MEDIOAMBIENTE Flashcards
1
Q
¿La protección del medioambiente? ¿Qué elementos incluye?
A
- Artículo 41-primer párrafo-: Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. 8 elementos: AMBIENTE SANO Y EQUILIBRADO ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL AMBIENTE EL DEBER DE PRESERVACIÓN DEBER DE RECOMPONER Y REPARAR INFORMACION Y EDUCACION AMBIENTAL REPARTO DE COMPETENCIAS FEDERALES Y PROVINCIALES TRATADOS INTERNACIONALES PRINCIPALES LEYES EN MATERIA AMBIENTAL
2
Q
Ambiente sano y equilibrado
A
- Ambiente sano: aquel que facilita la instalación de las personas en un entorno a favor de su bienestar.
- Ambiente equilibrado: que las interacciones que el humano tiene con el medioambiente propendan al bienestar y no deterioren el entorno. Sin romper el equilibrio y el bienestar.
- No comprometer a generaciones futuras; que el desarrollo sea sustentable y duradero.
3
Q
Elementos que integran el ambiente
A
- Elementos naturales: agua, aire, tierra, atmosfera, etc.
- Recursos naturales: bienes que están en la naturaleza susceptibles de transformación por parte del hombre.
- Elementos creados por el hombre: lo que el hombre produce para subsistir; son creados, no forman parte de la naturaleza.
- Elementos culturales, artísticos e históricos: el hombre es un ser social, por lo que deben tener un patrimonio cultural.
El ambiente abarca TODOS los ámbitos; tanto los naturales como los construidos por el hombre donde se aloja la persona humana y sus actividades.
4
Q
El deber de preservación
A
- Artículo 41 –segundo párrafo-:
Cuidar el ambiente, preservarlo, es un deber jurídico y jurídicamente exigible de todos y de cada uno de los habitantes. [primero los legisladores, - Refiere a las autoridades cuya obligación es proveer para la preservación de un ambiente sano:
Poderes federales, provinciales y municipales.
Todos los jueces, incluidos los administrativos.
Organismos y reparticiones estatales.
Órganos extra poderes como por ejemplo el Defensor del pueblo y el Ministerio público. - Las autoridades tienen la obligación de omisión para no dañar y, la obligación de hacer presentaciones positivas para su preservación y que los otros –ciudadanos- no dañen.
- Se trata de una unidad, por un lado, el derecho a un ambiente sano y, por el otro la obligación de preservarlo. Es vital la información y educación ambiental.
5
Q
Deber de recomponer y reparar
A
- El art. 41 dicta que sobre el daño ambiental la prioridad es recomponer, antes que nada.
- Recomponer: componer nuevamente lo que antes se descompuso; al estado anterior en caso de ser posible.
- Si se puede recomponer, no significa que no haya que pagar por los daños causados.
6
Q
Información y educación ambiental
A
- Información; el Estado asume dos deberes:
1. Recolectar y procesar la información adecuadamente.
2. Difundir públicamente la información a la sociedad de manera permanente y eficaz. - Educación ambiental:
1. Enseñar Derecho Ambiental en todos los niveles educativos
2. Realizar campañas publicitarias de concientización para preservar el ambiente.
3. El cuidado y el uso responsable de los recursos naturales.
Artículo 41 –tercer párrafo-: Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
7
Q
Reparto de competencias federales y provinciales
A
- El cuidado del ambiente es responsabilidad de quien tiene jurisdicción sobre él. Puede empezar y no terminar en el mismo lugar.
- Puede o no abarcar más de una jurisdicción, pero se tiene en cuenta si irradia perjuicio.
- El Estado federal debe dictar normas de presupuesto mínimo y, las provincias pueden complementarlas –relación concurrente-.
La concurrencia está repartida entre lo mínimo y lo máximo. - Si los daños ocasionados son delito, la competencia la tiene el poder federal, sino no.
8
Q
Tratados internacionales
A
- Como el daño puede tener expansión interjurisdiccional, la nación admite tratados internacionales sobre la materia.
- Los tratados internacionales subordinan a la ley de presupuestos mínimos y, por debajo de ellas se encuentran las leyes provinciales.
- Principales tratados internacionales en materia ambiental ratificados por la argentina:
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (aprobada por Ley 24.259)
Protocolo de Kyoto (aprobado por Ley 25.438)
Convención de las Naciones Unidas sobre ña Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (aprobada por Ley 21.836)
Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono (aprobado por Ley 25.389)
9
Q
Principales leyes en materia ambiental
A
- Ley 25.612. regula la gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicio, generados en el territorio nacional
- Ley 25.669 sistematiza la gestión y eliminación de los PCBs, en el territorio de la Nación en los términos del art. 41 CN. Prohíbe la instalación de equipos que contengan PCBs, la importación e ingreso al territorio nacional de o equipos que contengan lo contengan.
- Ley 25.675; “Ley General del ambiente” establece los presupuestos mínimos para una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. La política ambiental argentina está sujeta a los siguientes principios: de congruencia, de prevención, precautorio, de equidad intergeneracional, de progresividad, de responsabilidad, de subsidiariedad, de sustentabilidad, de solidaridad y de cooperación.
- Ley 25.688 “Régimen de Gestión Ambiental de Aguas”; presupuestos mínimos para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. Para las cuencas interjurisdiccionales se crean los comités de cuencas hídricas.
- Ley 25.831 “Régimen de libre acceso a la Información Pública Ambiental”; derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado.
- Ley 25.916 que regula los de residuos domiciliarios.
- Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.
- Ley 26.562 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema en todo el Territorio Nacional.
- Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial.
- Ley 26.815 de Presupuestos Mínimos para el Manejo del Fuego.
- Ley 27.279 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios