Parte 81: Juicios ordinarios y especiales; Flashcards
Que nombre reciben a parte de juicios ordinarios y especiales?
Más que juicio ordinarios, sería juicio común y especial. Si miramos el índice de la Ley, cuando se empieza a regular los procedimientos.
Que se puede establecer?
- Procesos de propósito general.
2. Procesos de objeto específico.
Cuales son los procesos especiales?
Los procesos especiales son; los relativos al estado civil, incapacitación, paternidad y filiación y también de declaración prodigalidad. Los de separación y divorcio. Hijos de padres no casados.
Que hay a parte de los especiales?
Junto a éstos hay dos tipos de juicio, de propósito general. El llamado juicio declarativo ordinario y el verbal. Estos son los procedimientos no especiales.
Cómo se sabe que determinada demanda es proceso de objeto específico, propósito general y dentro de esto declarativo ordinario o verbal?
Procede identificar el objeto. Si el objeto corresponde con el de objeto específico, no cabrá duda al respecto. Estos juicios suelen ser distintos pues habitualmente interviene el ministerio fiscal, y no rige el principio dispositivo y hay reglas especiales de competencia. Aquí pues, el juez puede apartarse de lo solicitado por el demandante.
Que pasa si no corresponde específicamente a uno de estos?
Si no corresponde específicamente a uno de éstos objetos, será de propósito general. Para distinguir dentro del propósito general si pertenece al declarativo ordinario o el verbal, se va al artículo 249. Que recoge las materias que han de tramitarse con arreglo al juicio ordinario. Es un listado.
Que pasa si la materia no corresponde al proceso?
Si la materia no corresponde al proceso especial pero está en los supuestos de 249.1, será juicio ordinario, sin perjuicio de la cantidad demandada. Son procesos por razón de la materia.
Que pasa si no esta ahí?
Si no está ahí, vamos al 250. Son materias que con independencia de su cuantía, tendrá que ser por juicio verbal. Procesos por razón de materia que son verbales.
Que pasa si tampoco esta en el 250?
Si tampoco está ahí, procede tener en cuenta la cuantía. ( para supuestos de cuantía indeterminada, entonces juicio ordinario 249.2). Si es determinable, hasta 6000€ juicio verbal. Más allá de 6000€ juicio ordinario.