Novación Flashcards
Requisitos de la novación.
1) obligación anterior.
2) obligación nueva.
3) diferencia esencial entre ellas (cambio deudor, acreedor, objeto o causa).
4) capacidad de disposición.
5) animus novandii.
Definición de novación.
(Art 1628) Es la sustitución de una nueva obligación a otra anterior, la cual queda por tanto extinguida.
Clases de novación.
1) novación objetiva.
2) novación subjetiva.
Supuestos de la novación objetiva.
1) cambio de cosa debida (objeto).
2) cambio de causa de la obligación.
Supuestos de la novación subjetiva.
1) por cambio de deudor (no necesita el consentimiento del primer deudor.
2) por cambio de acreedor (requiere consentimiento de 3 partes y es absurdo porque se logra lo mismo con cesión de derechos o pago con subrogación).
Excepciones en que el acreedor puede dirigirse contra el deudor primitivo posterior a la novación de deudor.
1) así lo estipulen en el contrato de novación.
2) insolvencia del nuevo deudor era anterior y pública.
3) insolvencia del nuevo deudor era conocida por deudor primitivo.
Efectos de la novación.
1) extingue obligación novada (incluyendo privilegios y garantías a menos que se convenga la reserva).
2) genera nueva obligación.