Primera parte Flashcards
Cuales son los 3 sentidos del sentido penal
Sentido objetivo: ius poenali- conjunto de normas que ajustadas a la constitución nos permite definir el marco legal para los delitos y sus consecuencias, el proceso penal y la ejecución de las penas y medidas de seguridad.
La ley positiva nos permite tener un marco de legalidad dentro la jerarquía de normas que construye el estado social de derecho, se ajusta a la constitución y hace un marco de referencia dentro el cual tenemos en claro ¿Cuáles son los delitos, penas? Y ¿Cuáles son las consecuencias?
Sentido subjetivo: ius puniendi- Conjutno de facultades que tiene el estado para aplicar el derecho penal de manera exclusiva. Nos permite como asociados tener garantías y derechos frente a la facultad punitiva. Como nosotros en la practica limitamos al estado a traves del derecho penal objetivo. Si el derecho penal subjetivo no se apoyara en el objetivo el estado se convertiría en un estado totalitario
Dogmática- Es el estudio sistemático, lógico y político de las normas del derecho penal que estan vigentes y de los valores y principios que lo rigen. Por lo tanto, su objetivo es explicar los aspectos de manera relevante en las normas penales para de manera general categorizarlos y de ese modo facilitar el estudio y la comprensión de las normas penales.
Se busco darle un orden, creando marcos generales donde se agrupan esas nociones, que permiten definir los conceptos propios del derecho penal, determinar su alcance y establecer su contenido.
- Teoria del delincuente
- Teoría de las penas
- Teoría de la medida de seguridad
QUE SON BIENES TUTELADOS
aquel bien que el estado ha definido para proteger realizando el legislador unas normas prohibitivas, relevancia que le esta dando el estado; la vida, la honra, el patrimonio, la administración juridica, derechos de autor etc.
POR QUE ES LA ULTIMA RATIO
El derecho penal es agresivo porque si usted incurre en una conducta hay UNA CONSECUENCIA, en ese orden de ideas no puede ser la primera herramienta porque INVADE AL HOMBRE, LOS CASTIGA. DEBE SER LA ULTIMA RATIO
CUALES SON LOS DELITOS EN EL CODIGO PENAL
Doloso- Intención de cometer un delito, en su mayoria se requiere que se tenga la intención de cometer el delito. Las conductas imprudentes en principio no son delitos salvo que la ley lo disponga.
Dolo simple- ej: lo quiero matar y lo mato
Dolo eventual- ej: no salí a matar a nadie pero no me importa el resultado
Culposo
Preterintencional- cuando su resultado aunque es previsible excede la intención del agente (solo se encuentra esta categoría en cuanto a homicidio)
QUE ES EL CAMINO CRIMINAL
cuando voy a la comisión de un delito hay dos momentos.
- Interno—> es la idea criminal que implica una metodología. En esta hay intención y conocimiento. Se verifica que se tengan elementos volitivos y cognocitivos para que se conduzca a realizarla
- Externo—> son preparatorios que no siempre se incurre en un delito en estos (ej: solo comprar el veneno) y actos ejecutivos, cuando ya se realiza el acto (ej: echarle el veneno)
Hay actos que me permiten intuir qué pasa, si se logra demostrar razonablemente que a esa persona fue más allá de la imprudencia se puede tumbar la duda razonable
QUE TIENE QUE SER EL DELITO Y DESCRIBALOS
Típica- que este dentro del código, que hayan leyes antes que la legislen
antiijuridica- Que vaya en contra de esta legislación
Punible- que merece una pena o medida de seguridad
QUE SON PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Penas: La consecuencia del delito para los imputables. Se le imputa un delito a la persona que tiene la consciencia de que va a cometer o esta cometiendo un delito, tiene la voluntad para realizarlo, tiene la capacidad para autoregularce y aun así lo comete. O sea, quien realiza el delito y comprende el mismo
La medida de seguridad: Para los inninputables. Se le impone a los que no pueden ser imputados los cuales en términos generales son quienes no pueden comprender la ilicitud de sus actos por razones físicas o psicológicas, inmadurez psicológica o tener una cosmovisión diferente.
TEORIA DEL DELITO
Conducta tipica, antigiuridica y culpable .
Tiene que ser una conducta humana que puede ser acción u omisión que tiene que lesionar un bien jurídico tutelado, tiene que ir en contra del ordenamiento jurídico (antiijuridico), tiene que poderse verificar que en esa conducta el agente obra con culpabilidad.
- Primer requisito- tipica: Los elementos implican que tiene que ser contenida la conducta en un tipo penal. Lo primero que debo mirar de esa conducta humana que lesiona que este contenida en el código penal pues lo que no esta ahí no es un delito.
El legislador sobre la acción que esta legislando esta haciendo un juicio de valor negativo. El no premia porque lo estas haciendo bien, te sanciona si lo haces mal. Esto es porque vivimos en una sociedad libre, dice “vive como quieras pero si haces x cosa te castigo”
- Juicio de reproche- culpabilidad: es un juicio de desvalor también porque yo actúe con el propósito criminal, en el que se hace el reproche al autor. Quien pudiéndose encaminar hacia el bien se encamino hacia el mal
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
No hay pena ni delito ni proceso ni juez sin juez previa que lo defina. No se puede crear un delito o una pena hoy, si no esta establecido en el momento de los hechos no hay nada que hacer. Es un principio constitucionalidad.
POPULISMO PUNITIVO
- PROPORCIONALIDAD: Caracteristica fundamental del derecho penal objetivo, parece en algunas circunstancias no ser tan exigente
- ES LA ÚLTIMA RATIO: Como es una medida tan agresiva. Intervención mínima del derecho penal en la sociedad. Que es lo que se le enseña a la sociedad.
La sociedad debe procurar que haya unos roles claros y como el pilar fundamental es la educación, todas las autoridades del estado tienen un encargo
Se debe ser consecuente con los principios del estado, hoy en dia el derecho penal no es la ultima ratio, pero los jueces deben mirar si se debe llegar hasta alla sin desgastar la justicia.
- PERSONALÍSIMO: Es solo para la persona que comete el delito y no para sus herederos. En colombia no hay responsabilidad penal de las personas jurídicas.
- BUSCA UN FIN/FINALISTA: Busca reprimir las conductas que ponen en riesgo a la colectividad, o sea que es protectora. Fin= propteger a la colectividad
- EXTERIORES: El derecho penal solo castiga conductas que se materializa en el mundo exterior, no ideas.
- NORMATIVO: Se ajusta al principio de legalidad y que esta en la norma juridica
- JUDICIAL: solo a traves de los jueces se sanciona
- CULTURAL: No es lo mismo en diferentes partes del mundo
- VALORATIVO: Se basa en principios
Esa materialidad del derecho penal objetivo que se consolida en la norma juridica del derecho positivó tiene una relacion muy estrecha con el subjetivo porque es el limite a esa enorme y a la dogmática porque sistematiza ese derecho
QUE ES EL DERECHO PENAL
Una rama del derecho que estudia a traves de tres aspectos un comportamiento humano denominado delito y las consecuencias jurídicas por la transgresión de las normas penales a traves del delito, lo cual nos lleva a observarlo desde tres puntos de vista. Desde el derecho penal objetivo, subjetivo y dogmática.
Tenemos que el derecho penal se relaciona con otras ramas del derecho, con otra áreas y otras ciencias
Sabemos que dentro de un grupo cultural va a haber unas reglas para sancionar los hechos que trasgredan y por tanto ese control que se ejerce por la colectividad tiene un sentido de control social por excelencia que ademas sanciona y tiene una consecuencia juridica.
COMO SE RELACIONA EL DERECHO PENAL CON OTRAS CIENCIAS
Aquí es relevante entender quien es ese sujeto que comete la conducta juridica, por que en su conducta puede concebir la posibilidad de cometer delitos. Hay alguna forma de prevenir esa acciones?
Podemos establecer por qué hay lugares de mas criminalidad
Podemos volver un patrón de por que las personas cometen delitos
Hay estiudios que ayudan al derecho penal a encontrar unas reglas para el entendimiento de las acciones. Se ve a traves de la CRIMINOLOGÍA
Ej: hay más abusos sexuales en climas cálidos que en climas fríos debido a la ropa en la que se usa en estos lugares, porque hay más proliferación sexual
Ej2: En la primera generación de inmigrantes hay menos delincuencia que en la segunda debido a que como no se sienten locales van a tener más precaución con las autoridades
Los estudios de la criminología puede servir como políticas sociales. Es por esto que esta herramienta puede servir como pre y post pero nunca para definir responsabilidad. También sirve para las políticas criminales
Política criminal: reacciones del estado para darle seguridad a la comunidad donde se comete el delito
Todo lo que le sirve al derecho penal entender el comportamiento del delincuente, prevenir y tener herramientas para reducir las tasas de criminalidad serán ciencias relacionadas con el derecho penal.
PROTAGONISTAS DEL DERECHO PENAL OBJETIVO
- El delito: comportamiento humano descrito en la norm penal del cual se deriva si se comete una consecuencia juridica. El delito se entiende entonces como un injusto culpable.
