Proceso monitorio Flashcards
PROCEDENCIA/OBJETO
Se pretende el pago de la obligación en dinero, de naturaleza contractual y exigible. donde la obligación cobrada es de mínima cuantía y no se necesita de título ejecutivo
CONTENIDO DE LA DEMANDA
Designación del juez
nombre y domicilio del demandante demandado representantes
pretensión de pago EXPRESA CON CLARIDAD
hechos
manifestación de que el pago no depende del cumplimiento de contraprestación
PRUEBAS: IMPORTANTE
DEMANDANTE Aporta con la demanda documentos donde aparezca la obligación contractual que se encuentra en su poder
Si el demandante no tiene estos documentos, debe señalar donde están o manifestar bajo juramento estimatorio.
dirección física y electrónica donde se van a recibir notificaciones
anexos pertinentes
TRÁMITE
si se cumplen los requisitos → el juez se pronuncia orden de pago para un plazo de 10 días pague o exponga razones para negar total o parcialmente la deuda reclamada.
NO es un mandamiento ejecutivo como tal. NO es mandamiento de pago sin embargo se ordena el pago
NO admite recurso alguno
Notificación personal al deudor
Si el deudor no paga o no se justifica en el plazo de 10 días: se dicta sentencia que no admite recursos. que condena:
pago del monto
pago de intereses
de los intereses que se causen hasta la cancelación de la deuda
Si el deudor paga: se termina el proceso
Si el deudor no comparece o hay objeción parcial: se dicta sentencia como se explica anteriormente
Si el demandado contesta con explicaciones: de las razones que considera no deber todo, debe aportar pruebas.
se resuelve con un proceso verbal sumario
El juez dicta auto citando audiencia previo 5 días traslado.
SANCIÓN
Si el deudor se opone y es condenado, se le impone multa del 10% del valor de la deuda en favor del acreedor
esto pasa en el caso contrario si es condenado el acreedor debe pagarle al deudor
EL PROCESO NO ES PROCEDENTE:
Intervención de terceros
excepciones previas: ya que el proceso se volvería declarativo si se opone al pago y admitiria recursos, cosa que no pasa en el proceso monitorio
reconvención
emplazamiento del demandado
nombramiento de curador ad litem
MEDIDAS CAUTELARES
cuando es antes de la demanda se aplican las previstas en los procesos declarativos
Dictada la sentencia a favor del acreedor proceden medidas cautelares de procesos ejecutivos (embargo y secuestro)
ES UN PROCESO HÍBRIDO : Diferencia con proceso ejecutivo
No hay título ejecutivo
Con la presentación de la demanda NO se piden medidas cautelares de ejecutivo
el traslado es como el verbal sumario
Oposición → trámite verbal sumario se vuelve declarativo.
ES UN PROCESO HÍBRIDO: Similitudes con el proceso ejecutivo
Ambos procesos buscan una sentencia para que preste mérito ejecutivo
Las medidas cautelares son las mismas que se pueden presentar con la demanda
se presume la obligación con la orden de pago
Se arranca como un proceso ejecutivo (orden de pago)