Parcial 1 Flashcards
Que es el Juicio de Amparo
El juicio de amparo es una GARANTÍA CONSTITUCIONAL de carácter EXTRAORDINARIO por la que, a instancia del gobernado titular de un derecho o interés legitimo, se tutelan los derechos fundamentales (no electorales) reconocidos en la constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte, mediante una sentencia del poder judicial de la federación, que obligue (incluso coactivamente) a la restitución en el goce de los derechos vulnerados.
Cual es el objeto del juicio de amparo:
Resolver las controversias que se susciten x:
1- Normas generales, actos u omisiones de autoridad que violenten derechos fundamentales reconocidos en la constitución y en los Tratados Internacionales de los que México sea parte.
2- Normas generales o actos de autoridades federales que vulneren la competencia de los Estados o de CDMX.
3- Normas generales o actos de las autoridades Estatales o de CDMX que invadan competencias de la autoridad federal.
En resumen:
resolver conflictos entre autoridades y gobernados producto de actos u omisiones que violenten DFUN.
** El particular cuando actué con carácter de autoridad también puede ser llamado al juicio.
Finalidad del Juicio de amparo
Obtener una sentencia favorable a los intereses del quejoso para que se le restituya el pleno goce de los derechos fundamentales que le fueron violentados.
- Positiva: se restituirá al quejoso el pleno goce del derecho fundamental violado, regresando las cosas al lugar en el que se encontraban antes de la violación.
- Negativa: (cuando implica una omisión) obliga a la autoridad responsable a respetar del derecho fundamental del que se trate y a cumplir lo que el mismo le exija.
Funciones del juicio de amparo
Proteger no solo las violaciones a derechos fundamentales sino A TODA LA CONSTITUCIÓN, a través de:
- Control constitucional: Actos de autoridad que violen en perjuicio del gobernado
- Difuso- un mismo juez conoce y resuelve
- Concentrado- Juez especial resuelve - Control de legalidad: cuando leyes 2° van en vs const.
- Control de convencioalidad: inaplicacion de norma por ser contra de derechos humanos.
Características de los actos de autoridad
Unilaterales, coercitivos e imperativos.
DEBE DE TENER IMPERIUM, o sea, hacerlos cumplir.
Formas en las que una sentencia causa ejecutoria o se considera cosa juzgada:
1- x declaración judicial: establece que que no admite apelación o recurso
2- x ministerio de ley: extingue, revoca o modifica.
cuales son las vías de amparo según la CPEUM y L.A.
1- Amparo indirecto (o biinstancia) es el amparo en contra de violaciones a DF dentro de juicio, o contra resoluciones definitivas que sin resolver el fondo hayan concluido o actos que dejen sin defensa al quejoso.
2- Amparo directo )o uniinstancia) es el que se promueve en contra de laudos o resoluciones que ponen fin a un juicio o violaciones procesales.
Cual es la naturaleza juridica de el juicio de amparo
Es un juicio xq:
- No son las mismas partes que las que integran la causa principal.
- Inicia con una demanda.
- Finalidad es el control constitucional
- CPEUM y L.A la denominan juicio.
Menciona los principios rectores del Juicio de Amparo
1- A instancia de parte agraviada 2- Agravio personal y directo 3- Definitividad del acto reclamado 4- Estricto derecho 5- Relatividad de las sentencias 6- Prosecución judicial
Explica el principio de a instancia de parte agraviada y sus excepciones
Que forzosamente debe reclamarse por la persona a la que le afecta el acto o norma alegado.
**No procede oficiosamente
- Debe comparecer por si mismo o x representante legal.
NO TIENE EXCEPCIONES.
Explica el principio de agravio personal y directo y sus excepciones:
Debe haberse producido, estarse ejecutando o ser eminente.
debe:
- Emanar de derecho o relación de suprasub.
- Ley debe de dotar al ente de facultad para realizar el acto.
- Declaración unilateral que Cree, modifique o extinga su situación jurídica.
-Actos unilaterales x si mismo.
-PARTICULARES serán AR cuando actúen como equivalentes a autoridad.
Que se entiende por perjuicio en materia de amparo
Sinónimo de ofensa que se hace a los derechos o intereses de la persona.
