T1. Tributo y derecho tributario Flashcards

1
Q

¿Qué es un tributo?

A

Según el Art. 2.1. de la LGT, un tributo es un ingreso público, es decir, PRESTACIONES PECUNIARIAS (monetarias) exigidas por la administración pública como resultado de la realización de un presupuesto de hecho al que la ley vincula la obligación de contribuir (hecho imponible).

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2
Q

Tipos de ingresos públicos

A
  • Ingresos tributarios
  • Ingresos por precios públicos
  • Ingresos patrimoniales
  • Ingresos por subvenciones y transferencias
  • Ingresos de Deuda pública
  • Ingresos por multas y sanciones
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3
Q

¿Cuáles son las clases de tributo?

A

Según el Art. 2.2. de la LGT las clases de tributos son:

  • Impuestos
  • Tasas
  • Contribuciones especiales
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4
Q

¿Un tributo es un impuesto?

A

No, un impuesto es una clase de tributo

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5
Q

¿Cuál es la finalidad del tributo?

A
  • Obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos
  • ser utilizado como instrumento de la política económica general
  • atender a la realización de los principios y fines contenidos en la constitución
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6
Q

¿Qué es un impuesto? ¿Cuál es su hecho imponible?

A

Es una clase de tributo cuyo hecho imponible es cualquier NEGOCIO, HECHO o ACTO que ponga de manifiesto la CAPACIDAD ECONÓMICA del contribuyente (Principio de capacidad económica).

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7
Q

¿Cuáles son los tipos de impuestos? Clasificación

A
  • Directos/Indirectos
  • Objetivos/Subjetivos
  • Personal/Real
  • Instantáneo/Periódico/Instantáneo de liquidación periódica
  • Fiscales/Extrafiscales
  • Estatales/Autonómicos/Locales
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8
Q

¿Qué son los impuestos directos? Ejemplos.

A

Los impuestos directos son aquellos que graban directamente la capacidad económica del contribuyente, se aplican sobre lo que la persona gana o posee. (Ej. IRPF, imp. sobre patrimonio o impuesto de sociedades).

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9
Q

¿Que son los impuestos indirectos?

A

Los impuestos indirectos se aplican independientemente de la capacidad económica del contribuyente, gravan el consumo de bienes y servicios o las transacciones comerciales (Ej. IGIC)

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10
Q

¿Qué son los impuestos objetivos?

A

Los impuestos objetivos son aquellos que gravan la capacidad económica sin tener en cuenta las circunstancias personales del contribuyente. (Todos pagan lo mismo).

Ej. IGIC todos tienen que pagar el mismo tipo impositivo independientemente de si son solteros, casados, con hijos/sin hijos, etc.

Otro ejemplo son los impuestos especiales. Los de los puros, alcohol…

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11
Q

¿Qué son los impuestos subjetivos?

A

Gravan la manifestación de la capacidad económica del contribuyente teniendo en cuenta sus circunstancias personales.

Ejemplo: IRPF (las personas que son mayores de 65 pagan menos por los ingresos percibidos…)

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12
Q

¿Todos los impuestos directos son subjetivos?

A

No, porque aunque se grave la renta o patrimonio, así como su obtención, existen casos en los que se tendrán en cuenta las circunstancias personales del contribuyente (como en el IRPF) siendo entonces también subjetivo. Sin embargo, existen otros casos en los que estas circunstancias no se tienen en cuenta, aplicando, por ejemplo, simplemente una tasa sobre cierta cuantía.

Un ejemplo de ello sería el impuesto sobre sociedades, cuyo cálculo de la base imponible se realiza en función de criterios financieros y contables objetivos.

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13
Q

¿Qué es una prestación pecuniaria?

A

Es un pago monetario a la administración pública

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14
Q

¿Qué es un hecho imponible?

A

El hecho que genera la obligación de contribuir

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15
Q

¿En un impuesto existe contraprestación?

A

No, aunque pagamos no recibimos nada a cambio, y a priori no sabemos a qué va a dedicar ese dinero el Estado.

