Proceso Divisorio Flashcards
Objeto
Nadie esta obligado a vivir en la indivisión y todo propietario puede pedir la división material de la cosa o la venta del mismo
Partes
Demandante: el que quiere la división del mismo (copropietario)
Demandado: los demás copropietarios
¿Que se debe añadir a la demanda?
- Prueba de que ambas partes son co dueños
—-> si es un bien sujeto a registro: el certificado de libertad y tradición - Dictamen pericial: avaluó, participación (si hay), tipo de división
Procedencia
División material: es cuando se puede dividir el bien o la cosa en partes que ninguno de sus copropietarios quede en desmejoras de los otros. Ej: una finca
La venta: es cuando el bien o la cosa no se puede dividir sin desmejorar a alguna de las partes, es por esto que se opta por venderlo. Ej: un apartamento
Licencia previa
Con la demanda se puede pedir una licencia previa cuando sea necesaria en conformidad con la ley sustancial
- el juez debe pronunciarse antes de correr el traslado de la demanda
- se requiere licencia por parte del juez para el acto juridico
Traslado de excepciones
De la demanda y los recursos por los que se puedan optar
- Auto admisorio: 10 días para contestar y si es el caso inscribir la demanda en el registro
- Si no se esta de acuerdo con el dictamen pericial se debe contradecir y aportar uno distinto o pedir que el perito este en la audiencia
- Excepciones de mérito: se puede alegar o no el pacto in divisorio
- si no se alega el pacto in divisorio: el juez puede ordenar la división o la venta del bien
- si se alega el pacto indivisorio: el juez cita audiencia para decidir como proceder
- Excepciones previas: recurso de reposición contra auto admisorio
El auto que niegue o decrete indivisión es APELABLE
Trámite de división
- El proceso termina con la sentencia pero tiene una diligencia más que es la división del bien
- Después de ejecutoriado el auto que decreta la división: el juez dicta sentencia para establecer COMO se vea a hacer.
- Si es un bien sujeto a registro: se inscribe la sentencia en el registro
- Después de inscribir la sentencia: cualquiera de los asignatarios puede solicitarle al juez que le entregue parte adjudicarse.
Trámite de la venta
Providencia decreta: la venta + secuestro de la cosa
- Practicado el secuestro: se procede al remate de la cosa de acuerdo con el tramite del proceso ejecutivo
- si las partes ponen avalúos distintos, el juez decide por que precio irse
- las partes pueden en común acuerdo decidir que precio utilizar
- La venta de la cosa esta al avalúo del 100%, si este se frustra luego en un 70%
- Cuando se frustra la licitación por falta de postores, se hacen las veces que sean necesarias y la base será del 70%
- Si el comunero se presta como postor debe consignar para hacer postura y pagar precio del remate de la misma forma que terceros (no hay tratos especiales)
- Cuando se respigar el remate y entregada la cosa al rematante, el juez cita audiencia para dictar sentencia de distribución del producto de la venta de los codueños
Con la división o venta de la cosa, no se afectan las garantías reales sobre los bienes objeto del remate (esto es súper importante)
Mejoras
El comunero que haya realizado mejoras en la cosa común debe alegarlas en la demanda o contestación dependiendo del caso
Deben alegarse mediante juramento estimatorio
Acompaña dictamen pericial sobre su valor
Hay un traslado de 10 días a los otros comuneros
En el auto que se decrete la división o venta, el juez resuelve reclamación de mejoras
Cuando nos e le adjudicaron las mejoras al comunero que las reclamó puede ejercer DERECHO DE RETENCIÓN y conservar el bien inmueble hasta que le sea pagado el valor
Gasto de la división
- Gastos comunes: pagadas en partes iguales correspondiendo a la cuota parte de cada propietario (hay estipulación en contrario)
- Remate de la cosa: cuando alguno de los comuneros pague el gasto del remate por otro tiene derecho a que:
Lo reembolsen
El valor de le impute al precio si hizo postura y de le adjudicó el bien en la licitación - División material: el valor pagado como gastos en nombre de otro comunero. Puede imputarse compensación para el pago de mejoras
Liquidación de los gastos se hará como la de costas
Derecho de compra
Dentro de 3 días siguientes a la ejecutoria del auto que decrete la venta de la cosa común. Cualquiera de los demandados puede comprar!
El juez teniendo en cuenta el avalúo determina
Precio del derecho de cada comunero
Porción en que han de comprarlo los interesados quienes hayan realizado la oferte
Dentro del auto que fija el precio de cada comunero y el precio de la cosa, hay termino de 10 días a menos que los comuneros den uno mayor no mayor a 2 meses
Consignación del precio, el juez dicta sentencia que adjudique el derecho a los compradores
No hay consignación dentro del termino para hacerlo —> el juez impone multa del 20% del precio de compra y el proceso sigue en curso