Cuales son los tipos de interés que existen y con cuales se puede promover el juicio de amparo:
1- Interés simple: necesidades materiales, intelectuales, afectivas, morales (causas x).
2- Interés jurídico: afectación directa de su derecho reconocido por ley.
3- Interés legitimo: Afectación de su esfera jurídica directa o derivada de una situación particular.
EL AMPARO SOLO SE PUEDE PROMOVER POR INTERÉS JURÍDICO Y LEGITIMO, nunca con interés simple.
Explique el principio de definitividad en el acto reclamado:
Vs actos definitivos en los cuales no exista recurso alguno alguno que pueda modificar, revocar o anular.
- agotar todos los recursos ordinarios
- actos que pongan fin a un juicio
- actos cuyo resultado sea de imposible reparación y agotados los recursos que procedan.
Excepciones:
- persona extraña al juicio o procedimiento admin.
- otras de admin
Explica el principio de estricto derecho:
Que el juez sólo puede resolver en base a las violaciones señaladas en los agravios.
Excepciones:
Suplencia de la queja: cuando el acto reclamado lo fundan en normas declaradas inconstitucionales por autoridad competente.
Debe de ayudar a:
-menores e incapaces cuando dañe el orden familiar.
- inculpado o sentenciado o víctima u ofendido cuando es quejoso aderhente.
- laboral al trabajador
- cuando se deje sin defensa o sea en contra de una persona en estado de pobreza o marginación.
Suplencia del error: invoca un precepto erróneamente sin cambiar el contenido de l demanda
Explica el principio de relatividad de las sentencias
Que la sentencia sólo beneficia a quien solicitó la protección constitucional
Excepción:
1- cualquier autoridad que haya injerido en el cumplimiento de la sentencia.
2- litisconsorcio necesario
3- amparos promovidos en defensa de intereses legítimos colectivos
4- declaración de inconstitucionalidad (no en impuestos)
Explica el principio de Prosecución judicial
Forma de tramitación del amparo.
El amparo solo se ventilará en TPJF mediante las formas y procedimientos que determine la ley.
Define parte
Son los sujetos que intervienen en un litigio, ejercitando una acción, oponiendo una excepción o interponiendo un recurso, en su carácter de actor o demandado, caracterizados en obtener una sentencia favorable.
Son sujetos que reclaman una decisión jurisdiccional respecto de una pretensión en el proceso que se debate.
Explica la capacidad ad causam y ad processum:
La capacidad para ser parte o ad causam= es la aptitud genérica para ser parte en un proceso (idoneidad en abstracto)
La capacidad procesal o ad processum = es la capacidad para comparecer directamente al juicio y realizar cálidamente los actos procesales.
Que es la legitimación
Cualidad o condición de las partes en procesos concretos.
Menciona las partes en el juicio de amparo
1- quejoso
2- autoridad responsable
3- tercero interesado
4- MP
Explica la parte del quejoso
El quejoso es quien interpone el juicio de amparo, quien demanda la protección de la justicia federal, quien ejercita la acción (se equipará al actor en juicio ordinario)
Es quien interpone el juicio de amparo aludiendo que tiene un interés jurídico o legítimo y alegando que el acto de autoridad le está violentando derechos fundamentales.
Quien puede ser quejoso
- persona física o moral
- capaz o incapaz
- Mexicana o extranjera
- persona moral pública y oficial
Puede ser la víctima u ofendido cuando le afecte directamente y cuente con un interés jurídico
- legitimacion para promover JA vs resoluciones de tribunales = solo interés legítimo
- legitimación de personas morales públicas u oficiales = solo cuando les cause un daño patrimonial, actúen como cualquier particular y tengan interés jurídico.
Como es la representación del quejoso
Puede darse por si mismo o a través de representante que cuente con capacidad y legitimación
La actuación a través de tercero debe de ver x representante contractual o x la defensa en caso de penal.
Actuación obligatoria = cuando se trate de menores o incapaces, de personas morales, de personas morales oficiales, cuando fallece el quejoso o agraviado o cuando el agraviado esté imposibilitado y peligre su vida