Obligaciones Flashcards
Acción oblicua o subrogatoria
Aquella ejercida por cuenta y nombre del deudor, cuando éste ha sido negligente en hacerlo, para incrementar su patrimonio y garantizar el ejercicio del derecho general de prenda.
Acción Pauliana
Aquella que la ley otorga a los acreedores para dejar sin efecto actos del deudor, hechos fraudulentamente y en perjuicio de sus derechos, siempre que concurran los demás requisitos que la ley establece.
Acción resolutoria
Aquella que emana de la condición resolutoria cuando requiere de una sentencia judicial que la declare; es ejercida por la parte diligente de una obligación contractual para que el contrato quede sin efecto, producto del incumplimiento de la contraparte.
Agencia oficiosa (Art. 2286)
Gestión de negocios ajenos sin mandato para ello.
Anatocismo
i. Capitalización de intereses, donde aquellos impagos son considerados como parte del capital y por ende comienzan a su vez a generar intereses.
ii. Pacto de intereses sobre intereses.
Beneficio de competencia
Aquel que se concede a ciertos deudores para no
ser obligados a pagar más de lo que buenamente puedan, dejándoseles en consecuencia lo indispensable para una modesta subsistencia, según su clase y circunstancias, y con cargo de devolución cuando mejore su fortuna.
Beneficio de separación de
patrimonios
Aquel que entrega la ley a los acreedores hereditarios y
testamentarios, cuando temen que el patrimonio del causante solvente pueda confundirse con el patrimonio precario de sus herederos.
Compensación
Modo de extinguir las obligaciones que opera por el solo
ministerio de la ley, cuando dos o más personas son personal y recíprocamente deudoras y acreedoras de obligaciones de igual naturaleza, líquidas y actualmente exigibles, en cuya virtud se extinguen ambas hasta el monto de la de menor valor.
Comunidad (Art. 2304)
La comunidad sobre una cosa se da entre dos o más personas cuando ninguna de ellas ha contratado o celebrado convención relativa a la misma cosa.
Condición
Hecho futuro e incierto del cual depende el nacimiento o extinción de un derecho y su correlativa obligación.
Condición causal:
Aquella que depende de la voluntad de un tercero o
de un acontecimiento.
Condición cumplida
Aquella que se ha cumplido en su integridad -de acuerdo al principio de indivisibilidad de
la condición (art. 1485 inc. 1°)-, haciendo exigible el cumplimiento de la obligación.
i. Positiva: Se verificó el hecho.
ii. Negativa:
a. Determinada: No se verificó el hecho dentro
del plazo establecido.
b. Indeterminada: Hay convicción de que no se
verificará el hecho o acto, o han transcurrido más
de 10 años.
Condición determinada
Aquella en que se fija un plazo dentro del cual puede o no verificarse el hecho.
Condición fallida
i. Positiva:No se verificó el hecho y se tiene certeza de que no se verificará, o ha expirado el plazo dentro del cual debió verificarse.
ii. Negativa:Se verificó el hecho.
Condición ilícita
Aquella que consiste es un hecho contrario a la ley, la moral o el orden público.
Condición imposible:
Aquella que es contraria a las leyes de la naturaleza.
Condición indeterminada
Aquella en que no se fija plazo ni época para su cumplimiento.
Condición lícita
Aquella que no es contraria a la moral, las leyes ni el orden público.
Condición meramente potestativa
Aquella que consiste en un mero arbitrio de las partes.
Condición mixta
Aquella que depende en parte de la voluntad del acreedor y en parte de la voluntad de un tercero, o de un acaso.
Condición negativa (Art. 1474)
Aquella que consiste en la no ocurrencia de una cosa.
Condición pendiente
Aquella en que aún no se verifica el hecho, y se ignora si se verificará o no.
Condición posible
Aquella que físicamente puede realizarse.
Condición positiva (Art. 1474)
Aquella que consiste en la ocurrencia o acontecer de una cosa.