PERMISOS FUNCIONARIOS ART.48 T.12 Flashcards
Por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el funcionario o funcionaria en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella, CONYUGE, PRIMER GRADO O CONVIVENCIA QUE REQUIERA CUIDADO.
5 DÍAS HÁBILES
Por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el funcionario o funcionaria en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella, SEGUNDO GRADO DE CONSANGUINIDAD
4 DÍAS
Cuando se trate de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario, de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será:
4 DÍAS HÁBILES
Cuando se trate de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad y este se produzca en distinta localidad
5 DÍAS HÁBILES
Cuando se trate de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad y este se produzca en la misma localidad
3 DÍAS HÁBILES
En el caso de fallecimiento de familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad y este sea en la misma localidad será:
2 DÍAS HABILES
En el caso de fallecimiento de familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad y este sea en distinta localidad será:
4 DÍAS HÁBILES
Por traslado de domicilio sin cambio de residencia será:
1 DÍA
Para realizar funciones sindicales o de representación del personal será:
EN LOS TÉRMINOS QUE SE DETERMINE
Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud será:
DURANTE LOS DÍAS DE SU CELEBRACIÓN
Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto por las funcionarias embarazadas y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo (INCLUYE A FUNCIONARIAS TRANS GESTANTES)
EL TIEMPO INDISPENSABLE
Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrán derecho
1 HORA DE AUSENCIA DEL TRABAJO DIVIDIDO EN DOS FRACCIONES
Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la funcionaria o el funcionario tendrá derecho a ausentarse del trabajo durante
UN MÁXIMO DE 2 HORAS DIARIAS
Por razones de guarda legal, cuando el funcionario tenga el cuidado directo de algún menor de doce años, de persona mayor que requiera especial dedicación, o de una persona
con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida
REDUCCIÓN DE JORNADA CON DISMINUCIÓN RETRIBUCIONES
Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado, el funcionario tendrá derecho a solicitar una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave
PLAZO MÁXIMO DE 1 MES