(Principio de caja única)

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16
Q

¿Un impuesto es una sanción?

A

No, porque no es el resultado de cometer una infracción. Sin embargo, sí lo es el impago de dicho impuesto.

17
Q

¿Cómo está regulado el impuesto?

A

Están regulados por Ley, deben ser aprobados en el congreso de los diputados.

Los genera el Estado (No por ayuntamientos ni CCAA), sin embargo, puede cederse su gestión, por ejemplo, ciertas comunidades autónomas pueden bonificar los impuestos bajando por ejemplo el tipo impositivo.

Ejemplos:

Impuesto de circulación: Se paga al ayuntamiento por tener matriculado un vehículo. El sitio más barato es Tejeda (bonificado)

IRPF una parte bonificada cierta comunidad de la península.

18
Q

¿Qué son los impuestos reales?

A

Los impuestos reales son aquellos que se estructuran y definen sin tener en cuenta a ningún sujeto determinado.

Por ejemplo, a la hora de comprar un teléfono móvil, pagará el mismo IVA un empresario que genera muchos ingresos mensuales que lo que pagará un estudiante universitario que aún no ha entrado al mercado laboral

Generalmente, podemos asociar los impuestos reales con los de carácter objetivo, ya que estos últimos no tienen en consideración personas familiares o circunstancias personales del sujeto pasivo.

Cuando depende de los bienes o derechos, grava bienes o derechos (otro p

Ej. IBI

19
Q

¿Qué son los impuestos personales?

A

Los impuestos personales son aquellos que se estructuran y definen teniendo en cuenta a un sujeto determinado.

Los impuestos subjetivos se suelen asociar con los personales por lo contrario (sí tienen en cuenta las circunstancias personales).

Aunque en la gran mayoría de casos esta similitud termina cumpliéndose, es cierto que existen algunos impuestos, como el de sucesiones, que se categorizan como objetivos pero consideran algún tipo de circunstancia personal determinada.

Atiende a la persona (física/jurídica) sobre la que se grava la capacida

20
Q

¿Qué son los impuestos fiscales?

A

Los impuestos fiscales son tributos cuya finalidad es recaudatoria, con el fin de financiar los gastos públicos.

21
Q

¿Que son los impuestos extrafiscales?

A

Los impuestos extrafiscales no tienen la finalidad de obtener ingresos para el estado.

Se utilizan como herramienta para llevar a cabo políticas que modulen el comportamiento de los individuos.

Su finalidad es modificar externalidades negativas como el daño a la salud y la contaminación medioambiental. Ej. Impuesto sobre bebidas alcohólicas y tabaco

22
Q

Tipos de prestaciones patrimoniales

A

Pueden ser:

  • Tributarias: tasas, contribuciones especiales e impuestos
  • No tributarias: Son las tarifas. Aquellas que responden a fines de interés general. Son aquellas exigidas por la prestación de un servicio gestionado de forma directa/indirecta por planificación privada:
    • Gestión directa del servicio por personificación privada (entidad pública empresarial, sociedad mercantil de capital íntegramente público)
    • Gestión indirecta por parte del ente privado (concesión administrativa)

Ej. Concesiones para la explotación de obras o prestación de servicios, entidades públicas empresariales, sociedades de capital íntegramente público y demás fórmulas del derecho privado.

23
Q

¿Qué es una tasa?

A

Son tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público por parte de un beneficiario/s concreto/s. (inspirado en el principio de beneficio)

También graba la prestación de servicios o realización de actividades en régimen del dominio público que beneficien al obligado tributario y no sean de solicitud o recepción voluntaria (Se debe solicitar obligatoriamente) para los obligados tributarios o, cuando no se presten o realicen por el sector privado.

24
Q

Finalidad de la Tasa

A

Financiar los servicios públicos divisibles, con beneficiarios o usuarios directos.

25
Q

¿Qué es un precio público?

A

Son contraprestaciones pecuniarias que se satisfacen por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de derecho público. Cuando prestándose dichos servicios también por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.

Nota: Si no es prestado directamente por la Administración o uno de sus organismos autonómicos se trata de un precio privado.

26
Q

Diferencia entre tasa y precio público

A

Aunque ambas son contraprestaciones pecuniarias por la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público.

La principal diferencia radica en la obligatoriedad de la solicitud o realización de la tasa, frente al carácter voluntario del precio público.

Además, la tasa es un tributo, al contrario que el precio público.

La cuantía de la tasa tiene como límite máximo en el coste del servicio, mientras que el precio público el mínimo es el coste del servicio (Existen excepciones por razones sociales, benéficas o culturales) y no tiene límite máximo.

27
Q

Diferencia entre tasa y tarifa

A

La tasa es una prestación patrimonial tributaria, al contrario que la tarifa.

Las tasas son exigidas en régimen de derecho público mientras que las tarifas en régimen de derecho privado.

El servicio en el caso de la tasa es prestado directamente por la Administración o uno de sus organismos autónomos, asumiendo el riesgo y ventura de la actividad. Por el contrario, en el caso de la tarifa el servicio es prestado por un tercero mediante:

  • Gestión directa del servicio por personificación privada (entidad pública empresarial, sociedad mercantil de capital íntegramente público)
  • Gestión indirecta por parte del ente privado (concesión administrativa)
28
Q

¿Qué son las contribuciones especiales?

A

Son tributos cuyo hecho imponible es la obtención por el obligado tributario de:
- un beneficio
- aumento de valor de sus bienes

como consecuencia de:
- la realización de obras públicas
- el establecimiento o ampliación de servicios públicos

(Inspirada en el principio del beneficio).

Ej.: Urbanización de terrenos rurales, alumbrado, alcantarillado, etc.

29
Q

¿Cuál es la finalidad de los tributos de contribución especial?

A

La financiación de obras de inversión o establecimiento o ampliación de servicios públicos.

30
Q

Definición de la relación jurídico tributaria (Art. 17 LGT)

A

Son el conjunto de obligaciones y deberes, derechos y potestades originados por la aplicación de los tributos.

31
Q

¿Qué obligaciones y derechos existen en la relación jurídico tributaria y a quién se les atribuye?

A
  • Obligaciones de los obligados tributarios
    • Materiales: Pagos a cuenta, retenciones, repercusiones…
    • Formales: Presentar documentación, solicitar y usar NIF, expedir y entregar facturas, etc.
  • Obligaciones y deberes de la Administración Tributaria (Devoluciones de ingresos indebidos, interés de demora, etc.)
  • Derechos y garantías de los obligados tributarios. (Derecho a ser informado, a obtener devoluciones, a formular alegaciones…)
32
Q

¿Los impuestos requieren de actividad administrativa?

A

No

33
Q

¿Las tasas requieren de actividad administrativa?

A

34
Q

Qué es la obligación de hacer pagos a cuenta

A

Aunque no se haya devengado el impuesto, la ley nos obliga a pagar a cuenta del mismo. Es la obligación de realizar pagos anticipados de un tributo.

35
Q

¿Qué caracteriza a los tributos de tipo FIJO?

A

Genera la obligación de pagar una cuantía fija

36
Q

¿Qué caracteriza a los tributos de tipo VARIABLE?

A

Genera la obligación de pagar una cuantía variable, resultado de aplicar un tipo de gravamen a la base imponible.

37
Q

¿Qué caracteriza a los impuestos instantáneos?

A

Se agotan con el hecho imponible, una vez este ocurre, no tienen que gravarse de nuevo.

38
Q

Impuestos Directos e indirectos.

A

Graban la riqueza directa e inmediata
Graban la riqueza indirectamente a través de la circulación o consumo de la riqueza.
Ej. Importación de bienes

39
Q

¿En qué consiste la obligación tributaria? Características

Art. 19 LGT

A

Consiste en el pago de la cuota tributaria.

Características:
- Carácter pecuniario
- Obligación de Derecho Público: Regulado por normas de naturaleza jurídico-pública.