MEDIOAMBIENTE Flashcards

1
Q

¿La protección del medioambiente? ¿Qué elementos incluye?

A
-	Artículo 41-primer párrafo-: Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
8 elementos:
AMBIENTE SANO Y EQUILIBRADO
ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL AMBIENTE
EL DEBER DE PRESERVACIÓN 
DEBER DE RECOMPONER Y REPARAR
INFORMACION Y EDUCACION AMBIENTAL
REPARTO DE COMPETENCIAS FEDERALES Y PROVINCIALES
TRATADOS INTERNACIONALES
PRINCIPALES LEYES EN MATERIA AMBIENTAL
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2
Q

Ambiente sano y equilibrado

A
  • Ambiente sano: aquel que facilita la instalación de las personas en un entorno a favor de su bienestar.
  • Ambiente equilibrado: que las interacciones que el humano tiene con el medioambiente propendan al bienestar y no deterioren el entorno. Sin romper el equilibrio y el bienestar.
  • No comprometer a generaciones futuras; que el desarrollo sea sustentable y duradero.
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3
Q

Elementos que integran el ambiente

A
  • Elementos naturales: agua, aire, tierra, atmosfera, etc.
  • Recursos naturales: bienes que están en la naturaleza susceptibles de transformación por parte del hombre.
  • Elementos creados por el hombre: lo que el hombre produce para subsistir; son creados, no forman parte de la naturaleza.
  • Elementos culturales, artísticos e históricos: el hombre es un ser social, por lo que deben tener un patrimonio cultural.
    El ambiente abarca TODOS los ámbitos; tanto los naturales como los construidos por el hombre donde se aloja la persona humana y sus actividades.
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4
Q

El deber de preservación

A
  • Artículo 41 –segundo párrafo-:
    Cuidar el ambiente, preservarlo, es un deber jurídico y jurídicamente exigible de todos y de cada uno de los habitantes. [primero los legisladores,
  • Refiere a las autoridades cuya obligación es proveer para la preservación de un ambiente sano:
     Poderes federales, provinciales y municipales.
     Todos los jueces, incluidos los administrativos.
     Organismos y reparticiones estatales.
     Órganos extra poderes como por ejemplo el Defensor del pueblo y el Ministerio público.
  • Las autoridades tienen la obligación de omisión para no dañar y, la obligación de hacer presentaciones positivas para su preservación y que los otros –ciudadanos- no dañen.
  • Se trata de una unidad, por un lado, el derecho a un ambiente sano y, por el otro la obligación de preservarlo. Es vital la información y educación ambiental.
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5
Q

Deber de recomponer y reparar

A
  • El art. 41 dicta que sobre el daño ambiental la prioridad es recomponer, antes que nada.
  • Recomponer: componer nuevamente lo que antes se descompuso; al estado anterior en caso de ser posible.
  • Si se puede recomponer, no significa que no haya que pagar por los daños causados.
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6
Q

Información y educación ambiental

A
  • Información; el Estado asume dos deberes:
    1. Recolectar y procesar la información adecuadamente.
    2. Difundir públicamente la información a la sociedad de manera permanente y eficaz.
  • Educación ambiental:
    1. Enseñar Derecho Ambiental en todos los niveles educativos
    2. Realizar campañas publicitarias de concientización para preservar el ambiente.
    3. El cuidado y el uso responsable de los recursos naturales.
    Artículo 41 –tercer párrafo-: Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
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7
Q

Reparto de competencias federales y provinciales

A
  • El cuidado del ambiente es responsabilidad de quien tiene jurisdicción sobre él. Puede empezar y no terminar en el mismo lugar.
  • Puede o no abarcar más de una jurisdicción, pero se tiene en cuenta si irradia perjuicio.
  • El Estado federal debe dictar normas de presupuesto mínimo y, las provincias pueden complementarlas –relación concurrente-.
     La concurrencia está repartida entre lo mínimo y lo máximo.
  • Si los daños ocasionados son delito, la competencia la tiene el poder federal, sino no.
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8
Q

Tratados internacionales

A
  • Como el daño puede tener expansión interjurisdiccional, la nación admite tratados internacionales sobre la materia.
  • Los tratados internacionales subordinan a la ley de presupuestos mínimos y, por debajo de ellas se encuentran las leyes provinciales.
  • Principales tratados internacionales en materia ambiental ratificados por la argentina:
     Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (aprobada por Ley 24.259)
     Protocolo de Kyoto (aprobado por Ley 25.438)
     Convención de las Naciones Unidas sobre ña Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (aprobada por Ley 21.836)
     Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono (aprobado por Ley 25.389)
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9
Q

Principales leyes en materia ambiental

A
  • Ley 25.612. regula la gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicio, generados en el territorio nacional
  • Ley 25.669 sistematiza la gestión y eliminación de los PCBs, en el territorio de la Nación en los términos del art. 41 CN. Prohíbe la instalación de equipos que contengan PCBs, la importación e ingreso al territorio nacional de o equipos que contengan lo contengan.
  • Ley 25.675; “Ley General del ambiente” establece los presupuestos mínimos para una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. La política ambiental argentina está sujeta a los siguientes principios: de congruencia, de prevención, precautorio, de equidad intergeneracional, de progresividad, de responsabilidad, de subsidiariedad, de sustentabilidad, de solidaridad y de cooperación.
  • Ley 25.688 “Régimen de Gestión Ambiental de Aguas”; presupuestos mínimos para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. Para las cuencas interjurisdiccionales se crean los comités de cuencas hídricas.
  • Ley 25.831 “Régimen de libre acceso a la Información Pública Ambiental”; derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado.
  • Ley 25.916 que regula los de residuos domiciliarios.
  • Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.
  • Ley 26.562 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema en todo el Territorio Nacional.
  • Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial.
  • Ley 26.815 de Presupuestos Mínimos para el Manejo del Fuego.
  • Ley 27.279 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios
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