Colaboración y coordinación entre el Estado y las CCAA Flashcards
¿Qué es el Consejo de Política de Seguridad?
Organismo de ámbito nacional que tiene como finalidad garantizar la coordinación entre las políticas de seguridad públicas del estado y de las CCAA.
¿De quién se compone el Consejo de Política de Seguridad?
Presidente (MI) + consejeros de interior o gobernación de las CCAA + número igual de representantes del Estado designados por el Gobierno.
¿Cuáles son las funciones del Consejo de Política de Seguridad?
- Aprobar los planes de coordinación y convenios de cooperación.
- Informar a las plantillas de la policía de las CCAA (establecer el número máximo de efectivos).
- Aprobar directivas y recomendaciones de carácter general.
- Informar las disposiciones de las CCAA y los convenios de cooperación.
¿De quién se compone el Comité de expertos que pertenece al Consejo de Política de Seguridad y cómo se eligen?
Integrado por 8 representantes (4 del Estado y 4 de la CCAA). Los de las CCAA son elegidos anualmente por los miembros que representan a las CCAA en el Consejo.
¿Cuáles son las funciones del Comité de expertos que pertenece al Consejo de Política de Seguridad?
- Asesoramiento técnico y preparación de asuntos del Consejo.
- Elaborar y proponer fórmulas de coordinación.
- Preparar acuerdos de cooperación.
- Proponer programas de formación y perfeccionamiento.
- Elaborar planes de actuación conjunta.
¿Las Juntas de Seguridad en las CCAA son obligatorias?
Podrá constituirse este organismo de ámbito autonómico para las CCAA que dispongan de Cuerpo de Policía propio.
¿De quién se componen las Juntas de Seguridad?
Igual número de representantes del Estado y de la CCAA.
¿Cuáles son las funciones de las Juntas de Seguridad?
- Coordinar la actuación y resolver las incidencias entre las FCSE y la policía de la CA.
¿Quiénes deberán informar y sobre qué a las Juntas de Seguridad?
Las Autoridades de las CCAA y los DEL o SUB deberán informar periódicamente a la Junta acerca de las deficiencias que observen indicando medidas.
¿Las Juntas Locales de Seguridad son obligatorias?
Podrá constituirse este organismo de ámbito local previsto para los municipios o agrupaciones de ellos que tengan Cuerpos de Policía propios.
¿De quién se componen las Juntas Locales de Seguridad?
- Presidencia: corresponderá al alcalde, salvo que concurriera el DEL o SUB de la provincia, en cuyo caso la presidencia será compartida con este.
- Secretaría: se desempeña alternativamente por periodos de un año entre un funcionario del ayuntamiento designado por el alcalde y un funcionario de la AGE designado por el DEL o SUB, con voz pero sin voto.
- Vocales: AGE (jefe de las FCSE en el municipio y un representante de la Delegación de Gobierno en las CCAA uniprovinciales/subdelegación en el resto de casos); Administración Autonómica (un representante designado por la Consejería); Administración Local (3 representantes a designar por el alcalde).
Podrán participar otras autoridades y funcionarios, invitados por la presidencia.
¿Quién será el encargado en las Juntas Locales de Seguridad de convocar las sesiones, fijar el orden del día, dirigir las intervenciones y moderar el debate?
El alcalde.
¿Cuáles son las funciones de las Juntas Locales de Seguridad?
- Facilitar la cooperación y coordinación entre el municipio de las AAPP con las FCS que ejerzan funciones en este territorio.
- Analizar y valorar la seguridad en el municipio.
- Elaborar el Plan Local de Seguridad.
- Acordar planes de colaboración.
- Conocer los conflictos de competencias entre las FCSE y la policía local.
¿Qué organismos pueden constituirse para asistir a las Juntas Locales de Seguridad en sus funciones?
- Comisión Técnica: órganos de asesoramiento y apoyo a la Junta.
- Consejo Local de Seguridad: invitando a las asociaciones ciudadanas, empresariales, sindicatos y otros sectores.
- Comisión de Coordinación Policial: dependiente de la Junta Local de Seguridad e integrada por los jefes de los Cuerpos de Seguridad del municipio. Se encarga de asegurar la coordinación y ejecución de los planes de seguridad y operativos.
¿Qué son las Juntas de Seguridad de Distrito y dónde podrán constituirse?
Podrá constituirse este organismo dentro de las Juntas Locales de Seguridad y bajo su dependencia, en los municipios con peculiares características demográficas y si la organización municipal lo permite.
¿Cómo se constituyen las Juntas de Seguridad de Distrito?
Se constituye por acuerdo de la Junta Local de Seguridad, que le encomendará sus competencias.
¿De quién se componen las Juntas de Seguridad de Distrito?
Presidente (Concejal de la Junta Municipal de Distrito) + Secretario (funcionario de la Junta Municipal designado por el presidente) + vocales (jefes de unidades policiales de distrito).