Medidas Cautelares Flashcards
Enumeración MCP
- Citación
- Detención
- PP
- Medidas cautelares alternativas
Características de las MCP
- Son excepcionales
- Se decretan después de formalizada la investigación
- El fiscal debe justificarlas para decretarlas
- El caso debe justificar la existencia del delito, deben existir antecedentes que permitan presumir que el imputado ha tenido participación en el mismo.
Concepto de MCP
- Son aquellas medidas excepcionales, de carácter temporal (solo duran. Mientras subsiste la necesidad de su aplicación), cuyo fin es asegurar la persona del imputado y que son dictadas mediante resolución fundada para cumplir los objetivos del procedimiento. El fiscal las pide durante la etapa de investigación.
Concepto de citación
- Orden del tribunal al imputado cuando fuere necesaria su presencia.
- Llamamiento o convocatoria por el cual un órgano jurisdiccional ordena la comparecencia de una persona. Ya sea una parte, un testigo, un perito o cualquier otro tercero
Contenido de la citación o llamamiento
- Nombre y domicilio del tribunal en que se deba comparecer
- Fecha y hora de la audiencia
- Identificación del proceso
- Motivo de la comparecencia
- Apercibimiento de no comparecer injustificadamente
- Indicación de que en caso de no poder concurrir debe conocerse y justificarse el hecho ante el tribunal, en lo posible antes de la audiencia
No comparecencia injustificada de un testigo o perito citado por el tribunal. Procedimiento
Juez puede ordenar su arresto hasta la realización de la actuación por un máximo de 24 horas e imponerle una multa de hasta 15 UTM.
Casos en que procede únicamente la citación
- Si la imputación se trata de una falta
- Si la imputación se refiere a delitos no sancionados con penas privativas de libertad
- Cuando las penas de los delitos no superen las del presidio menor en su grado mínimo (540 días).
Concepto de detención
Es una MCP que consiste en la privación transitoria de libertad de una persona con el fin de asegurar su comparecencia judicial a los actos del procedimiento o el éxito de la acción de justicia
Requisitos de la detención
- Debe emanar de una orden de un funcionario público expresamente facultado para ello
- Debe haberse intimado la orden en forma legal
- No se puede detener por mas de 24 horas, debe ser puesto en disposición del JG
Clasificación de las distintas detenciones
- Detención en caso de flagrancia
- Detención judicial
- Detención policial (sin orden previa)
Quien puede detener en caso de flagrancia?
- Cualquier particular con la OB de entregar a la persona inmediatamente a la policía, al MP o a la autoridad mas cercana.
- Detención policial (es una obligación)
A quien corresponde la detención judicial?
- Por orden del JG correspondiente a solicitud del MP
- Cualquier tribunal por crimen o simple delito cometido al interior de la sala de su despacho.
Concepto de detención en caso de flagrancia
Principio fundamental (125 CPP): Ninguna persona puede ser detenida sin orden de un funcionario expresamente facultado por la ley y después de que dicha orden le fuere intimada en forma legal, a menos que fuere sorprendida en delito flagrante y, en este caso, para el único objeto de ser conducida ante la autoridad que corresponde.
Características de la detención en casos de flagrancia
- No necesita orden judicial
- Puede ser realizada por cualquier persona con la OB de entregarlo inmediatamente a la policía
- Es una OB para los funcionarios policiales
- El detenido puede interponer amparo
En que se diferencia la detención del arresto?
El arresto es una medida de apremio por el incumplimiento de un deber en el proceso. La detención busca asegurar los objetivos del proceso.
Delitos flagrantes que no admiten tramitación
- Los que solo admiten citación
- Simples delitos si no es posible conducir de inmediato al detenido ante el juez y según el oficial a cargo existen garantías suficientes de su comparecencia.
Detención policial en caso de flagrancia
- Las personas habilitadas son los agentes policiales. - Tiene un carácter obligatorio respecto de ellos.
- El supuesto de su aplicación es la flagrancia.
- Se aplica en los delitos de acción penal penal publica y delitos sexuales como la violación y el estupro.
Que facultades tiene la policía en un caso de detención en flagrancia?
- Puede ingresar a lugares cerrado con el fin de perseguir al individuo.
- Puede proceder al registro de vestimentas, equipajes o vehículo de la persona detenida.
- Facultad de registro e incautación de objetos y documentos
Situación de flagrancia de la persona que comete un delito
A. El que actualmente se encontrare cometiendo un delito
B. El que acabare de cometerlo
C. El que huyere del lugar de comisión del delito y fuere designado por el ofendido u otra persona como autor y cómplice
D. El que en un tiempo inmediato a la perpetración fuere encontrado con objetos de aquel, con armas con la que se cometió o en si mismo y en su vestimenta permitan sospechar de su participación
E. El que las víctimas reclamaran auxilio y que la misma u otros testigos presenciales señalaren como autor o cómplice
F. El que aparezca en un registro audiovisual cometiendo un crimen o simple delito al cual la policía tenga acceso en un tiempo inmediato.
A que tiempo inmediato se refiere la flagrancia?
Entre comisión del hecho y captura, no superior de 12 horas
Fiscal es informado de la detención por caso de flagrancia. Actitudes que puede tomar
- Dejar si efecto la detención
- Ordenar se lleve detenido ante el juez de garantia correspondiente dentro de 24 horas
- No formular instrucciones (policía debe conducirlo ante el JG dentro de las 24 horas siguientes a su detención).
Detención judicial: Titulares
- Por orden de cualquier tribunal respecto de delitos en su sala de despacho
- Por JG a solicitud del MP
Requisitos copulativos de la detención judicial
- Solicitud del MP
- No debe tratarse de casos en que solo proceda la citación
- Motivos justificados como:
- Cuando otra manera de comparecencia pudiera verse demorada o dificultada
- Cuando la ley asigne pena o crimen
- Cuando en el caso anterior el imputado se acercare al fiscal o policía y acepte su participación en los hechos.
Procedimiento de la detención judicial
- Despacho orden por el Tribunal a petición del MP
- Cumplimiento de la orden por la policía
- Intimación legal de la orden previa a la practica de la detención
- Información al detenido de sus derechos
- Conducción inmediata del detenido a presencia del tribunal que haya despachado la orden (plazo máximo de 24 horas en el cuartel policial).
*Pueden solicitarse hasta 3 días por fiscal para formalizar y solicitar medidas cautelares.