobre labores de tabaco, alcohol: Aunque el hechi imponible es la fabricación de dichos productos, el momento de devengo es cuando sale a consumo (Salida con destino estancos o gasolineras), hasta entonces existe un régimen suspensivo que pospone el nacimiento de la obligación tributaria.
-
En el momento de la realización material del HI:
- Ej. En las Transmisiones Patrimoniales Onerosas (no empresariales), el hecho imponible y devengo es en el momento en que se realiza la escritura de adquisición del inmueble.
-
Periódico:
- El devengo no coincide con la realización del HI
- Se aplica la norma vigente al inicio del periodo impositivo.
- Ej. IRPF, IS: Gravan la obtención de renta constituida por hechos o eventos que se producen continuamente a lo largo del ejercicio. Por lo que se propone el devengo en su totalidad a 31 de diciembre o fin del ejercicio económico de la entidad, naciendo en ese momento la obligación tributaria.