Los dos primeros cajones componen un desvalor y el tercero un juicio de reproche:
- Debe ser un comportamiento típico- acción descrita en la norma que la hace el legislador. Implica un desvalor de acción. Esta acción minimiza al ordenamiento juridico porque lo trasgrede y esto genera un comportamiento antiijuridico. Es un juicio de valor negativo- tiene que lesionar un bien juridico tutelado de manera concreta y en particular y de manera general. Se tiene quien es el sujeto activo, como es la conducta y sobre quien recae.
Sobre qué recae el delito:
a) Sobre personas- las libertad de la persona, libertad sexual, integridad moral, familia
b) Sobre bienes/económicos
c) Sobre el medio ambiente y recursos naturales- son fenomenológico pues repercuten en un campo mas amplio. Recae sobre una multiplicidad de factores
Como se califican los sujetos:
A) Cargo o profesión
B) Su sexo
Como se debe tener el aprovechamiento ilícito:
Según como se realice el hecho será uno u otro delito
- Antiijuridico- se debe ir en contra del ordenamiento juridico
- En el tercer punto ya no se analiza la norma sino que trata de entenderse al delincuente. Culpabilidad- se hace un juicio de reproche que lo hace el juez
La norma juridica penal en su escritura contiene el delito. La norma penal incorpora un supuesto de hecho y una consecuencia juridica. El supuesto de hecho es el delito y la consecuencia juridica que puede ser penas o medidas de seguridad. Cuando hablamos del injusto culpable hablamos que la persona que lo comete es el delincuente, que será la persona que tuvo un comportamiento típico, antiijuridico y culpable; y por esos se hace merecedor de imputable de una pena y si es inumputable de una medida.
- La victima: La víctima en sentido amplio para el derecho penal es la persona natural o juridica o el conglomerado que resulta afectado con una conducta punible u tratándose de delitos que recaigan sobre las personas esa víctima podrá o no coincidir con el sujeto pasivo de la conducta. Cuando se habla de que podrá ser la víctima o no estamos hablando de aquellos delitos cuando ya a la victima no lo afectan pero recae en la familia/ sucesores.
La victima tiene unos derechos. En nuestro procedimiento penal incluye a la víctima porque busca restablecerle el derecho a la victima cuando se pueda o indemnizar. Cuando se condena a la persona es cuando se abre una indemnización de perjuicios.
Bajo esa perspectiva se puede decir que el derecho penal tambien atiende como fin a las victimas para repararlas
Las indemnizaciones tienen mucho que ver con el delito, los hechos y a las personas que se les causo el daño.
Daño directo- si el daño no es directo no hay lugar a que yo sea victima por tanto no cabe la indemnización de perjuicios. Todo depende del caso en concreto
¿Quién debe indemnizar?
Quien comete el delito- en principio
Tercero civilmente responsable: Quien desde el punto de vista de la responsabilidad deba responder por el hecho de un tercero- aca ya no se está hablando de responsabilidad penal
Ej: un guardia de seguridad que tiene esquizofrenia y mata alguien. Debe indemnizar la empresa que lo contrato (culpa in vigilandio)
Siempre y cuando no hayan vigilado diligentemente.
- EL DELINCUENTE
QUE ES LA PENA
Consecuencia juridica del delito y se ha discutido si esa consecuencia juridica se justifica o no se justifica ya que para que nosotros concluyamos que para incurrir en un delito tenemos que tener una pena debemos tener una justificación.
Una forma de reacción única con la que cuenta el estado dentro de su actividad punitiva. Es la limitación de los derechos personales de un sujeto que pertenece a una colectividad y que es impuesta por el estado como consecuencia de un proceso penal adelantado por la rama jurisdiccional cuando el individuo es responsable de una conducta definifda, previa e inequívocamente en las normas y que lesiona o pone en peligro un bien jurídicamente tutelable
TEORIAS DE LA PENA
Teorías justificadoras- Las penas se ponen para mantener el orden juridico, para garantizar la convivencia en donde el estado es coactivo
- Justificación juridico politica : El estado impone la sanción para asegurar la convivencia. Las leyes aseguran la convivencia politica (reglamentación de la polis)
- Justificación social :
- Justificación ético-individual :
Teoría abolicionista: Dice que no sirven las penas y dice que las ventajas que reportan la pena son inferiores al costo que acarrea
- La única forma de vivir en sociedad es con reglas que tengan una consecuencia. Sin embargo deben haber mecanismos preventivos y correctivos que no acarreen el derecho penal. Pero mientras se llega a esto la pena cumple una función por necesidad