Policías Locales Flashcards
¿De acuerdo con qué podrán crear los municipios cuerpos de policía propios?
De acuerdo con la LOFCSE, la legislación autonómica y la Ley de Bases de Régimen Local.
¿Quién ejercerá los cometidos de la policía municipal en los municipios donde no exista?
Los cometidos de esta serán ejercidos por personal que desempeñe funciones de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones (denominados guardas, vigilantes, agentes, alguaciles o análogos).
¿Qué tipo de instituto y organización tienen los cuerpos de policía local? ¿Por qué se rigen?
Son institutos armados de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada, que se rigen por su régimen estatutario, los principios básicos de actuación y disposiciones estatutarias comunes de la LOFCS, las de las CCAA y de los ayuntamientos.
¿Qué deberán vestir las policías locales y quién deberá autorizar que no lo hagan?
En sus funciones, la policía local deberá vestir el uniforme reglamentario, salvo los casos excepcionales que autoricen el DEL o SUB.
¿Cuál es el ámbito de actuación de la policía local?
Solo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes.
¿De quién deberá tener la policía local autorización para ejercer funciones de protección de autoridades fuera del municipio?
Cuando ejerzan funciones de protección de autoridades de las corporaciones locales, podrán actuar fuera del término municipal con autorización del MRI o de la correspondiente autoridad de la CA que cuente con cuerpo de policía autonómico.
¿Qué funciones corresponde a las CCAA respecto a las policías locales en el ámbito territorial de su comunidad?
El establecimiento de normas para los reglamentos de policías locales; homogenizarlos; fijar criterios de selección, formación, promoción y movilidad; coordinar la formación profesional.
¿Cuáles son las funciones de las policías locales?
Proteger a las autoridades de las corporaciones locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones; dirigir el tráfico en el casco urbano; instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano; policía administrativa en lo relativo a las ordenanzas y bandos; participar en las funciones de policía judicial; la prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública; efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos; vigilar los espacios públicos y colaborar con las FCSE y con la Policía de las CCAA en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos; cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos.
¿En qué momento deberán las policías locales informar a las FCSE de sus actuaciones?
En caso de instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano y efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos.