DERECHOS POLITICOS Flashcards
1
Q
¿Qué características tienen los derechos políticos?
A
- Finalidad política –sufragio, cargos públicos o partidarios, iniciativa popular, democracia semidirecta y consulta popular-.
-Titulares del derecho:
.Ciudadanos
.Extranjeros naturalizados
.Entidades políticas reconocidas –partidos políticos-.
.Ciudadanos no habitantes en el territorio nacional –Nico-.
2
Q
La democracia participativa; Tratados internacionales; ¿Y el derecho electoral?¿En que articulo figura el DE?
A
- Ensamble de los Derechos políticos, el régimen electoral y los partidos políticos.
- Incluye la participación activa de los ciudadanos, no solo al votar; sino que también marchas, proyectos, etc.-.
- Si no hay norma expresa, se encuentra en:
El espíritu o la filosofía de la CN
Derechos implícitos,
Plexo de valores –preámbulo-.
Tratados internacionales de Derechos Humanos. - Art. 1: forma de gobierno representativa, republicana y federal.
Representativa: el gobierno actúa en representación del pueblo.
Elecciones: poner en práctica los derechos políticos de los habitantes. - Los derechos políticos están vinculados con el sufragio y los partidos políticos.
- Art. 22: el pueblo no gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades establecidas en la CN.
- Tratados internacionales:
Art. 33 Pacto de San José de Costa Rica; todos los ciudadanos deben tener la posibilidad de:
o Participar directamente o por representantes en los asuntos públicos.
o Votar y postularse por sufragio universal, secreto y obligatorio.
o Igualdad al ejercer funciones públicas. - Derecho electoral
Articulo 37 CN
Regula la actividad electoral de sujetos, objeto y a los sistemas:
o Sujetos: personas del electorado activo –votantes- y, aquellos con el derecho político a ser elegidos –electorado activo-.
o Objeto: designación de gobernantes, decisiones políticas sobre las que se recaba opinión, etc.
o Sistemas: se refiere a los territoriales y personales de distribución del electorado, forma de votar, cómputo y control de votos.
3
Q
Nombrar los mecanismos de participación ciudadana
A
- Mecanismos de participación ciudadana:
Democracia indirecta –iniciativa y consulta popular en reforma de 1994-:
o Iniciativa popular –art. 39 CN; ley 24.747-:
El pueblo es quien ejerce el derecho
Únicamente proyectos de ley, deben ser presentados en la Cámara de Diputados. Materia prohibida: proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal
Firma de un mínimo de ciudadanos
Cumplir requisitos del art. 5 de la ley –en forma de ley y no sobre materias prohibidas-.
Defensor del pueblo chequea que se cumpla lo dicho en el art. 5; la Justicia Electoral verifica la legitimidad de las firmas y, la Cámara de Diputados lo revisa.
o Consulta popular –art. 40; Ley 25.432-:
Vinculante –consulta por proyecto de ley-:
Voto ciudadano obligatorio
NO puede ser vetada
Necesita + del 35% de los votantes
Si hay mayoría –mitad + 1- automáticamente es ley.
Si el resultado es negativo se debe esperar 2 años
Debe ser un proyecto de ley e iniciar en C. de Diputados.
No vinculante:
Art. 40 –segundo y tercer párrafo-:
Convoca el Congreso o el presidente
Voto no obligatorio
Consultas generales; por NO o por SI.
Si se obtiene mayoría debe ser tratado por el Congreso, pero el mismo no está obligado a hacer lo que dice el pueblo.
Disposiciones comunes entre ambos:
Los partidos políticos pueden hacer campaña
Las preguntas se contestan por SI o por NO.
No puede coincidir con otro acto electoral.
4
Q
¿Que me podes decir del sufragio?
A
- Sufragio
Vinculado con la democracia popular y la representación política.
Procedimiento en donde la ciudadanía expresa opiniones políticas con dos finalidades:
1. Elegir gobernantes
2. Adoptar decisiones políticas –democracia semidirecta-.
Vinculación con los partidos políticos ya que oficializan las candidaturas para gobernantes y canaliza las opiniones políticas.
Se sanciona la ley del voto femenino en 1947 y, se vota por primera vez en 1951.
5
Q
Partidos políticos ¿Dónde se establece en la CN?¿Hay una ley? ¿Y su naturaleza constitucional? ¿Cómo se financian?
A
- Partidos políticos –art. 38 CN; Ley 23.298-:
Asociación con fines políticos acorde a una ideología política común y a un proyecto –plataforma-.
Canales de comunicación entre el electorado y el gobierno.
Expresan opiniones sobre la realidad política y social, postulan candidatos, etc.
Su naturaleza constitucional:
1. Políticamente es un sujeto auxiliar del estado
2. Jurídicamente es una persona jurídica de derecho político, pero NO estatal; ayuda a articular las ideas de los ciudadanos.
o Compuesto por miembros o afiliados
o Con una ideología –plataforma-.
o Con un fin político; gravitar políticamente, influir, ganar elecciones, etc.
¿Cómo se financian?
o Financiamiento público –aporte regular estatal:
Límites: no recibir de entidades públicas nacionales, provinciales o municipales; tampoco de gobiernos extranjeros.
o Financiamiento privado –afiliados, donaciones u otras actividades legales-:
Límites: NO por anonimato; debe ser por transferencia o depósito bancario con una declaración jurada de los aportes, montos máximos, etc.
Fondo partidario permanente –estado-:
o Los recursos se asignan:
20% igualitario entre los partidos políticos registrados; siempre que en la última elección del patrón electoral haya sacado al menos el 1%.
80% proporcional a la cantidad de votos obtenidos en la última elección de diputados nacionales.