Preguntas 1 Flashcards
Se consideran delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, los previstos en el Código Penal Federal
- Homicidio doloso
- Genocidio
- Violacion
- Traición a la patria
- Espionaje
- Sabotaje
- Terrorismo
- Corrupcion de menores.., turismo sexual, pornografia, lenocinio, pedrastia.
- Los previstos en el artículo 142 segundo párrafo y 145
- Tráfico de menores
- Contra la salud
- Abuso o violencia sexual contra menores
- Feminicidio
- Robo a casa habitación
- Enriquecimiento ilegítimo
- Ejercicio abusivo de sus funciones
- Robo al transporte de carga.
Se consideran delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, los previstos en el Código Fiscal de la Federación
- Contrabando y su equiparable exclusivamente cuando sean calificados.
- Defraudación fiscal y su equiparable exclusivamente cuando sean calificados.
- La expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados siempre que las cifras, cantidad o valor supere de 3 veces lo establecido en la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal.
¿En qué artículo se ubican los principios del d. Penal?
20 CNPP
¿Cuáles son los 5 principios del D. Penal?
- Publicidad: las salas están diseñadas para que la gente pueda presenciarlas.
- Contradicción: sistema ente partes (una parte acusa y otra que defiende). Lo que digan entre ellos es lo que se va a debatir.
- Concentración: una sola unidad de lo investigado y de lo que se está resolviendo en el procedimiento.
- Continuidad: los pasos, una vez inciados, ya no pueden cesar. Hay una fórmula de suspensión que retienen su propia razón.
- Inmediación: el juez está presente de manera inmediata.
¿Qué quiere decir que sea acusatorio y oral?
Oralidad aprovecha tecnología. En nuestro sistema penal todo lo decimos y nada escrito pero queda video grabado, esa es la parte de oralidad. Te entregan en un usb o disco el video de la sesión, esa es la constancia.
¿En qué artículo se menciona a los delitos que requieren de prision preventiva oficiosa?
Art. 167 CNPP
¿Cuáles son los elementos fundamenta,es para identificar en un tema de procedimiento?
- Fuero
- Gravedad
- Requisitos de procedibilidad
- Prescripción
¿Cómo saber si un delito es federal o local?
Para que un delito sea federal debe de estar en el artículo 51 de la Ley Orgánica
¿Qué es la jurisdicción?
Las autoridades sólo pueden hacer aquello para lo que están facultadas.
¿Cómo resolvemos la competencia para que las autoridades sean jurisdiccionales?
- Grado: dependiendo de la instancia
- Materia: si no hay delito no hay materia.
- Cuantía: depende de si es un delito grave o no.
- Territorio: será competente de conocer del delito la autoridad del lugar de los hechos.
¿Qué hace que una conducta sea delictiva?
Dolo o culpa (elementos genéricos)
¿Cuáles son las etapas del proceso?
- Investigación: se divide en inicial y complementaria.
- Intermedia.
- Juicio oral
¿Cuáles son las medidas cautelares?
- Presentación periódica ante el juez o autoridad.
- Exhibición de garantía económica.
- Embargo de bienes.
- Resguardo en el domicilio.
- Prohibición de salir del ámbito territorial
- Cuidado a vigilancia de una persona o una institución determinada.
- Colocación de localizadores.
- Prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse a determinados lugares.
- Prohibición de convivir a determinadas personas.
- Suspensión del ejercicio del cargo.
- Suspensión temporal de profesión o laboral.
- Separación inmediata del domicilio.
- Prision preventiva
- Inmovilización de cuentas o valores.
Tipos de investigación que requieren control judicial
- Exhumación de cadaveres
- Cateo
- Intervención de comunicaciones privadas y correspondencia
- Toma de muestra
- Examen físico
En términos generales, ¿que es la investigación inicial?
Presentación de la denuncia, querella u otro requisito equivalente - imputado queda a disposición del Juez de control para que se le formule imputación.
En términos generales, ¿qué es la investigación complementaria?
Formulación de la imputación - cierre la investigación.
¿De donde a donde va la etapa intermedia?
Desde la formulación de la acusación hasta el auto de apertura del juicio
¿Cuando se aplican las medidas de protección?
Cuando el MP estime que el imputado representa un riesgo inminente en contra de la seguridad de la víctima u ofendido.
¿Cuáles son las medidas de protección?
I. Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima u ofendido;
II. Limitación para asistir o acercarse al domicilio de la víctima u ofendido o al lugar donde se encuentre;
III. Separación inmediata del domicilio;
IV. La entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de identidad de la víctima que tuviera en su posesión el probable responsable;
V. La prohibición de realizar conductas de intimidación o molestia a la víctima u ofendido o a personas relacionados con ellos;
VI. Vigilancia en el domicilio de la víctima u ofendido;
VII. Protección policial de la víctima u ofendido;
VIII. Auxilio inmediato por integrantes de instituciones policiales, al domicilio en donde se localice o se encuentre la víctima u ofendido en el momento de solicitarlo;
IX. Traslado de la víctima u ofendido a refugios o albergues temporales, así como de sus descendientes, y
X. El reingreso de la víctima u ofendido a su domicilio, una vez que se salvaguarde su seguridad.
¿Qué pasa si se incumple alguna medida de protección?
El Ministerio Público podrá imponer alguna de las medidas de apremio previstas en este Código.
¿Qué pasa si se aplican medidas de protección tratándose de casos por razón de género?
Se aplicará de manera supletoria la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
¿Qué pasa dentro de los cinco días siguientes a la imposición de las medidas de protección previstas en las fracciones I, II y III?
Deberá celebrarse audiencia en la que el juez:
- podrá cancelarlas, o bien,
- ratificarlas o modificarlas mediante la imposición de las medidas cautelares correspondientes.
¿Para qué se aplican las medidas precautorias?
Para garantizar la reparación del daño.
¿Quien puede solicitar las providencias precautorias?
- Victima
- Ofendido
- Ministerio Público
¿Cuáles son las medidas precautorias?
I. El embargo de bienes, y
II. La inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero.
¿Cuando serán canceladas las providencias precautorias?
- Si el imputado garantiza o paga la reparación del daño.
- Si fueron declaradas antes de la audiencia inicial y el MP no las promueve o no solicita orden de aprehensión.
- Si se declara fundada la solicitud de cancelación de embargo planteada por la persona en contra de la cual se decretó o de un tercero.
- Si se dicta sentencia absolutoria, se decreta el sobreseimiento o se absuelve de la reparación del daño.
¿Cuando se hará efectiva la providencia precautorias?
Cuando la sentencia que condene a reparar el daño cause ejecutoria.
¿Qué pasa cuando se decretan las providencias precautorias?
Podrá revisarse, modificarse, sustituirse o cancelarse a petición del imputado o de terceros interesados, debiéndose escuchar a la víctima u ofendido y al Ministerio Público.
¿Cuando se da el citatorio, orden de comparecencia u orden de aprehensión?
Cuando se haya presentado denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, el Ministerio Público anuncie que obran en la carpeta de investigación datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y exista la probabilidad de que el imputado lo haya cometido o participado en su comisión, el Juez de control, a solicitud del Ministerio Público, podrá ordenar:
I. Citatorio al imputado para la audiencia inicial;
II. Orden de comparecencia, a través de la fuerza pública, en contra del imputado que habiendo
sido citado previamente a una audiencia no haya comparecido, sin justificación alguna, y
III. Orden de aprehensión en contra de una persona cuando el Ministerio Público advierta que existe la necesidad de cautela.
¿Cuando se puede dictar orden de reaprehension?
En caso de que el Ministerio Público lo solicite para detener a un imputado cuya extradición a otro país hubiera dado lugar a la suspensión de un procedimiento penal, cuando en el Estado requirente el procedimiento para el cual fue extraditado haya concluido.
¿Cuando se puede solicitar una orden de aprehensión?
- Cuando el Ministerio Público advierta que existe la necesidad de cautela.
- Cuando resista o evada la orden de comparecencia judicial y el delito que se le impute merezca pena privativa de la libertad.
- Cuando se incumpla una medida cautelar.
¿Que incluyen las órdenes de comparecencia y de aprehensión?
Se hará una relación de los hechos atribuidos al imputado, sustentada en forma precisa en los registros correspondientes y se expondrán las razones por las que considera que se actualizaron las exigencias
¿Cuando se debe de resolver la orden de aprehensión?
La solicitud deberá ser resuelta en la misma audiencia, que se fijará dentro de
las veinticuatro horas a partir de la solicitud, exclusivamente con la presencia del Ministerio Público.
¿Cuando se debe de resolver la orden de comparecencia?
Dentro de un plazo máximo de veinticuatro horas, siguientes al momento en que se haya recibido la solicitud.
¿Qué pasa si la orden de aprehensión o comparecencia no reúne alguno de los requisitos exigibles?
El Juez de control prevendrá en la misma audiencia o por el sistema informático al Ministerio Público para que haga las precisiones o aclaraciones correspondientes, ante lo cual el Juez de control podrá dar una clasificación jurídica distinta a los hechos que se planteen o a la participación que tuvo el imputado en los mismos.
¿Cuando NO se concederá la orden de aprehensión?
Cuando el Juez de control considere que los hechos que señale el MP en su solicitud resulten no constitutivos de delito.